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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 4 de febrero de 2012 460368 nacional conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado; Que, a través de la Resolución Directoral N° 247- 2003-PRODUCE/DNEPP de fecha 14 de agosto de 2003, se otorgó permiso de pesca entre otros a los armadores pesqueros PEDRO FIESTAS GALAN, MARÍA EUGENIA GALAN RAMÍREZ y DIONICIO FIESTAS GÁLAN, para operar la embarcación pesquera MARIA EUGENIA, con matrícula PL-2122-CM, de Arqueo Neto 12.34 equivalente a 52.51 m3 de capacidad de bodega, en la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto, y sardina para consumo humano directo, con uso de cajas con hielo como medio de preservación a bordo, utilizando redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm), y 1 ½ pulgada (38 mm), según corresponda, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa; Que, mediante Resolución Directoral N° 897-2009- PRODUCE/DGEPP de fecha 11 de noviembre de 2009, se aprobó a favor del señor JORGE LUIS JAVE MARTÍNEZ, el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolución Directoral N° 247-2003-PRODUCE/DNEPP, para operar la embarcación pesquera de madera MARIA EUGENIA de matrícula PL-2122-CM, en los mismos términos y condiciones con que fue otorgado; Que, mediante Resolución Vice-Ministerial N° 207- 2010-PRODUCE/DVP de fecha 28 de diciembre de 2010; se declaró fundado en parte el recurso de apelación presentado por el señor PEDRO FIESTAS GALAN contra la Resolución Directoral N° 897-2009-PRODUCE/DGEPP, únicamente en el extremo referido al incumplimiento de requisitos para el otorgamiento del cambio de titularidad del permiso de pesca; y, en consecuencia, se declaró la nulidad de la citada resolución. Asimismo, se indicó que la declaración de nulidad de la Resolución Directoral N° 897- 2009-PRODUCE/DGEPP no implica reconocimiento alguno, por parte de la Administración, del derecho de propiedad reclamado por el impugnante al no ser competencia del Ministerio de la Producción pronunciarse al respecto; Que, asimismo a través del artículo 2° de la resolución señalada en el considerando precedente, se declaró improcedente la solicitud de cambio de titular del permiso de pesca presentada por el señor JORGE LUIS JAVE MARTÍNEZ para operar la embarcación pesquera MARIA EUGENIA de matrícula PL-2122-CM; Que, el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, establece que los recursos sardina, jurel y caballa serán destinados al consumo humano directo o las normas que lo modifi quen o sustituyan y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016- 2007-PRODUCE. Para tal efecto la totalidad de bodegas de la embarcación debe mantener implementado y operativo el medio de preservación a bordo, siendo para el presente caso obligatorio como mínimo el uso de cajas con hielo, según lo dispuesto en el permiso de pesca otorgado por Resolución de Dirección Regional Sectorial Nº 043-2000- CTAR-LAMB/DRPE; Que, mediante los escritos del visto, la señora ADRIANA PAREDES CABELLOS, solicitó el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera MARIA EUGENIA de matrícula PL-2122-CM, para lo cual alcanzarlos requisitos establecidos para el Procedimiento N° 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado con Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE. Asimismo solicitó modifi cación de resolución autoritativa por cambio de nombre de MARIA EUGENIA a RICHARD ALEXANDER, procedimiento 20 del TUPA de PRODUCE; Que, de la evaluación efectuada al expediente presentado, se determina que la señora ADRIANA PAREDES CABELLOS ha presentado los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 7 y 20 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, así como los requisitos sustantivos de la normatividad pesquera vigente; por lo que es viable aprobar, el cambio de titular de permiso de pesca solicitado a favor del mismo; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, según Informe Nº 1022- 2011PRODUCE/DGEPP-Dchi e Informe Legal N° 035- 2011-PRODUCE/DGEPP/NGM; De conformidad al Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Ratifi car la aprobación automática de la solicitud de modifi cación de resolución autoritativa por cambio de nombre de la embarcación pesquera MARIA EUGENIA de matrícula PL-2122-CM a RICHARD ALEXANDER de matrícula PL-2122-CM. Artículo 2°.- Aprobar a favor de la señora ADRIANA PAREDES CABELLOS, el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera RICHARD ALEXANDER de matrícula PL-2122-CM, otorgado por Resolución Directoral N° 247-2003-PRODUCE/DNEPP. Artículo 3º.- El permiso de pesca a que se refi ere el Artículo 2º de la presente Resolución deberá ser ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001- 2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa serán destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifi quen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de bodega de la embarcación deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservación a bordo, cuyo funcionamiento es obligatorio. Artículo 4º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca de la embarcación pesquera RICHARD ALEXANDER (Ex - Maria Eugenia) de matrícula PL-2122- CM consignada en la Resolución Directoral N° 247-2003- PRODUCE/DNEPP. Artículo 5º.- Incorporar a la señora ADRIANA PAREDES CABELLOS como el nuevo titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera RICHARD ALEXANDER (Ex - Maria Eugenia) de matrícula PL-2122-CM en los Anexos correspondientes de la Resolución Ministerial Nº 085-2007- PRODUCE. Artículo 6º.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es: www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA DEL CARMEN MÁRQUEZ RAMÍREZ Directora General de Extracción y Procesamiento Pesquero 749764-5 Aprueban cambio de titularidad de permiso de pesca de embarcación de matrícula CY-24095-PM RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 737-2011-PRODUCE/DGEPP Lima, 2 de diciembre del 2011 VISTO: El escrito de Registro Nº 00060043-2011 y el adjunto 1, de fechas 14 de Julio y 08 de noviembre de 2011, presentado por la empresa GRUPO PESQUERO S.A.C.; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del inciso c) del artículo 43º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establece que para el desarrollo de las actividades pesqueras conforme lo disponga el Reglamento de la Ley General de Pesca, las personas naturales y jurídicas requerirán permiso de pesca para la operación de embarcaciones pesqueras de bandera nacional; Que, el artículo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001- PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesión de las