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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE FEBRERO DEL AÑO 2012 (09/02/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 78

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 9 de febrero de 2012 460676 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA Amplían plazo de vencimiento de facilidades de pago, beneficios e incentivos tributarios y no tributarios, establecidos en favor de contribuyentes del distrito DECRETO DE ALCALDÍA N° 081-2011 ALC/MPH-H. Huacho 16 de Diciembre de 2011 AMPLIACION DEL PLAZO DE VENCIMIENTO SOBRE LAS FACILIDADES DE PAGOS, BENEFICIOS E INCENTIVOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS, DENOMINADO “PAGAFACIL” EN EL DISTRITO DE HUACHO. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA Visto el informe Nº 497-2011 GAT/MPH-H; de fecha 14.12.2011 de la Gerencia de Administración Tributaria, a través del cual solicita la ampliación del plazo de vencimiento de la Ordenanza N° 015-2011 de fecha 19 de Julio del 2011, donde se ESTABLECE LAS FACILIDADES DE PAGOS, BENEFICIOS E INCENTIVOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS, DENOMINADO “PAGAFACIL” EN EL DISTRITO DE HUACHO. CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el Artículo 194” de la Constitución Política del Perú, concordante con la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, estableciendo asimismo que corresponde al Concejo Municipal las funciones normativas y fi scalizadoras. Que, así mismo el segundo párrafo del Artículo 74º de la Constitución Política, establece que los Gobiernos Locales pueden modifi car y suprimir sus tributos, tasas, contribuciones y exonerar de éstos dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; disposición constitucional que concuerda con la Norma IV del Principio de Legalidad del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado con Decreto Supremo N” 135-99-EF. Que, mediante la Ordenanza Provincial Nº 015-2011 MPH-H, de fecha 19-07-2011, se establece las facilidades de Pagos, Benefi cios e Incentivos Tributarios y no Tributarios, denominado PAGAFACIL en el Distrito de Huacho. Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 051-2011 MPH- H, de fecha 07-09-2011, y Decreto de Alcaldía N° 056- 2011 de fecha 21.10.2011se amplía la fecha del benefi cio por espacio de treinta (30) días, la misma que ha cumplido en parte las expectativas previstas inicialmente en el logro de los objetivos de la entidad municipal en tal sentido se hace necesario ampliar por espacio de treinta días más la vigencia del benefi cio que se indica en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias de parte de los contribuyentes de nuestra jurisdicción. Que, la Gerencia de Administración Tributaria, a través del informe Nº 497-2011 GAT-MPH de fecha 14-12-2011, presenta la sustentación técnica respecto a la necesidad de ampliar la Ordenanza N° 015-2011 que establece las Facilidades de Pagos, Benefi cios e Incentivos Tributarios y no Tributarios, denominado PAGAFACIL en el distrito de Huacho, hasta el 31 de diciembre del presente año, en razón a que aún existen contribuyentes que desean acogerse a este programa Que, de acuerdo al artículo 11º de la Ordenanza Provincial Nº 0015-2011 MPH-H, le faculta al Alcalde para que a través de la referida norma pueda disponer las medidas complementarias para la implementación de la presente Ordenanza y/o ampliación de los plazos establecidos. Estando a los fundamentos expuestos, contando con el Informe N° 325-2011 GM/MPH de la Gerencia Municipal, la misma que brinda su opinión favorable y las facultades conferidas por el Inc. 6) del Art. 20 de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, se aprueba la siguiente norma: AMPLIACION DEL PLAZO DE VENCIMIENTO SOBRE LAS FACILIDADES DE PAGOS, BENEFICIOS E INCENTIVOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS, DENOMINADO “PAGAFACIL” EN EL DISTRITO DE HUACHO. Artículo Primero.- Apruébese la ampliación por espacio de treinta (30) días LAS FACILIDADES DE PAGOS, BENEFICIOS E INCENTIVOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS, DENOMINADO “PAGAFACIL” EN EL DISTRITO DE HUACHO, a favor de los contribuyentes que tengan obligaciones pendientes de pago. Artículo Segundo.- Vigencia. La vigencia del Decreto será de treinta (30) días, hábiles la misma que se hará efectiva a partir de su publicación. De conformidad a lo señalado en la Ley Orgánica de Municipalidades artículo 44º y la Norma X del Texto Único Ordenado del Código Tributario D.S Nº 135-99 EF y sus modifi catorias. Artículo Tercero.- Difusión. Encárguese a la Gerencia Municipal, Gerencias de Administración Tributaria, de Servicios Públicos, Sub- Gerencia de Secretaria General conjuntamente con la Ofi cina de Imagen Institucional y la Ofi cina de Informática, la difusión de la presente norma así como la difusión en la página Web de esta entidad municipal, www.munihuacho. gob.pe y en el portal del Estado Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, y cúmplase. SANTIAGO CANO LA ROSA Alcalde Provincial 750563-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LAMBAYEQUE Aprueban Plan de Desarrollo Concertado de la Provincia de Lambayeque 2011 - 2021 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 021/2011-MPL Lambayeque, 31 de agosto de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LAMBAYEQUE CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial de Lambayeque es el órgano de Gobierno Promotor del desarrollo y la economía local, que goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de competencia, dentro del ordenamiento Constitucional y jurídico vigente; correspondiéndole según el caso, ejercer sus funciones de Gobierno, mediante la aprobación de ordenanzas, en las materias en la que tiene competencia normativa. Que, el Artículo 17º, ítem 17.1 de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización señala que los Gobiernos Regionales y Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuesto, y en la gestión pública. Para este afecto deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública con las excepciones que señala la Ley, así como la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuentas. Que, en el articulo 09º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 , establece que el consejo Municipal tiene las siguientes atribuciones: 1. Aprobar los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y el Presupuesto Participativo. 2. Aprobar, monitorear y