Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2012 (09/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de febrero de 2012

NORMAS LEGALES

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el numero de registro 13003, conferido el 07 de junio de 1989; Que, estando a la propuesta de la Comision Academica y de Investigacion del Consejo Universitario, sesion Nº 05-2012, segun el Oficio Nº 107-2012/1er.VR, el Consejo Universitario en su sesion extraordinaria Nº 04 del 01 de febrero del 2012, acordo aprobar la expedicion del duplicado de los respectivos diplomas, tanto del Grado Academico de Bachiller como del Titulo Profesional; De conformidad con las facultades conferidas en el inciso a), articulo 52º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingenieria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la expedicion del duplicado del diploma del Grado Academico de Bachiller en Ciencias con mencion en Ingenieria de Higiene y Seguridad Industrial, a nombre del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pohl. Articulo 2º.- Autorizar la expedicion del duplicado del diploma del Titulo Profesional de Ingeniero de Higiene y Seguridad Industrial, a nombre del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pohl. Articulo 3º.- Disponer que la Oficina de Tramite Documentario, MORDAZA y Titulos expida los mencionados diplomas y anulandose lo otorgado anteriormente. Registrese, comuniquese y archivese MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Rector MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General

750725-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Otorgan autorizacion a Sociedad Electrica del Sur Oeste S.A. - SEAL para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en las Centrales Termicas de MORDAZA y Ocona
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N° 028-2012-GRA/PR
VISTOS: El Informe Nº 0013-2011-GRA-GREM-ATE del Jefe del Area Tecnica de Energia de la Gerencia Regional de Energia y Minas, el Informe Nº 485-2011-GRA/GREM/OAJ/ VB del Area de Asesoria Legal de la Gerencia Regional de Energia y Minas; y, CONSIDERANDO: Que, Sociedad Electrica del Sur Oeste S.A. - SEAL S.A, Empresa integrante de la gestion empresarial del Estado, concesionaria de distribucion electrica en la Region MORDAZA, en virtud a la Resolucion Suprema Nº 045-94-EM, asi como del Contrato de Concesion Definitiva celebrado con el Estado Peruano, mediante escrito Nº SEAL -GG/PY1108 - 2010, presentado el 04 de agosto del 2010, solicita autorizacion para desarrollar la actividad de Generacion de Energia Electrica en las instalaciones de la central Termica de Atico. Que, la solicitud de autorizacion fue formulada en razon de que el articulo 4º de la Ley Nº 25844 ­ Ley de Concesiones Electricas, modificado por la Primera Disposicion Modificatoria del Decreto Legislativo N° 1002 (de Promocion de la Inversion para la Generacion de

Electricidad con el uso de Energias Renovables), establece que se requiere autorizacion para realizar las actividades de generacion termoelectrica, cuando la potencia instalada sea superior a 500 kW. Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 550-2006MEM-DM se declaro entre otros, que el Gobierno Regional de MORDAZA concluyo el MORDAZA de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energia y Minas, siendo por ende, a partir de la fecha de publicacion de esta resolucion, competente para ejercer entre otras, la funcion de otorgar autorizaciones y llevar el registro de generacion de energia electrica con potencia instalada mayor a 500 kW y menores a 10 MW (minicentrales), siempre que esten en la region. Cabe precisar que, de conformidad con el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 056-2009-EM, la facultad relativa al otorgamiento de autorizaciones para la generacion de energia electrica con potencia instalada mayor a 500 kW y menor a 10 MW, comprende tanto el otorgamiento de autorizacion para la generacion de energia electrica con potencia instalada mayor a 500 kW y menor a 10 MW, como el otorgamiento de concesiones definitivas para generacion con Recursos Energeticos Renovables (RER) con potencia instalada mayor a 500 kW y menor a 10 MW, siempre que se encuentren en la respectiva region. Que, en virtud a lo senalado, en el considerando anterior, corresponde tramitar la solicitud de autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en las instalaciones de la Central Termica de MORDAZA, con una potencia instalada de 797 kW. Que, para otorgar la autorizacion, la solicitud debe cumplir con los requisitos exigidos por el articulo 38º del Decreto Ley Nº 25844 ­ Ley de Concesiones Electricas, por tal razon se debe revisar el cabal cumplimiento de los mismos. Que, la empresa solicitante, pese a no estar obligada a su MORDAZA, porque solo es exigible cuando las centrales de generacion termoelectrica tengan una potencia instalada superior a 20 MW, ha presentado Declaracion Jurada de cumplimiento de las normas tecnicas y de conservacion del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nacion. Que, la Gerencia Regional de Energia y Minas, a traves de sus areas tecnica y legal, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas, mediante Oficios Nº 1125-2011-GRA/GREM y Nº 0022012-GRA/GREM, para que se emita el correspondiente acto administrativo, remite los Informes Nº 0013-2011GRA-GREM-ATE del Jefe del Area Tecnica de Energia y el Informe Nº 485-2011-GRA/GREM/OAJ/VB del Area de Asesoria Legal, asi como el respectivo expediente administrativo. Que, habiendose cumplido con los requisitos exigidos por el articulo 38º de la Ley de Concesiones Electricas, entonces, debe otorgarse autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en las instalaciones de la Central Termica de MORDAZA, a favor de Sociedad Electrica del Sur Oeste S.A. - SEAL S.A . Estando a los informes de vistos, y de conformidad con lo prescrito en la Ley Nº 25844 Ley de Concesiones Electricas y su reglamento, Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley N° 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, Ley 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, Ordenanza Regional Nº 010-AREQUIPA, y en uso de las facultades conferidas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- OTORGAR autorizacion por tiempo indefinido a la empresa SOCIEDAD ELECTRICA DEL SUR OESTE S.A ­ SEAL, la actividad de generacion de energia electrica en las instalaciones de la Central Termica de MORDAZA, con una potencia instalada de 797 kW, ubicada en el Distrito de MORDAZA, Provincia de Caraveli, Region Arequipa. Articulo 2º.DISPONER que la titular de la autorizacion esta obligada a operar cumpliendo las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y demas normas legales pertinentes. Articulo 3º.- DISPONER que la presente sea publicada, por unica vez y por cuenta del titular de la autorizacion, en

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