Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2012 (09/02/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 74

460672

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de febrero de 2012

el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion. Dada en la Sede del Gobierno Regional MORDAZA a los veintitres (23) dias del mes de enero del ano dos Mil doce. Registrese y comuniquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente

750973-1 RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N° 029-2012-GRA/PR
VISTOS: El Informe Nº 0014-2011-GRA-GREM-ATE del Jefe del Area Tecnica de Energia de la Gerencia Regional de Energia y Minas, el Informe Nº 484-2011-GRA/GREM/OAJ/ VB del Area de Asesoria Legal de la Gerencia Regional de Energia y Minas; y, CONSIDERANDO: Que, Sociedad Electrica del Sur Oeste S.A. - SEAL S.A, Empresa integrante de la gestion empresarial del Estado, concesionaria de distribucion electrica en la Region MORDAZA, en virtud a la Resolucion Suprema Nº 045-94-EM, asi como del Contrato de Concesion Definitiva celebrado con el Estado Peruano, mediante escrito Nº SEAL -GG/PY1111-2010, presentado el 04 de agosto del 2010, solicita autorizacion para desarrollar la actividad de Generacion de Energia Electrica en las instalaciones de la central Termica de Ocona. Que, la solicitud de autorizacion fue formulada en razon de que el articulo 4º de la Ley Nº 25844 ­ Ley de Concesiones Electricas, modificado por la Primera Disposicion Modificatoria del Decreto Legislativo N° 1002 (de Promocion de la Inversion para la Generacion de Electricidad con el uso de Energias Renovables), establece que se requiere autorizacion para realizar las actividades de generacion termoelectrica, cuando la potencia instalada sea superior a 500 kW. Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 550-2006MEM-DM se declaro entre otros, que el Gobierno Regional de MORDAZA concluyo el MORDAZA de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energia y Minas, siendo por ende, a partir de la fecha de publicacion de esta resolucion, competente para ejercer entre otras, la funcion de otorgar autorizaciones y llevar el registro de generacion de energia electrica con potencia instalada mayor a 500 kW y menores a 10 MW (minicentrales), siempre que esten en la region. Cabe precisar que, de conformidad con el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 056-2009-EM, la facultad relativa al otorgamiento de autorizaciones para la generacion de energia electrica con potencia instalada mayor a 500 kW y menor a 10 MW, comprende tanto el otorgamiento de autorizacion para la generacion de energia electrica con potencia instalada mayor a 500 kW y menor a 10 MW, como el otorgamiento de concesiones definitivas para generacion con Recursos Energeticos Renovables (RER) con potencia instalada mayor a 500 kW y menor a 10 MW, siempre que se encuentren en la respectiva region. Que, en virtud a lo senalado, en el considerando anterior, corresponde tramitar la solicitud de autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en las instalaciones de la Central Termica de Ocona, con una potencia instalada de 997 kW. Que, para otorgar la autorizacion, la solicitud debe cumplir con los requisitos exigidos por el articulo 38º del Decreto Ley Nº 25844 ­ Ley de Concesiones Electricas, por tal razon se debe revisar el cabal cumplimiento de los mismos. Que, la empresa solicitante, pese a no estar obligada a su MORDAZA, porque solo es exigible cuando las centrales de generacion termoelectrica tengan una potencia instalada superior a 20 MW, ha presentado Declaracion Jurada de cumplimiento de las normas tecnicas y de conservacion del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nacion. Que, la Gerencia Regional de Energia y Minas, a traves de sus areas tecnica y legal, luego de haber verificado y

evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas, mediante Oficios Nº 1125-2011-GRA/GREM y Nº 0022012-GRA/GREM, para que se emita el correspondiente acto administrativo, remite los Informes Nº 0014-2011GRA-GREM-ATE del Jefe del Area Tecnica de Energia y el Informe Nº 484-2011-GRA/GREM/OAJ/VB del Area de Asesoria Legal, asi como el respectivo expediente administrativo. Que, habiendose cumplido con los requisitos exigidos por el articulo 38º de la Ley de Concesiones Electricas, entonces, debe otorgarse autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en las instalaciones de la Central Termica de Ocona, a favor de Sociedad Electrica del Sur Oeste S.A. - SEAL S.A . Estando a los informes de vistos, y de conformidad con lo prescrito en la Ley Nº 25844 Ley de Concesiones Electricas y su reglamento, Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley N° 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, Ley 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, Ordenanza Regional Nº 010-AREQUIPA, y en uso de las facultades conferidas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- OTORGAR autorizacion por tiempo indefinido a la empresa SOCIEDAD ELECTRICA DEL SUR OESTE S.A ­ SEAL, la actividad de generacion de energia electrica en las instalaciones de la Central Termica de Ocona, con una potencia instalada de 997 kW, ubicada en el Distrito de Ocona, Provincia de Camana, Region Arequipa. Articulo 2º.DISPONER que la titular de la autorizacion esta obligada a operar cumpliendo las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y demas normas legales pertinentes. Articulo 3º.- DISPONER que la presente sea publicada, por unica vez y por cuenta del titular de la autorizacion, en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion. Dada en la Sede del Gobierno Regional MORDAZA a los veintitres (23) dias del mes de enero del ano dos Mil doce. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente

750973-2

GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES
Disponen implementar la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01 "Directiva para la ejecucion presupuestaria"
ORDENANZA REGIONAL Nº 013-2011-GOB.REG. TUMBES-CR
Tumbes, 6 de diciembre del 2011 EL CONSEJO REGIONAL TUMBES POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional Tumbes, en Sesion Ordinaria de Consejo Nº 12 de fecha 06 de diciembre del 2011, aprobo mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 095-2011/GOB.REG.TUMBES-CR-CD, el Dictamen sobre Practicas Pre Profesionales. CONSIDERANDO: Que, la practica pre profesional es una modalidad formativa de MORDAZA especial que se lleva a cabo a traves

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.