Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2012 (09/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de febrero de 2012

NORMAS LEGALES

460663

Disponen iniciar procedimiento administrativo sancionador contra CERPROSUR Cereales Procesados del Sur E.I.R.L. por supuesta responsabilidad en la MORDAZA de documentacion falsa y/o inexacta
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO
EN SESION DEL 3 DE OCTUBRE DE 2011, LA PRIMERA SALA DEL TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO HA APROBADO EL SIGUIENTE ACUERDO: EXPEDIENTE 235/2006.TC.- RELACIONADO CON LA PROCEDENCIA DEL INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR CONTRA LA EMPRESA CERPROSUR CEREALES PROCESADOS DEL SUR E.I.R.L.

ACUERDO
de 3 de octubre de 2011

694 /2011.TC-S1

VISTOS los antecedentes del Expediente 235/2006. TC; CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, mediante Oficio 020-2006-MDC de fecha 31 de enero de 2006, presentado el 2 de febrero de 2006, la Municipalidad Distrital de Ccatcca, en adelante, la Entidad puso en conocimiento del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (Hoy Tribunal de Contrataciones del Estado), en adelante el Tribunal, sobre la supuesta infraccion incurrida por el Postor por la MORDAZA de documentacion falsa y/o inexacta en la propuesta tecnica de la empresa CERPROSUR CEREALES PROCESADOS DEL SUR E. I.R.L., en lo sucesivo el Postor, durante el desarrollo de la Adjudicacion Directa Selectiva 001-2006-MDCc, convocada para la adquisicion de insumos para el programa de vaso de leche; SEGUNDO: Que, mediante decreto de fecha 16 de febrero de 2006, notificado el 24 de febrero del mismo ano, previamente al inicio del procedimiento administrativo sancionador, el Tribunal solicito a la Entidad que remitiera, entre otros, un informe tecnico legal complementario de su asesoria sobre la procedencia y presunta responsabilidad del Postor, al haber presentado supuesta documentacion falsa o con informacion inexacta como parte de su propuesta tecnica, debiendo remitir MORDAZA de los documentos supuestamente falsos y/o inexactos, asi como los antecedentes administrativos correspondientes, completos, foliados y ordenados; TERCERO: Que, mediante Decreto de fecha 15 de marzo de 2006, notificado el 26 de marzo del mismo ano, previa razon de Secretaria del Tribunal, se reitero a la Entidad para que cumpliera con remitir la informacion y documentacion requerida mediante decreto de fecha 16 de febrero de 2006; CUARTO: Que, a traves del decreto de fecha 4 de MORDAZA de 2006, no habiendo cumplido la Entidad con remitir la informacion requerida, se hizo efectivo el apercibimiento de resolverse con la documentacion obrante en autos y se remitio el expediente a la Sala Unica del Tribunal para que se pronuncie respecto al inicio de procedimiento administrativo sancionador contra el Postor; QUINTO: Que, a traves del escrito presentado el 22 de junio del 2006 ante la Oficina Desconcentrada de MORDAZA e ingresado a la Mesa de Partes del Tribunal el 27 del mismo mes y ano, la Entidad remitio de manera incompleta la informacion solicitada mediante decreto de fecha 16 de febrero de 2006; SEXTO: Que, a traves del Acuerdo 118/2007-TC-S1 de fecha 7 de MORDAZA de 2007, el Tribunal acordo suspender el procedimiento administrativo sancionador contra el Postor hasta que la Entidad remita la documentacion correspondiente, por su supuesta responsabilidad en la MORDAZA de documentacion falsa y/o inexacta SEPTIMO: Que, con escrito presentado el 9 de octubre del 2008 ante la Oficina Desconcentrada de MORDAZA e ingresado a la Mesa de Partes del Tribunal el 13 del mismo mes y ano, la Entidad manifesto que la documentacion supuestamente falsa y/o inexacta obra en los antecedentes administrativos del presente expediente. Asimismo, la Entidad indico que el Postor presento en su propuesta tecnica los siguientes documentos: (i) Informe de Ensayo 009-05 de fecha 13 de enero de 2005; (ii) Informe de Ensayo 010-05 de fecha 14 de enero de 2005; (iii) Informe de Ensayo 013-05 de fecha 13 de enero de 2005; y (iv) Informe de Ensayo 014-05 de fecha 14 de enero de 2005, documentos supuestamente falsos y/o

inexactos durante la Adjudicacion Directa Publica 0012005-MDCc, MORDAZA de seleccion convocado para la adquisicion de alimentos para el vaso de leche para el ano 2005, por un valor ascendente a S/. 193 530.00; OCTAVO: Que, considerando la informacion expuesta en el numeral precedente, a traves del Decreto de fecha 13 de septiembre de 2011, y atendiendo a la Resolucion 574-2011-OSCE/ PRE de fecha 2 de septiembre de 2011 se remitieron los actuados a la Primera Sala del Tribunal para su pronunciamiento correspondiente; NOVENO: Que, habiendose remitido el expediente administrativo a la Primera Sala para opinion, con anterioridad a la iniciacion formal del procedimiento administrativo sancionador, resulta aplicable al presente caso lo dispuesto en el numeral 2) del articulo 235 de la Ley 27444, del Procedimiento Administrativo General, en cuanto establece que, con anterioridad a la iniciacion formal del procedimiento, se podran realizar actuaciones previas de investigacion, averiguacion e inspeccion con el objeto de determinar con caracter preliminar si concurren circunstancias que justifiquen su iniciacion; DECIMO: Que, en ese sentido, el Tribunal es el organo que tiene a su cargo el conocimiento y resolucion de los procedimientos de imposicion de sancion de inhabilitacion temporal o definitiva para contratar con el Estado, en los casos expresamente tipificados en el articulo 52 de Ley de Contrataciones y Adquisiciones de Estado, aprobado mediante Decreto Supremo 083-2004-PCM, y el articulo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo 084-2004-PCM, en lo sucesivo la Ley y el Reglamento; sin perjuicio de las acciones legales que corresponda adoptar a las Entidades dentro de sus respectivas atribuciones; UNDECIMO: Que, en el presente caso, la denuncia efectuada contra el Postor esta referida a su supuesta responsabilidad en la MORDAZA de documentos falsos y/o inexactos durante la Adjudicacion Directa Publica 001-2005-MDCc, causal de infraccion tipificada en el numeral 9) del articulo 294 del Reglamento 1 de la Ley , MORDAZA vigente al momento de suscitarse los hechos imputados; DUODECIMO: Que, al respecto, la infraccion imputada al Postor corresponde a lo senalado en el numeral 9) del articulo 294 del Reglamento2, la cual se configura con la sola MORDAZA de documentos falsos y/o declaraciones juradas con informacion inexacta ante la Entidad o al CONSUCODE (hoy OSCE), es decir con la sola afectacion del MORDAZA de Presuncion de Veracidad3 consagrado en el acapite 1.7 del Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley 27444, sin que la MORDAZA exija otros factores adicionales, por cuanto la Administracion presume que todos los documentos y declaraciones formuladas por los administrados responden a la verdad de los hechos que ellos afirman; DECIMO TERCERO: Que, ahora bien, para la configuracion del supuesto de MORDAZA de documentacion falsa, se requiere previamente acreditar su falsedad, esto es que el documento o los documentos cuestionados no hayan sido expedidos por el organo o agente emisor o que, siendo validamente expedidos, hayan sido adulterados en su contenido. Por otro lado, la infraccion referida a informacion inexacta se configura ante la MORDAZA de documentos no concordantes con la realidad, que constituye una forma de falseamiento de la misma, a traves del quebrantamiento de los principios de moralidad y de presuncion de veracidad; DECIMO CUARTO: Que, sobre el particular, fluye de la documentacion

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Articulo 294.- Causales de aplicacion de sancion a los proveedores, participantes, postores y contratistas.- El Tribunal impondra la sancion administrativa de inhabilitacion temporal o definitiva a los proveedores, postores y/o contratistas que: [...] 9) Presenten documentos falsos o inexactos a las Entidades o al CONSUCODE. Articulo 294.- Causales de aplicacion de sancion a los proveedores, participantes, postores y contratistas.- El Tribunal impondra la sancion administrativa de inhabilitacion temporal o definitiva a los proveedores, postores y/o contratistas que: [...] 9) Presenten documentos falsos o inexactos a las Entidades o al CONSUCODE.

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