Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2012 (25/02/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, sabado 25 de febrero de 2012

NORMAS LEGALES

461439

De acuerdo a los fundamentos senalados, corresponde declarar infundado el recurso especial presentado por Telefonica. POR LO EXPUESTO, en aplicacion de las funciones previstas en el Articulo 23º, en el inciso i) del Articulo 25º, asi como en el inciso b) del Articulo 75º del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2001PCM, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesion Nº 449, de conformidad con el Informe Nº 048GPRC/2012; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar INFUNDADO el Recurso Especial interpuesto por la empresa Telefonica del Peru S.A.A. contra la Resolucion de Consejo Directivo Nº 1542011-CD/OSIPTEL, y en consecuencia, CONFIRMAR la resolucion impugnada en todos sus extremos, de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte resolutiva de la presente resolucion. Articulo Segundo.- La presente resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- La presente resolucion y el Informe Nº 048-GPRC/2012, que forma parte integrante de la misma, se notificaran a la empresa concesionaria Telefonica del Peru S.A.A. y seran publicados en la pagina web del OSIPTEL. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNBERRY VILLARAN Presidente del Consejo Directivo

Estando a lo dispuesto por el articulo 5° del Decreto Supremo N° 010-2012-PCM; RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a las senoras MORDAZA MORDAZA MORDAZA Redolet y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cursack como representantes titular y alterno, respectivamente, de la Superintendencia del MORDAZA de Valores ­ SMV ante el Grupo de Trabajo Multisectorial de Coordinacion para el combate contra la corrupcion y crimen organizado, creado por el Decreto Supremo N° 010-2012-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCCA MORDAZA Superintendente del MORDAZA de Valores

756773-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Modifican la Resolucion de Superintendencia Nº 175-2007/SUNAT que dicto normas para la compensacion a solicitud de parte y la compensacion de oficio
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 039-2012/SUNAT
MORDAZA, 24 de febrero de 2012 CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º del Texto Unico Ordenado (TUO) del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-99-EF y normas modificatorias, la deuda tributaria podra compensarse total o parcialmente con los creditos por tributos, sanciones, intereses y otros conceptos pagados en exceso o indebidamente, siempre y cuando correspondan a periodos no prescritos, MORDAZA administrados por el mismo organo administrador y cuya recaudacion constituya ingreso de una misma entidad; Que el referido articulo establece que la compensacion podra realizarse, entre otras formas, a solicitud de parte, y que sera efectuada por la Administracion Tributaria previo cumplimiento de los requisitos, forma, oportunidad y condiciones que esta senale; Que al MORDAZA del articulo 40º del TUO del Codigo Tributario, la Resolucion de Superintendencia Nº 175-2007/ SUNAT dicto las normas para la compensacion a solicitud de parte y la compensacion de oficio; Que tratandose de la compensacion a solicitud de parte, el articulo 5º de la citada resolucion dispone que para efectos de presentar la solicitud de compensacion, el deudor tributario debera cumplir obligatoriamente, entre otros requisitos y condiciones, con no tener algun procedimiento administrativo iniciado a peticion de parte, contencioso o no contencioso pendiente de resolucion, sobre el credito o la deuda a compensar, cuyo resultado pudiera afectar su determinacion; de ser el caso, MORDAZA de presentar la solicitud de compensacion, el deudor tributario debera contar con la respectiva Resolucion en la cual se acepta el desistimiento de los referidos procedimientos; Que a fin de flexibilizar los requisitos y condiciones exigidos para efectos de presentar la solicitud de compensacion, se ha visto por conveniente permitir que la misma pueda ser presentada aun cuando existan procedimientos contenciosos y no contenciosos en tramite sobre la deuda a compensar; En uso de las facultades conferidas por el articulo 40° del TUO del Codigo Tributario, el articulo 5º de la Ley Nº 29816, el articulo 11° del Decreto Legislativo N° 501 y el inciso b) del articulo 23-B° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM;

756197-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA DEL MORDAZA DE VALORES
Designan representantes titular y alterna de la SMV ante el Grupo de Trabajo Multisectorial de Coordinacion para el combate contra la corrupcion y crimen organizado
RESOLUCION DE SUPERINTENDENTE Nº 032-2012-SMV/02
MORDAZA, 20 de febrero de 2012 La Superintendente del MORDAZA de Valores CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 1° del Decreto Supremo N° 010-2012-PCM se creo el Grupo de Trabajo Multisectorial de Coordinacion para el combate contra la corrupcion y crimen organizado, cuyo objeto es el de establecer MORDAZA de coordinacion interinstitucional y el diseno e implementacion conjunta de planes de accion y operativos dirigidos a combatir los delitos de corrupcion y criminalidad organizada, facilitando la identificacion de redes de corrupcion y de delincuencia organizada a traves del intercambio de informacion y acciones conjuntas; Que, el articulo 4° del Decreto Supremo N° 010-2012PCM establece que el Grupo de Trabajo se integra por representantes (titular y alterno) de diversos ministerios y entidades publicas, entre ellos, la Superintendencia del MORDAZA de Valores ­ SMV; por lo que resulta necesario proceder a la designacion de los representantes de la SMV; Que, conforme al articulo 2° del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la SMV, aprobado por Decreto Ley N° 26126, la Superintendente del MORDAZA de Valores es la MORDAZA autoridad ejecutiva y Titular del pliego presupuestario de la SMV; y,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.