Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE FEBRERO DEL AÑO 2012 (26/02/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 26 de febrero de 2012 461472 Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos (US$ 220,00 x 5 días) : US $ 1 100,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Díaz Bedregal presentará al Titular del Sector un informe detallado sobre los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 755647-1 Autorizan viaje de representante del Ministerio a Bélgica para participar en la audiencia preliminar formal ante el Parlamento Europeo dedicada al Acuerdo Comercial entre Perú y la Unión Europea RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 073-2012-MINCETUR/DM Lima, 24 de febrero de 2012 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo público competente para defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales, en coordinación con los demás sectores del Gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias; Que, en el marco del Acuerdo Comercial entre Perú – Unión Europea, se deben llevar a cabo procedimientos para la puesta en vigencia de dicho Acuerdo, siendo algunos de ellos su presentación ante la Comisión y Consejo de la Unión Europea, así como el proceso de sensibilización de los Parlamentarios Europeos para lograr la aprobación de dicho Acuerdo; Que, el Parlamento Europeo ha convocado a la primera audiencia preliminar formal dedicada al Acuerdo, la misma que se realizará en la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, el 29 de febrero de 2012, evento al que asistirá el Titular del Sector Comercio Exterior y Turismo; Que, en tal razón, es conveniente autorizar el viaje de la señora abogada Gabriela Rosa Gutiérrez Hemala, Asesora del Despacho Ministerial, a la ciudad de Bruselas, para que en representación del MINCETUR participe en la reunión antes mencionada y preste apoyo técnico al Titular de la Entidad; Que, la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del titular de la entidad; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de la señora abogada Gabriela Rosa Gutiérrez Hemala, Asesora del Despacho Ministerial, a la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, del 27 de febrero al 02 de marzo de 2012, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo participe en la audiencia preliminar formal ante el Parlamento Europeo a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimento de la presente Resolución estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 3 195,00 Viáticos (US$ 260,00 x 3 días) : US$ 780,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, la señora Gutiérrez Hemala presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la reunión a la que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4°.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 756828-1 DEFENSA Autorizan ingreso al territorio peruano de oficial de la Marina de los Estados Unidos de América RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 176-DE/SG-2012 Lima, 10 de febrero de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 67 de fecha 31 de enero de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, personal militar de la Marina de los Estados Unidos de América, realizará coordinaciones con relación a los proyectos de investigación que el Centro de Investigaciones de Enfermedades Tropicales – NAMRU- 6, realiza en las ciudades de Iquitos y Lima; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú, y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899;