Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2012 (26/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 26 de febrero de 2012

NORMAS LEGALES

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aisladores para proporcionar distancia de seguridad entre circuitos paralelos en lineas de doble terna con el fin de ejecutar trabajos de inspeccion y mantenimiento con la seguridad apropiada que requiere la labor. Esto permitira cumplir con el criterio N-1 en las lineas que es exigido por la MORDAZA Tarifas y Compensaciones para SST y SCT de OSINERGMIN; Que, agrega ademas que los suples en si no son parte integrante de un poste y es mas bien un accesorio adicional que debe adquirirse para la finalidad deseada; Que, finaliza indicando que para la altura del poste debe considerarse el valor proximo superior obtenido por OSINERGMIN en su analisis efectuado para las estructuras de Suspension, MORDAZA y Terminal. A partir de dichos resultados la altura minima de los postes debe ser de 20 m lo cual debe reflejarse en los modulos. 2.2.2 ANALISIS DE OSINERGMIN Que, cabe senalar que si se ha considerado el peso de los cables engrasados tal como puede verse en la tabla del archivo "I-403-LLTT" hoja "Peso Conductores". En MORDAZA se ha diferenciado el peso de los conductores para una misma seccion; Que, es necesario precisar que en el analisis efectuado no se considero el incremento del tamano de los postes como consecuencia del mayor peso del conductor AAAC engrasado, pero si se considero la disminucion del vano medio, reflejandose esta en el metrado de estructuras en donde se ha incrementado en una unidad; Que, asimismo no se ha considerado la instalacion de los suples metalicos debido a que el modulo en doble terna utiliza una estructura que esta compuesta por 2 postes de MORDAZA conjuntamente con la utilizacion de crucetas y brazos; Que, en consecuencia, este extremo del Recurso de Reconsideracion presentado por LUZ DEL SUR debe ser declarado infundado. 2.3 POSTES DE MORDAZA MORDAZA TERMINAL PARA LINEAS DE 60 KV COSTA MORDAZA 2.3.1 SUSTENTO DEL PETITORIO Que, LUZ DEL SUR solicita reconsiderar la utilizacion de postes terminales de MORDAZA en los extremos e incrementar el numero de postes de MORDAZA, dado que en un recorrido de 5 km se presenta una mayor cantidad de estructuras de cambios de direccion, en comparacion de lo considerado en los modulos; Que, la recurrente senala que, efectivamente en los modulos actualizados se esta considerando terminales de MORDAZA, sin embargo, a pesar de que en el Informe Nº 0422-2011-GART numeral 2.5.10 comentario 10 se ha considerado 32 estructuras; esto no se ve reflejado en otros modulos como en el LT-060COU0ACD0C5300A que se sigue manteniendo en 31. 2.3.2 ANALISIS DE OSINERGMIN Que, se tiene un error en la visualizacion del Formulario del modulo LT-060COU0AMD0C5300A por parte de LUZ DEL SUR. Al respecto, se debe senalar que en el modulo mencionado se ha considerado 32 estructuras tal como se senala en el Informe Nº 0422-2011-GART; Que, en consecuencia, este extremo del Recurso de Reconsideracion presentado por LUZ DEL SUR debe ser declarado infundado. 2.4 INSTALACION DE SISTEMAS DE PUESTA A TIERRA PARA ATERRAR LAS PARTES METALICAS EN LINEAS DE 60 KV 2.4.1 SUSTENTO DEL PETITORIO Que, LUZ DEL SUR solicita reconsiderar en los modulos de lineas 60 kV, costa MORDAZA, simple y doble terna, la instalacion de sistemas de puesta a tierra para cada estructura, conformado por pozos de tierra y/o sistemas de contrapeso; Que, la recurrente solicita que el modulo considere para cada estructura minimo 2 varillas, y una longitud promedio de 20 metros para contrapesos circulares y/o longitudinales, con el proposito de obtener en la puesta a tierra valores que no superen los 25 ohms de resistencia

indicados en el CNE Suministro 2011. Asimismo en adicion a lo expresado para los sistemas de puesta a tierra senala que el conductor Copperweld 2 AWG (35 mm2) utilizado en los modulos, no tiene la capacidad suficiente de soportar corriente de cortocircuito a tierra de 31,5 kA. rms por 0,5 s que se presenta en su sistema por lo que requiere de una seccion minima de 120 mm2; Que, adjunta un compendio de resistividades para el diseno de puesta a tierra y anade que en la concesion de MORDAZA existen zonas donde se registran valores de resistividad superiores a 300 ohm-m. 2.4.2 ANALISIS DE OSINERGMIN Que, se debe senalar que en los modulos de linea de 60 kV se ha considerado MORDAZA de tierra o contrapesos para todas las estructuras de las lineas. El criterio utilizado en la elaboracion de los modulos considera lo siguiente: · En el caso de estructuras de MORDAZA y terminal se ha incrementado a dos pozos a tierra el cual va a requerir dos jabalinas para cada estructura. En las estructuras de alineamiento se mantiene el uso de contrapesos con cable de Copperweld de 35 mm2. · El uso del conductor "COPPERWELD" 2AWG se ha elaborado en funcion del promedio nacional de las instalaciones de puesta a tierra. · Para el caso de la seccion del conductor que pueda soportar corrientes de cortocircuito de 31,5 kA por 0,5 s; LUZ DEL SUR no ha presentado un sustento tecnico que permita aumentar el calibre del conductor de puesta a tierra. Que, finalmente, se debe senalar que con motivo de este comentario se ha verificado que, debido a una omision involuntaria, no se incluyeron en la publicacion los costos asociados a las jabalinas previstas en los criterios de diseno, lo cual se esta corrigiendo en esta oportunidad; Que, en consecuencia, este extremo del Recurso de Reconsideracion presentado por LUZ DEL SUR debe ser declarado fundado en parte. 2.5 LOSA DE CONCRETO EN LOS MODULOS DE LINEAS DE 60 KV 2.5.1 SUSTENTO DEL PETITORIO Que, LUZ DEL SUR solicita se reconsidere la utilizacion de losas de concreto en los disenos de puesta a tierra para limitar las tensiones de toque y paso peligrosas; Que, la recurrente senala que en los Modulos de lineas de 60 kV. Costa MORDAZA, Simple y Doble terna debe considerarse la construccion de losas de concreto para limitar las tensiones de toque y pasos peligrosas. Indica que las estructuras ubicadas en bermas centrales o laterales en general son de facil acceso, por lo que considera que deben contar con losas de concreto por lo menos en las estructuras de MORDAZA y terminales para evitar danos a transeuntes limitando las tensiones de toque y paso peligrosas. 2.5.2 ANALISIS DE OSINERGMIN Que, se debe recalcar que es factible lograr las limitaciones de tensiones de toque y paso utilizando metodos convencionales para el sistema de puesta a tierra; al respecto, cabe resaltar que en el Codigo Nacional de Electricidad (CNE) Suministro 2001 no se menciona que se deba conseguir estas limitaciones mediante la utilizacion de losas de concreto; Que, por otro lado debe tenerse en cuenta que, en las estructuras de MORDAZA cercanas a pistas, se esta considerando el costo de proteccion vehicular limitando de esta forma el acceso de transeuntes. Por lo tanto, no amerita colocar losas de concreto en dichos lugares; Que, en consecuencia, este extremo del Recurso de Reconsideracion presentado por LUZ DEL SUR debe ser declarado infundado. 2.6 CONSTRUCCION DE PROTECCION VEHICULAR DE ESTRUCTURAS Y RETENIDAS 2.6.1 SUSTENTO DEL PETITORIO Que, LUZ DEL SUR solicita reconsiderar el costo de proteccion vehicular de las estructuras y retenidas,

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