Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2012 (05/07/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 36

470014

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 5 de MORDAZA de 2012

Modifiquese el Cronograma del Regimen Extraordinario de Permanencia para los vehiculos destinados al servicio de transporte de personas de ambito regional del departamento de MORDAZA, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 634-2011-MTC/02, y que como anexo forma parte integrante de dicha resolucion; en los siguientes terminos:
FECHA DE FABRICACION 1983-1989 1990-1991 1992-1993 1994-1995 1996-1997 1998-1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 FECHA DE SALIDA DE SERVICIO 31 de diciembre del 2014 31 de diciembre del 2015 31 de diciembre del 2016 31 de diciembre del 2017 31 de diciembre del 2018 31 de diciembre del 2019 31 de diciembre del 2020 31 de diciembre del 2021 31 de diciembre del 2022 31 de diciembre del 2023 31 de diciembre del 2024 31 de diciembre del 2025 31 de diciembre del 2026 31 de diciembre del 2027 31 de diciembre del 2028 31 de diciembre del 2029 31 de diciembre del 2030

Articulo 2º.- Aplicacion de las condiciones para el Regimen Extraordinario de Permanencia para los vehiculos destinados al servicio de transporte de personas de ambito regional del departamento de MORDAZA Resulta de aplicacion a la presente modificacion del Cronograma del Regimen Extraordinario de Permanencia, las condiciones establecidas en el articulo 2 de la Resolucion Ministerial Nº 634-2011-MTC/02. Articulo 3º.- Vigencia La presente Resolucion Ministerial entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

809497-1

Otorgan autorizaciones a personas juridicas y natural para prestar servicio de radiodifusion sonora en FM en localidades de los departamentos de MORDAZA, Pasco y MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 200-2012-MTC/03
MORDAZA, 28 de junio de 2012 VISTO, el Expediente Nº 2010-051733 presentado por la empresa RADIO ORCOPAMPA E.I.R.L., sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Chilcaymarca-Orcopampa, departamento de Arequipa; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14º de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de

Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television indica que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, el citado articulo senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de un Permiso, el mismo que es definido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o juridicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion improrrogable de doce (12) meses; Que, el articulo 29º del Reglamento de la Ley de Radio y Television indica que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicho articulo se detallan; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 106-2004MTC/03, modificada por Resoluciones Viceministeriales Nº 246-2006-MTC/03 y Nº 164-2008-MTC/03, ratificada mediante Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modificada por Resoluciones Viceministeriales Nº 1442009-MTC/03, Nº 235-2010-MTC/03 y Nº 086-2012MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de FM para las localidades del departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad de Chilcaymarca - Orcopampa, la misma que incluye al distrito de Orcopampa, provincia de MORDAZA, departamento de Arequipa; Que, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias, indicado en el parrafo precedente, establece 0.1 Kw. como MORDAZA potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la direccion de MORDAZA ganancia de antena. Asimismo, segun Resolucion Ministerial Nº 207-2009-MTC/03, la misma que modifico las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas mediante Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, las estaciones que operen en el rango hasta 100 w. de e.r.p., en la direccion de MORDAZA ganancia de antena, se clasifican como Estaciones de Servicio Primario Clase D1, consideradas de Baja Potencia; Que, en virtud a lo indicado, la empresa RADIO ORCOPAMPA E.I.R.L. no se encuentra obligada a la MORDAZA del Estudio Teorico de Radiaciones No Ionizantes, asi como tampoco a efectuar los monitoreos anuales, segun se establece en el articulo 4º y el numeral 5.2 del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, mediante el cual se aprobaron los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; Que, con Informe Nº 0867-2012-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones senala que se considera viable otorgar la autorizacion solicitada por la empresa RADIO ORCOPAMPA E.I.R.L. para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Chilcaymarca - Orcopampa, departamento de Arequipa; De conformidad con la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de Frecuencia Modulada (FM) para la localidad de Chilcaymarca - Orcopampa, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 106-2004-MTC/03 y sus modificatorias, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, y sus modificatorias; y, Con la opinion favorable del Director General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion a la empresa RADIO ORCOPAMPA E.I.R.L., por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Chilcaymarca - Orcopampa, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.