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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de julio de 2012 470031 Admiten a trámite solicitud de cambio de denominación de la Universidad Continental de Ciencias e Ingeniería por Universidad Continental RESOLUCIÓN Nº 280-2012-CONAFU Lima, 6 de junio de 2012 “UNIVERSIDAD CONTINENTAL DE CIENCIAS E INGENIERÍA” VISTOS: La Resolución Nº 299-2006-CONAFU de fecha 07 de setiembre de 2006, el Escrito s/n recibido con fecha 01 de marzo de 2012, el Ofi cio Nº 727-2012- CONAFU-P de fecha 28 de marzo de 2012, el Escrito s/n recibido con fecha 11 de mayo de 2012, el Informe Legal Nº 183-2012-CONAFU-CJ de fecha 28 de mayo de 2012, y el Acuerdo Nº 345-2012-CONAFU de la Sesión del Pleno del CONAFU de fecha 30 de mayo de 2012; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores y ente rector del funcionamiento de las nuevas universidades del país bajo su competencia; Que, mediante Ley Nº 28727 del 10 de mayo del 2006, se resolvió modifi car el inciso h) del artículo 2º de la Ley Nº 26439, estableciendo: “Son Atribuciones del CONAFU: … h) Autorizar o denegar el cambio de denominación de las universidades a solicitud de su máximo órgano de gobierno, cualquiera que haya sido el instrumento legal o la fecha de su creación”; Que, de conformidad al Estatuto del CONAFU aprobado por Resolución Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de julio del 2006, en su artículo 3º establece: “Son atribuciones del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades (:…) g) Autorizar o denegar el cambio de denominación de las universidades a solicitud de su máximo órgano de gobierno, cualquiera que haya sido el instrumento legal o la fecha de su creación”; Que, por Resolución Nº 299-2006-CONAFU de fecha 07 de setiembre de 2006, se resuelve: Otorgar la Autorización Defi nitiva de Funcionamiento a la Universidad Continental de Ciencias e Ingeniería, adecuada al Decreto Legislativo Nº 882, con sede en la ciudad de Huancayo, departamento de Junín, para brindar servicios educativos de nivel universitario, con las siguientes Carreras Profesionales: Ingeniería Informática, Administración - Marketing y Negocios Internacionales, y Contabilidad; Que, por Escrito s/n recibido con fecha 01 de marzo de 2012, el Dr. Esaú Tiberio Caro Meza, Rector de la Universidad Continental de Ciencias e Ingeniería, se presenta ante este Consejo Nacional a fi n de solicitar el cambio de denominación de la citada casa de estudios superiores por el de Universidad Continental, sustentando su pedido en los fundamentos que desarrolla en la solicitud de la materia, adjuntado para tal efecto la Resolución del Consejo Universitario que acuerda el cambio de nombre de la Universidad y pago de las tasas correspondientes conforme lo establecido en el TUPA del CONAFU; Que, por Ofi cio Nº 727-2012-CONAFU-P de fecha 28 de marzo de 2012, la Presidenta del CONAFU se dirige al Rector de la Universidad Continental de Ciencias e Ingeniería para comunicarle lo siguiente: Deberá cumplir con fundamentar debidamente su solicitud, puesto que solamente manifi esta que: “cuyos fundamentos se encuentran en dicho documento…”, sin adjuntar ningún informe técnico, administrativo, ni legal que establezca los fundamentos y asideros por los cuales su despacho solicita el cambio de nombre de la universidad; Que, por Escrito s/n recibido con fecha 11 de mayo de 2012, el Dr. Esaú Tiberio Caro Meza, Rector de la Universidad Continental de Ciencias e Ingeniería, da cumplimiento a lo requerido por este Consejo Nacional, fundamentando debidamente su solicitud; Que, por Informe Legal Nº 183-2012-CONAFU-CJ de fecha 28 de mayo de 2012, la Comisión Jurídica informa que del análisis de los requisitos establecidos en el ítem Nº 27 del TUPA, la Universidad Continental de Ciencias e Ingeniería ha cumplido con levantar las observaciones advertidas, en ese sentido han verifi cado que la fundamentación de lo solicitado está conforme al inciso 2) del artículo 113º de la Ley Nº 27444, el Acuerdo del máximo órgano de gobierno de la universidad, siendo en este caso la Junta Universal de Accionistas de fecha 16 de abril de 2012, así como el pago de la Tasa Administrativa, razón por la cual la Comisión Jurídica opina que se ADMITA A TRÁMITE la solicitud de cambio de denominación presentado por el Rector de la Universidad Continental de Ciencias e Ingeniería; Que, mediante Ofi cio Nº 610-2012-CONAFU-CDAA de fecha 28 de mayo de 2012, la Comisión Académica dio a conocer al Pleno del CONAFU que el Rector de la Universidad Continental de Ciencias e Ingeniería, da cumplimiento a lo requerido respecto a la observación advertida a su solicitud de cambio de nombre, por lo que la Comisión Académica pone a consideración del Pleno del CONAFU, teniendo como referencia la recomendación del Informe Legal Nº 334-2011-CONAFU-CJ: Por las consideraciones antes expuestas, la Comisión Jurídica opina que se Admita a Tramite la solicitud de cambio de denominación de la Universidad Continental de Ciencias e Ingeniería, solicitada por el Rector de dicha institución; Que, conforme al Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolución Nº 189-2006-CONAFU del 13 de julio de 2006, en el artículo 10º establece que: “Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades: … t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU”; Que, en sesión de fecha 30 de mayo de 2012, después de deliberar el Pleno del CONAFU mediante Acuerdo Nº 345-2012-CONAFU convinieron por UNANIMIDAD: Admitir a trámite la solicitud de cambio de denominación de la Universidad Continental de Ciencias e Ingeniería por Universidad Continental; En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al artículo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: “El Presidente del CONAFU tiene las siguientes atribuciones generales: … d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones” y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ADMITIR A TRÁMITE la solicitud de cambio de denominación de la Universidad Continental de Ciencias e Ingeniería por Universidad Continental. Artículo Segundo.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolución para los trámites administrativos correspondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. WILSON ROLANDO REÁTEGUI CHÁVEZ Presidente JORGE LUIS QUIÑONES ESPINOZA Secretario General 809487-1 Dan por concluido reconocimiento, ratifican en el cargo, reconocen y declaran vacancia de miembros de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete RESOLUCIÓN Nº 285-2012-CONAFU Lima, 6 de junio de 2012 “UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE” VISTOS: La Ley Nº 29488 de fecha 23 de diciembre de 2009, la Resolución Nº 478-2010-CONAFU de fecha 17 de noviembre de 2010, la Resolución Nº 154-2011- CONAFU de fecha 21 de marzo de 2010, la Resolución Nº 227-2011-CONAFU de fecha 04 de mayo de 2011, la Resolución Ministerial Nº 0120-2012-ED publicada en el diario Ofi cial El Peruano el 04 de abril de 2012, el Ofi cio Nº 056-UNDC-CO/PCO-2012 recibido con fecha 07 de