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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2012 (23/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 23 de julio de 2012 471181 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Aprueban “Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en un 7% de Viviendas Urbanas del distrito de La Victoria” DECRETO DE ALCALDIA N° 006-2012-ALCMLV La Victoria, 16 de julio de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA VISTOS; el Memorándum N° 341-2012-GESECl/MLV de fecha 9 de julio de 2012 de la Gerencia de Servicios a la Ciudad; el Informe N° 216-2012-GAJ/MLV de fecha 10 de julio de 2012 de la Gerencia de Asesoria Jurídica, y el Memorándum Nº 764-2012-GM-MDLV de la Gerencia Municipal del 16 de julio de 2012, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 194° y 195º de la Constitución Política del Perú en concordancia con los artículo II y IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – las municipalidades distritales son órganos de gobierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, los cuales promueven el desarrollo, la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, el numeral 4.1 del artículo 80° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – establecen que las municipalidades distritales administran y reglamentan, directamente o por concesión el servicio de limpieza pública y tratamiento de residuos sólidos, entre otros, cuando estén en capacidad de hacerlo; Que, el artículo 3° de la Ley N° 28611 – Ley General del Ambiente – dispone que el Estado, a través de sus entidades y órganos correspondientes, diseña y aplica las políticas, normas, instrumentos, incentivos y sanciones que sean necesarios para garantizar el efectivo ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades contenidas en la ley. Que, la Ley N° 27314 – Ley General de Residuos Sólidos – señala en su artículo 10° que las municipalidades distritales son responsables por la prestación de los servicios de recolección y transporte de los residuos sólidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generen residuos similares a éstos y de la limpieza de los espacios y monumentos públicos en su jurisdicción; Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2009-MINAM, se aprueba la Política Nacional del Ambiente, la cual establece en el Eje de Política N° 2 Ia Gestión Integral de la Calidad Ambiental y declarando como uno de los Lineamientos de Política de los Residuos Sólidos, el de promover la formalización de los segregadores y recicladores y otros actores que participan en el manejo de los mismos; Que, la Ley N° 29419 – Ley que Regula Ia Actividad de los Recicladores – busca establecer el marco normativo para la regulación de las actividades de los trabajadores del reciclaje, orientada a la protección, capacitación y promoción del desarrollo social y laboral, promoviendo su formalización, asociación y contribuyendo a la mejora en el manejo ecológicamente efi ciente de los residuos sólidos en el país. Esto en el marco de los objetivos y principios de las Leyes N° 27314 y N° 28611, antes citadas, estableciendo a su vez que dicha actividad es regulada por los gobiernos locales como entes rectores, en el marco de sus atribuciones y que el régimen de regulación local se orienta a incorporar a los recicladores como parte del sistema local de gestión de residuos sólidos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2012-EF el Ministerio de Economía y Finanzas estableció los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal para el año 2012; Que, el Anexo Nº 2 del citado Decreto Supremo, denominado “Metas que deben cumplir las Municipalidades al 31 de julio de 2012” señala como una de las metas a ejecutar: “Implementar un programa de segregación en la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos domiciliarios en un 7% de las viviendas urbanas del distrito”; Que, en mérito a lo expuesto la Gerencia de Servicios a la Ciudad ha formulado el “Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en un 7% de Viviendas Urbanas del distrito de La Victoria”, a fi n de implementarlo en el distrito con el objeto de cumplir las metas del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal para el año 2012; Que, al respecto se precisa que en el año 2011 se emitió la Ordenanza Nº 132-2011/MLV que aprobó el Plan de Manejo de Residuos Sólidos en el distrito de La Victoria, así como el Decreto de Alcaldía Nº 012-2011- ALC/MLV que aprobó el Programa de Segregación antes mencionado pero con un alcance del 5%, tal como lo establecían las metas de dicho año; Estando a los fundamentos expuestos, en mérito a las normas legales glosadas y tomando en cuenta los informes y pronunciamientos de vistos, de acuerdo a lo regulado en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, en uso de las facultades otorgadas en la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades –; DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar el “Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en un 7% de Viviendas Urbanas del distrito de La Victoria”, con el objeto de mejorar la gestión ambiental de los residuos sólidos, involucrando la participación de las organizaciones sociales y vecinos del distrito, el cual forma parte integrante del presente Decreto como Anexo I. Artículo Segundo.- Encargar la publicación del presente Decreto y su Anexo en el portal institucional www. munilavictoria.gob.pe a la Subgerencia de Tecnología de la Información, así como la ejecución de las acciones que corresponden a su competencia. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 817726-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO Establecen beneficio de regularización tributaria en el distrito ORDENANZA Nº 007-2012-MDCLR Carmen de la Legua Reynoso, 19 de julio del 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO POR CUANTO: Visto en Sesión Ordinaria de Concejo celebrada en la fecha, el Memorándum N° 046-2012-GM/MDCLR, de