Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2012 (27/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2012

y cuyos gravisimos efectos sobre el organismo humano son en gran medida irreversibles, e involucran a veces incluso malformaciones geneticas. Que, el Gobierno Regional de Ucayali esta impulsando, a traves del proyecto "Apoyo a la Conservacion de la Diversidad Biologica en la Region Ucayali" -ACRU, el diseno de un Programa de Conservacion, Gestion y Uso de la Diversidad Biologica de la Region para garantizar la integridad de los paisajes y de los procesos ecologicos esenciales de la region, con el fin de asegurar la provision sostenible de bienes (agua, recursos forestales y de fauna MORDAZA, terrestre y acuatica) y servicios ambientales (oxigeno, captura de carbono, recreacion, turismo) para el beneficio de la poblacion, contribuyendo de esta forma al desarrollo humano en MORDAZA con la naturaleza. Que, el cambio climatico esta generando una serie de alteraciones meteorologicas y ambientales que podrian poner en riesgo la MORDAZA de la humanidad si no se aseguran los servicios ambientales que los MORDAZA y bosques proporcionan, por lo que se hace necesario conservar productivamente los ecosistemas, y especialmente las cuencas hidrograficas de la region Ucayali. De conformidad con las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, Articulo 9° y 10° de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificado por la Leyes N° 27902, N° 28968 y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, el Consejo Regional de Ucayali, en sesion Ordinaria de fecha de 21 de junio del 2012 se aprobo por unanimidad la siguiente Ordenanza Regional. ORDENA: Articulo Primero.- DECLARAR Prioritaria y de Interes Publico, la Conservacion de la Biodiversidad y el Recurso Agua, por ser elementos que garantizan la continuidad de los procesos ecologicos para la existencia de los recursos naturales necesarios para la seguridad alimentaria, y la provision de agua, como recursos indispensables para la salud y la subsistencia de los habitantes en la region Ucayali; Articulo Segundo.- DECLARAR intangible para la actividad minera, el cauce antiguo y actual de todos los cuerpos de agua superficial de la red hidrografica de la region Ucayali, incluyendo sus franjas marginales y llanuras de inundacion, mas una franja de seguridad equivalente a 15 veces el ancho de la franja marginal correspondiente. Los cuerpos de agua inmersos en la presente MORDAZA seran precisados en el reglamento. En los cauces de los cuerpos de agua intervenidos a la fecha por la mineria informal con evidentes pasivos ambientales, podran ser aprovechadas por pequenos mineros formalizados, por unica vez, cuyo estudio de impacto ambiental y/o plan de cierre debe considerar la recuperacion de la vegetacion en la totalidad de la superficie ya trabajada, el mismo que es de cumplimiento obligatorio y fiscalizada MORDAZA cada 06 meses, cuyo incumplimiento sera causal de la sancion correspondiente de acuerdo a ley; Articulo Tercero.- APLICAR Y/O ESTABLECER sanciones que van desde multas hasta pena privativa de la MORDAZA, a los responsables de la alteracion de los cauces fluviales y del vertimiento de efluentes sin el adecuado tratamiento, a la red hidrografica de la region Ucayali; en concordancia con el Decreto Legislativo N° 1102 y otras normas aplicables; Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente elaborar el reglamento de la presente Ordenanza Regional en un plazo no mayor de 6 meses a partir de la aprobacion de la presente ordenanza; Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Ucayali, la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano", en un diario de circulacion local y a la Oficina de Sistemas para su difusion a traves del MORDAZA Institucional del Gobierno Regional del Departamento de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe);

Articulo Sexto.- DISPENSAR la presente ordenanza del tramite de lectura y aprobacion del acta". Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgacion. En Ucayali, a los veintiun dias del mes junio del ano dos mil doce. ORISON MORDAZA LEVEAU BARTRA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali, a los veintiun dias del mes de junio del ano dos mil doce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 819329-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Aprueban Ordenanza modificatoria de los usos del suelo, aportes reglamentarios, parametros urbanisticos y edificatorios en MORDAZA de Reglamentacion Especial ­ Ex Escuela de Aviacion Civil del Peru - Comas y Derogatoria de las Ordenanzas Nº 1415-MML y Nº 1455-MML
ORDENANZA N° 1618 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA Visto en Sesion Ordinaria de fecha 24 de MORDAZA de 2012, el Dictamen Nº 81-2012-CMDUVN de la Comision Metropolitana de Desarrollo MORDAZA, Vivienda y Nomenclatura; Aprobo la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DE LOS USOS DEL SUELO, APORTES REGLAMENTARIOS, PARAMETROS URBANISTICOS Y EDIFICATORIOS EN MORDAZA DE REGLAMENTACION ESPECIAL ­ EX ESCUELA DE AVIACION CIVIL DEL PERU - COMAS Y DEROGATORIA DE LAS ORDENANZAS Nº 1415-MML Y Nº 1455-MML CAPITULO I GENERALIDADES Articulo 1°.- Objetivo La presente MORDAZA tiene por objeto optimizar la utilizacion del uso del suelo mediante la dotacion y/o incremento de areas destinadas al equipamiento MORDAZA de recreacion, educacion y de salud, de servicios publicos que permitan mejorar la calidad urbanistica del Sector denominado Ex Escuela de Aviacion Civil del Peru a

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