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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2012 (27/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 78

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de julio de 2012 471576 g. Residuos de las Actividades de Construcción.- Son aquellos residuos fundamentalmente inertes que son generados en las actividades de construcción y demolición de obras, tales como: edifi cios, puentes, carreteras, represas, canales y otras afi nes a éstas. h. Gestión De Residuos Sólidos.- Toda actividad técnica administrativa de planifi cación, coordinación, concertación, diseño, aplicación y evaluación de políticas, estrategias, planes y programas de acción de manejo apropiado de los residuos sólidos de ámbito nacional, regional y local. i. Manejo De Residuos Sólidos.- Toda actividad técnica operativa de residuos sólidos que involucre manipuleo, acondicionamiento, transporte, transferencia, tratamiento, disposición fi nal o cualquier otro procedimiento técnico operativo utilizado desde la generación hasta la disposición fi nal. j. Manejo Integral De Residuos Sólidos.- Es un conjunto de acciones normativas, fi nancieras y de planeamiento que se aplica a todas las etapas del manejo de residuos sólidos desde su generación, basándose en criterios sanitarios ambientales y de viabilidad técnica y económica para la reducción en la fuente, el aprovechamiento, tratamiento y la disposición fi nal de los residuos sólidos. k. Minimización.- Acción de reducir al mínimo posible el volumen y peligrosidad de los residuos sólidos, a través de cualquier estrategia preventiva, procedimiento, método o técnica utilizada en la actividad generadora. l. Segregación.- Acción de agrupar determinados componentes o elementos físicos de los residuos sólidos para ser manejados en forma especial. m. Recolección selectiva.- Recolección solo los residuos susceptibles de reaprovechamiento de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generen residuos similares. n. Reaprovechar.- Volver a obtener un benefi cio del bien, artículo, elemento o parte del mismo que constituye residuos sólidos. Se reconoce como técnica de reaprovechamiento el reciclaje, recuperación o reutilización. o. Recuperación.- Toda actividad que permita reaprovechar partes de sustancias o componentes que constituyen residuo sólido. p. Reciclaje.- Toda actividad que permite reaprovechar un residuo sólido mediante un proceso de transformación para cumplir su fi n inicial u otros fi nes. q. Tratamiento.- Cualquier proceso, método o técnica que permita modifi car la característica física, química o biológica del residuo sólido, a fi n de reducir o eliminar su potencial peligro de causar daños a la salud y el ambiente. r. Disposición Final de Residuos Sólidos.- Procesos u operaciones para tratar o disponer en un lugar los residuos sólidos como última etapa de su manejo en forma permanente, sanitaria y ambientalmente segura. s. Recicladores: personas naturales que se dedican a la recolección selectiva de residuos solidos para su posterior reaprovechamiento. t. Residuos sólidos: Sustancias, productos o subproductos en estado solidos o semisólido de los que su generador dispone o esta obligado a disponer, en virtud de lo establecido en la normatividad nacional o en virtud de los riesgos que causan a la salud y el ambiente. u. Residuos sólidos peligrosos: Aquéllos que por sus características o el manejo al que son o van a ser sometidos representan un riesgo signifi cativo para la salud o el ambiente. Sin perjuicio de lo establecido en las normas pertinentes sobre la materia, se consideran residuos peligrosos los que presenten por lo menos una de las siguientes características: autocombustibilidad, explosividad, corrosividad, reactividad, toxicidad, radiactividad o patogenicidad. Artículo. 3º.- DEL AMBITO DE APLICACIÓN En concordancia con la Ley Nº 27314 - Ley General de Residuos Sólidos, Decreto Legislativo Nº 1065 Modifi catoria de la ley de residuos sólidos, la Ley Nº 29419 - Ley que regula la actividad de los Recicladores, y el Decreto Supremo Nº 005-2010-MINAM que reglamenta dicha Ley, la presente ordenanza reglamenta el manejo selectivo de los residuos sólidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generen residuos similares susceptibles de reaprovechamiento en todo el ámbito del Distrito de Comas y se aplica a toda persona natural o jurídica, institución pública y privada, organizaciones de base y asociaciones que sean generadoras u operadores de residuos sólidos. Están excluidos de esta Ordenanza el manejo de residuos sólidos peligrosos por legislación especial; los cuales serán manejados de acuerdo a lo que disponga la Autoridad Sectorial competente como sector salud, producción e industria. MARCO LEGAL - Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972. - Ley General de Residuos Sólidos Ley Nº 27314. - D. Ley Nº 1065 Modifi ca la Ley General de Residuos Sólidos Nº 27314. - Reglamento de la Ley D. Supremo Nº 57 Ley General de Residuos Sólidos Nº 27314. - Ley que regula la actividad de los recicladores Nº 29419. - Ordenanza Municipal Nº 295-2000-MML “Sistema Metropolitano de Gestión de Residuos Sólidos”. - Reglamento del Sistema Metropolitano de Gestión de Residuos Sólidos - D.A. Nº 147 – 2002 y su modificatoria Decreto de Alcaldía Nº 093- 2003-MML. Artículo 4º.- LINEAMIENTOS DE POLITICA - Una Cultura de Consumidores Responsables, - La Reducción, la Reutilización y el Reciclaje de los residuos sólidos, - La Segregación en la fuente y la responsabilidad social y ambiental en las viviendas, comercios, servicios, industrias, instituciones públicas y privadas y otros similares, - La formalización de Recicladores informales agrupados por Asociaciones con miras a su constitución empresarial, - La Recolección Selectiva de los residuos sólidos orgánicos e inorgánicos para facilitar su reaprovechamiento a través de prácticas adecuadas de reciclaje. - El Reconocimiento de las Buenas Prácticas en el Manejo Selectivo de los Residuos Sólidos. Artículo 5º.- COMPONENTES DEL PROGRAMA El Programa de Formalización de Recicladores y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos, contiene los siguientes componentes: - Diseño técnico para la recolección selectiva de residuos sólidos - Formalización de Recicladores . - Difusión, sensibilización y educación ambiental. - Mecanismo de incentivos por parte de la Municipalidad y de los recicladores CAPÍTULO II DISEÑO TECNICO PARA LA RECOLECCION SELECTIVA DE RESIDUOS SOLIDOS Artículo 6º.- ELABORACION DEL ESTUDIO SITUACIONAL DEL RECICLAJE La Municipalidad Distrital de Comas, a través de la Gerencia de Servicios a la Ciudad, formulará el Estudio Situacional del Reciclaje en la jurisdicción, el mismo que deberá contener los siguientes aspectos: 6.1. Análisis estadístico actualizado para estimar el potencial del reciclaje de los residuos reaprovechables, en función a los estudios de caracterización de residuos sólidos existentes.