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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2012 (27/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 63

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de julio de 2012 471561 impugnaciones de cédulas e identidad de electores, pedidos de nulidad de elecciones, y otras que establezcan las leyes en materia electoral, velando por la legalidad del proceso y la administración de justicia en materia electoral. 2. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 33, literales a y b, de la Ley Nº 26486, y 45, de la Ley Nº 26859, modifi cados por la Ley Nº 29688, las Cortes Superiores de Justicia y las Presidencias de la Juntas de Fiscales Superiores de los distritos judiciales de Amazonas, Áncash, Santa, Apurímac, Arequipa, Cajamarca, Cusco, Ica, Junín, La Libertad, Huaura, Loreto, Lambayeque, San Martín y Tacna cumplieron con designar a los presidentes y a los miembros titulares de los Jurados Electorales Especiales para el Proceso de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales del 2012. Sin embargo, las Cortes Superiores de Justicia de Ayacucho, Huánuco y Cañete, así como las Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Judiciales de Huánuco, Lima Este y Puno no han cumplido con designar a los presidentes y miembros de los Jurados Electorales Especiales de Huamanga, Puquio, Huánuco, Cañete, Ricardo Palma y Puno, por lo cual debe requerirse a las citadas Cortes Superiores y Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores a que cumplan, a la brevedad, con la designación de los miembros de los Jurados Electorales Especiales antes mencionados. En el caso de la Corte Superior de Justicia de Áncash, respecto de la designación del presidente titular del Jurado Electoral Especial de Huaraz, la misma recayó sobre un ciudadano con impedimento para integrar este órgano electoral, por lo cual deberá realizarse una nueva designación. 3. Mediante sorteo, en sesión pública, de fecha 25 de julio de 2012, se estableció el orden de prelación de los 25 ciudadanos de las veintitrés sedes de los Jurados Electorales Especiales seleccionados por el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil para el cargo de miembro de los Jurados Electorales; en tal sentido, efectuada la depuración de los ciudadanos con impedimento por afi liación política, y otros, y al no haberse presentado tachas, corresponde convocar a los ciudadanos que hayan resultado designados por medio de sorteo para integrar dichos órganos electorales. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DECLARAR que los Jurados Electorales Especiales, estarán integrados, para el Proceso de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales del 2012, tal como se detalla a continuación: JEE SEDE PRESIDENTE PRIMER MIEMBRO SEGUNDO MIEMBRO CHACHAPOYAS CHACHAPOYAS GONZALO ZABARBURÚ SAAVEDRA EDWIN HUMBERTO VARGAS DAZA JUVENAL SILVA CHÁVEZ HUARI HUARI EDHIN CAMPOS BARRANZUELA JUAN REYES AGUIRRE GABRIEL OLIVARES VALENCIA CHIMBOTE CHIMBOTE WILLIANS HERNÁN VIZCARRA TINEDO FERNANDO VALDERRAMA LAGUNA MANUEL ANTONIO LATORRACA HUAMBACHANO ABANCAY ABANCAY RENE GONSALO OLMOS HUALLPA CARLOS FERMÍN CHIRINOS APAZA VLADIMIR PIMENTEL CASTAÑEDA AREQUIPA AREQUIPA CÉSAR ARTURO BURGA CERVANTES JULIA ERNESTINA MARMANILLO LAZO VDA DE TORREBLANCA HERBERT ANGEL DELGADO SALAZAR CAJAMARCA CAJAMARCA ÓSCAR GILBERTO VÁSQUEZ ARANA MARÍA EUGENIA ACOSTA GARCÍA DE MUÑOZ LEONCIO RÓMULO PICHIULLA QUISPE CHOTA CHOTA JOSÉ ENRIQUE LEÓNIDAS VALENCIA PINTO WÁLTER HUGO SILVA MENDOZA GUILLERMO BUSTAMANTE ROJAS CUSCO CUSCO URIEL BALLADARES APARICIO ARMIDA SEGOVIA RUIZ AUGUSTA SOLEDAD CALVO MORMONTOY JEE SEDE PRESIDENTE PRIMER MIEMBRO SEGUNDO MIEMBRO ICA ICA ELIZABETH HILDA QUISPE MAMANI JULIO CÉSAR CASMA ANGULO MARÍA INÉS PALOMINO JHONG HUANCAYO HUANCAYO RODOLFO EDUARDO RICALDI HINOSTROZA FREDDY HORENCIO ROMERO MEJÍA RENÉ ANÍBAL GARCÍA VERÁSTEGUI TRUJILLO TRUJILLO ANDRÉS CAROAJULCA BUSTAMANTE BLANCA IMELDA ARRIAGA CÉSPEDES MARÍA ERVITA GOICOCHEA SAAVEDRA HUAURA HUACHO VÍCTOR RAÚL MOSQUEIRA NEIRA JOSÉ RICARDO ELÍAS ERAZO WILLY ÉDGAR CARLOS MANTURANO IQUITOS IQUITOS ARISTÓTELES ÁLVAREZ LÓPEZ ALBERTO NIÑO DE GUZMÁN SÁNCHEZ ALEJANDRO MORENO RODRIGUEZ CHICLAYO CHICLAYO JUAN DE DIOS LARA CONTRERAS JOSÉ ABRAHAM DE LA ROSA BRACHOWICZ HUMBERTO FRANCISCO VALLE RÍOS TARAPOTO TARAPOTO JOSÉ ANTONIO VARGAS MARTÍNEZ EDWIN JOSÉ DELGADO TRESIERRA SEGUNDO JACOB USHIÑAHUA HIDALGO TACNA TACNA JORGE ANTONIO ARMAZA GALDOS MANUEL JESÚS FLORES CHARA DAYSI MARIBEL PAZ GARCÍA Artículo Segundo.- PRECISAR que los Jurados Electorales Especiales indicados en al artículo anterior se instalarán e iniciarán sus actividades a partir del 1 de agosto de 2012. Artículo Tercero.- REQUERIR a la Corte Superior de Justicia de Áncash, la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, la Corte Superior de Justicia de Huánuco, la Corte Superior de Justicia de Cañete, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Huánuco, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima Este y a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Puno a que cumplan con designar, a la brevedad, a los presidentes y miembros de los Jurados Electorales Especiales de Huaraz, Huamanga, Puquio, Huánuco, Cañete, Ricardo Palma y Puno, según corresponda. Artículo Cuarto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Congreso de la República, de la Contraloría General de la República, de la Defensoría del Pueblo, del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, de la Presidencia del Poder Judicial, del Fiscal de la Nación, de las Cortes Superiores de Justicia de Amazonas, Áncash, Santa, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Ica, Cajamarca, Cusco, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Cañete, Huaura, Lima, Loreto, Lambayeque, Puno, San Martín y Tacna, de las Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Judiciales de Amazonas, Áncash, Santa, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Ica, Cajamarca, Cusco, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Cañete, Huaura, Lima Este, Loreto, Lambayeque, Puno, San Martín y Tacna , de la Asamblea Nacional de Rectores y del Banco de la Nación, para los fi nes pertinentes. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SIVINA HURTADO PEREIRA RIVAROLA AYVAR CARRASCO VELARDE URDANIVIA Bravo Basaldúa Secretario General 819984-1