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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de julio de 2012 471578 de Residuos Sólidos, a través de su respectiva Asociación presentando los siguientes requisitos: - Solicitud dirigida al Alcalde. Indicando Nombres, Apellidos, DNI, Domicilio, con el aval de la Asociación de Recicladores a la que pertenece, Servicio que presta, Código, fi rma y huella digital, - Copia simple del Carné de socio de la asociación a la que pertenece, - Copia simple del Certifi cado del Curso de Capacitación aprobado, dictado por la Municipalidad o la entidad que esta designe. - Copia simple de la Cartilla de vacunación contra el Tétano y la Hepatitis B, emitido por los órganos desconcentrados y descentralizados del Ministerio de Salud u otros establecimientos de Salud en coordinación con la Municipalidad, debiendo ser renovado anualmente. - Copia simple del Carné de Sanidad emitido por la Municipalidad (Solo para recicladores de recolección selectiva de residuos sólidos orgánicos) por 6 meses. Admitida la solicitud, se procederá a la emisión de la Constancia de Inscripción en el Registro Municipal de Recicladores Autorizados para la Recolección Selectiva de Residuos Sólidos , en el plazo de 15 días útiles. La Renovación del Registro es obligatoria cada uno (1) año, debiendo presentar los mismos requisitos establecidos en la presente. La constancia emitida por la Municipalidad Distrital Comas faculta a realizar las acciones de recolección selectiva y venta de los residuos sólidos reciclables en el ámbito del Distrito y almacenamiento en un centro de acopio en forma temporal, quedando sin efecto fuera de sus límites. La caducidad o el retiro de la Constancia de Reciclador autorizado procederán automáticamente con la aplicación de sanciones por 02 faltas graves debiéndose informar a la organización correspondiente. Artículo 12º.- MANEJO SELECTIVO CON FINES DE REAPROVECHAMIENTO El manejo selectivo de residuos sólidos con fi nes de reaprovechamiento contempla las actividades de segregación en la fuente, almacenamiento interno, recolección selectiva, transporte, clasifi cación, recuperación, tratamiento y comercialización de residuos sólidos. Será efectuado por Recicladores Formalizados, Empresas Comercializadoras de Residuos Sólidos (EC- RS) autorizadas, quienes serán supervisados por la Municipalidad. Artículo 13º.- OBLIGACIONES DE LOS GENERADORES DE RESIDUOS SÓLIDOS - Todos los generadores almacenaran sus residuos sólidos reciclables y no reciclables para facilitar su recolección, transporte y reciclaje. - Los generadores que produzcan menos de 50 kilogramos por día, deberán almacenar sus residuos en bolsas plásticas o costales herméticos. - Los generadores que produzcan más de 50 kg de residuos sólidos por día deberán almacenar de acuerdo a lo dispuesto en la Norma Técnica de INDECOPI (NTP 900.058). - Todos los generadores deberán entregar sus residuos sólidos reciclables según el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Municipal a los Recicladores Autorizados por la Municipalidad, a las Empresas Comercializadoras de Residuos Sólidos (EC-RS). Artículo 14º.- OBLIGACIONES DE LOS OPERADORES AUTORIZADOS DE RECOLECCIÓN SELECTIVA DE RESIDUOS SÓLIDOS (PERSONAS NATURALES) Es obligación de los operadores de recolección selectiva de Residuos Sólidos del distrito de Comas: - Contar con autorización Municipal. - Portar la Constancia de Inscripción Municipal respectiva. - Utilizar la indumentaria adecuada. - Ceñirse a los horarios establecidos y vías autorizadas. - Solo podrán recolectar residuos sólidos segregados en la fuente. - El operador que incumpla con las disposiciones será sujeto a las sanciones establecidas en la presente Ordenanza. Artículo 15º.- OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS COMERCIALIZADORAS DE RESIDUOS SÓLIDOS (EC- RS), (PERSONAS JURÍDICAS) Es responsabilidad de las empresas comercializadoras de residuos sólidos (EC-RS), (Personas Jurídicas) - Cumplir con la normatividad vigente y autorizaciones establecidas por las aéreas competentes de la Municipalidad de Comas - Todas las EC-RS, deberá estar inscrita en el Registro Municipal de Empresas Comercializadoras de Residuos Sólidos Autorizadas: Dirigidas a personas Jurídicas. - Remitir a la Municipalidad Distrital Comas anualmente copia de su Plan de Manejo de Residuos Sólidos y mensualmente un reporte indicando en toneladas la cantidad de residuos sólidos recuperados para su reaprovechamiento, tratamiento y/o comercialización. - La EC-RS que incumpla con las disposiciones será sujeto a las sanciones establecidas en la presente Ordenanza. 15.1 CREACIÓN DEL REGISTRO MUNICIPAL DE EMPRESAS COMERCIALIZADORAS DE RESIDUOS SÓLIDOS (EC-RS) AUTORIZADAS: DIRIGIDO A PERSONAS JURIDICAS La Municipalidad a través de la Gerencia de Servicios a la Ciudad creará un Registro Municipal conteniendo las Solicitudes, documentación y las Respectivas Constancias de Inscripción en el Registro Municipal, de cada empresa. 15.2 INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO MUNICIPAL DE EMPRESAS COMERCIALIZADORAS DE RESIDUOS SÓLIDOS (EC-RS) AUTORIZADAS: DIRIGIDO A PERSONAS JURIDICAS Toda EC-RS, deberá realizar el trámite de Inscripción en el Registro Municipal de Empresas Comercializadoras de Residuos Sólidos (EC-RS) Autorizadas, presentando los siguientes requisitos: - Solicitud de inscripción dirigida al Alcalde. Indicando Número y Fecha de Emisión de Licencia de Funcionamiento Vigente. - Copia Simple de la Escritura de la Constitución de la Empresa, inscrita ante SUNARP. - Copia simple del Registro como Empresa Comercializadora de Residuos Sólidos (EC-RS), en DIGESA. Admitida la solicitud, se procederá a la Emisión de la Constancia de Inscripción en el Registro Municipal de Empresas Comercializadoras de Residuos Sólidos (EC- RS) Autorizadas , en el plazo de 15 días útiles. La Renovación es de Obligatoriedad Anual, debiendo presentar los mismos requisitos. Los trámites de Inscripción y la Renovación son gratuitos. Artículo 16º.- SEGREGACIÓN Y ACONDICIONAMIENTO La segregación es la acción de agrupar determinados componentes o elementos físicos de los residuos sólidos para ser manejados en forma especial. Está permitida en los siguientes casos: a) En la fuente por el generador, quien deberá asegurar un manejo interno de manipuleo, acondicionamiento y almacenamiento temporal de los residuos en condiciones sanitarias y ambientales aceptables.