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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (01/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de junio de 2012 467401 PRODUCE Modifican la R.M. Nº 172-2012- PRODUCE, mediante la cual se conformó la Comisión Sectorial encargada de elaborar las Bases y Términos de Referencia del proceso de selección de la(s) empresa(s) que ejecutará(n) el “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 240-2012-PRODUCE Lima, 31 de mayo de 2012 VISTOS: El Informe Nº 011-2012-PRODUCE/ DIGSECOVI/Acm; el Memorando Nº 1987-2012- PRODUCE/DIGSECOVI, ambos de la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia; y, el Informe Nº 032- 2012-PRODUCE/OGAJ-hcardenas, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 027-2003- PRODUCE, se creó el “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo” con una vigencia de dos (2) años, que se amplió de manera indefi nida, mediante el Decreto Supremo Nº 027-2005- PRODUCE; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 115-2012- PRODUCE, modificada por la Resolución Ministerial Nº 172-2012-PRODUCE, se ha conformado una Comisión Sectorial encargada de elaborar las Bases y Términos de Referencia del proceso de selección de la(s) empresa(s) que ejecutará(n) el “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”; Que, en los artículos 1º, 2º y 4º de la Resolución Ministerial Nº 172-2012-PRODUCE, se ha dejado establecido que el período de vigencia del “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”, es el período comprendido del 1 de junio de 2012 al 31 de mayo de 2014; así como que, la Comisión Sectorial creada, tiene un plazo de cuarenta y cinco (45) días calendario para presentar su Informe al Despacho Ministerial; Que, estando a lo expuesto en los considerandos precedentes y a las recomendaciones del Informe Nº 011- 2012-PRODUCE/DIGSECOVI/Acm, que propone fi jar un nuevo plazo de vigencia para la ejecución del “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”, así como ampliar el plazo de la Comisión Sectorial para elaborar y elevar al Despacho Ministerial las Bases y Términos de Referencia del proceso de selección de la(s) empresa(s) que ejecutará(n) el citado Programa; Con el visado del Viceministro de Pesquería y de los Directores Generales de la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1047 - Ley de Organizaciones y Funciones del Ministerio de la Producción y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Objeto Modifi car los artículos 1º, 2º y 4º de la Resolución Ministerial Nº 172-2012-PRODUCE; los mismos que quedarán redactados con el siguiente tenor: “Artículo 1º.- Creación de la Comisión Sectorial. Crear la Comisión Sectorial encargada de elaborar las Bases y Términos de Referencia del proceso de selección de la(s) empresa(s) que ejecutará(n) el “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”, para el periodo comprendido del 16 de octubre de 2012 al 15 de octubre de 2014, que estará conformada de la siguiente manera: • El Viceministro de Pesquería o su representante, quien la presidirá; • La Directora General de la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia, o su representante; • El Director General de la Ofi cina General de Administración o su representante; • El Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica o su representante; • La Directora General de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero o su representante; • El Director General de la Ofi cina General de Tecnología de la Información y Estadística o su representante; • Un (1) representante de la Sociedad Nacional de Pesquería; • Un (1) representante de la Sociedad Nacional de Industrias, y, • Un (1) representante del Órgano de Control Institucional, quien actuará como Observador. La Comisión Sectorial contará con una Secretaría Técnica que estará a cargo de la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción. Los representantes de los funcionarios del Ministerio de la Producción, de la Sociedad Nacional de Pesquería, de la Sociedad Nacional de Industrias y del Órgano de Control Institucional, serán designados dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de publicada la presente resolución, mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica en el plazo antes señalado.” “Artículo 2º.- Funciones La Comisión Sectorial a que se refi ere el artículo anterior, tendrá las funciones siguientes: • Elaborar las Bases y Términos de Referencia para el proceso de selección de la(s) empresa(s) que ejecutará(n) el “Programa de Control y Vigilancia de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”, para el periodo comprendido del 16 de octubre de 2012 al 15 de octubre de 2014. • Emitir un Informe Final que incluya la propuesta denominada Bases y Términos de Referencia para el proceso de selección de la(s) empresa(s) que ejecutará(n) el “Programa de Control y Vigilancia de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”, para el periodo comprendido del 16 de octubre de 2012 al 15 de octubre de 2014. La citada Comisión Sectorial desempeñará las funciones encomendadas, sin perjuicio del ejercicio de las funciones que le son propias a las dependencias competentes en las materias correspondientes del Ministerio de la Producción y de sus Organismos Públicos.” “Artículo 4º.- Presentación de Informe. La Comisión Sectorial elevará al Despacho Ministerial las Bases y Términos de Referencia del proceso de selección de la(s) empresa(s) que ejecutará(n) el “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”, en un plazo máximo de ciento treinta y cinco (135) días calendario desde su instalación, para la aprobación correspondiente.” Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (http://www.produce.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción 795870-1