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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de junio de 2012 467384 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA N° 231-2012-DE/ Mediante Ofi cio N° 467-2012-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 231-2012-DE/, publicada en la edición del día 29 de mayo de 2012. DICE: Artículo 1º.- Autorización de Intervención de las Fuerzas Armadas Autorícese la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú, del 29 de mayo al 25 de junio de 2012, a fi n de garantizar el normal funcionamiento de los servicios públicos esenciales, en establecimientos públicos y privados; servicios de agua, luz, aeropuertos, vías de acceso, entre otros, en las provincias Cajamarca, Celendín y Bambamarca del departamento de Cajamarca para prevenir los actos de violencia que (...) DEBE DECIR: Artículo 1º.- Autorización de Intervención de las Fuerzas Armadas Autorícese la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú, del 29 de mayo al 25 de junio de 2012, a fi n de garantizar el normal funcionamiento de los servicios públicos esenciales, en establecimientos públicos y privados; servicios de agua, luz, aeropuertos, vías de acceso, entre otros, en las provincias Cajamarca, Celendín y Hualgayoc del departamento de Cajamarca para prevenir los actos de violencia que (...) 795927-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan transferencia de partidas y transferencias financieras en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, para financiar la continuidad de ejecución de proyectos de inversión pública de saneamiento urbano DECRETO SUPREMO Nº 078-2012–EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4° de la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio diseñar, normar y ejecutar la política nacional y acciones del sector en materia de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento, así como ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento, conforme a Ley; Que, el artículo 11° de la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, establece que en el Año Fiscal 2012, los recursos públicos asignados en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecución de proyectos de inversión en los gobiernos regionales o los gobiernos locales, se transfi eren bajo la modalidad de modifi cación presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector correspondiente y por el Ministro de Economía y Finanzas, previa suscripción de convenio; y en el caso que el proyecto de inversión pública sea ejecutado por empresas públicas, los recursos son transferidos fi nancieramente, mediante Decreto Supremo, en cualquier fuente de fi nanciamiento, previa suscripción de convenio; asimismo, los recursos con cargo a Recursos Ordinarios que se transfi eran a dichas empresas se mantienen y administran en las cuentas del Tesoro Público, conforme a lo que disponga la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, y no generan saldo de balance; Que, mediante el Memorándum Nº 326-2012/ VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0, el Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Urbano del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, emite opinión favorable y solicita se gestione el dispositivo de aprobación de una Transferencia de Partidas de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos a favor de diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para fi nanciar la continuidad de la ejecución de proyectos de inversión pública en saneamiento urbano, declarados viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública – SNIP; asimismo, como solicita la aprobación de Transferencias Financieras de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos a favor de diversas Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, para fi nanciar la continuidad de ejecución de proyectos de Inversión Pública en saneamiento urbano, declarados viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública – SNIP, para los cuales se han suscrito los convenios y las Adendas correspondientes; Que, mediante el Memorándum Nº 1043-2012/ VIVIENDA-OGPP, la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, informa sobre la disponibilidad presupuestal con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, Categoría Presupuestal 0082: Agua y Saneamiento para la Población Urbana, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001777: Transferencias de recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, destinada al fi nanciamiento de la Transferencia de Partidas y las Transferencias Financieras, señaladas en el considerando precedente; en mérito de lo cual, con Ofi cio N° 1170-2012-VIVIENDA/SG, el Secretario General del referido Ministerio solicita la transferencia de los citados recursos; De conformidad con lo establecido por el artículo 11º de la Ley Nº 29812 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; DECRETA: Artículo 1°.- Objeto 1.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de S/. 137 566 247,00 (CIENTO TREINTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES), para fi nanciar la continuidad de la ejecución de 43 proyectos de inversión pública de saneamiento urbano, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 037 : Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 004 : Programa Agua Para Todos PROGRAMA PRESUPUESTAL 0082 : Agua y Saneamiento para la Población Urbana PRODUCTO 3.000001 : Acciones Comunes ACTIVIDAD 5.001777 : Transferencia de recursos para Agua y Saneamiento Urbano FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios