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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (01/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de junio de 2012 467393 Consejo Nacional de la Competitividad, en el “VI Evento de Competitividad”, la cual permitirá mejorar el diseño de políticas públicas en competitividad, a través del conocimiento de experiencias internacionales exitosas; Que, en consecuencia, y siendo de interés para el país, resulta necesario autorizar los viajes solicitados, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, establece, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, que el requerimiento de excepciones adicionales, a las señaladas en los literales a), b), c) y d) del mismo numeral, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, los viajes en comisión de servicios, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, de los siguientes Consultores del Consejo Nacional de la Competitividad del Ministerio de Economía y Finanzas: señora Lourdes Patricia Vargas Vílchez del 4 al 9 de junio de 2012 y señor Mauricio Chiaravalli Vegas del 10 al 15 de junio de 2012, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo a la Unidad Ejecutora 001 - Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Señora Lourdes Patricia Vargas Vilchez Pasajes aéreos : US$ 2 936,04 Viáticos (5 días) : US$ 1 100,00 Señor Mauricio Chiaravalli Vegas Pasajes aéreos : US$ 2 149,12 Viáticos (5 días) : US$ 1 100,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuados los viajes, los citados consultores deberán presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Artículo 4º.- La presente norma no da derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación, a favor de los consultores cuyos viajes se autorizan. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 795924-4 Aprueban Declaración de Principios de Política Fiscal del Marco Macroeconómico Multianual 2013- 2015 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 383-2012-EF/15 Lima, 31 de mayo de 2012 CONSIDERANDO: Que, el artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27245, Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 066- 2009-EF, establece que el Marco Macroeconómico Multianual debe comprender como mínimo una Declaración de Principios de Política Fiscal, entre otras informaciones; Que, de acuerdo al artículo 15º del Reglamento de la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 151-2004- EF, la Declaración de Principios de Política Fiscal debe ser aprobada por el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Resolución Ministerial; De conformidad con lo establecido por el Decreto Supremo Nº 066-2009-EF y el Decreto Supremo Nº 151- 2004-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Apruébese la Declaración de Principios de Política Fiscal del Marco Macroeconómico Multianual 2013-2015, la cual forma parte de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS DE POLÍTICA FISCAL 2013-2015 En el 2011, el Sector Público No Financiero registró un Resultado Económico superavitario equivalente al 1,9% del PBI. Este resultado se debió principalmente al dinamismo de los ingresos del Gobierno General que crecieron 13,0% en términos reales y superaron el nivel alcanzado en el 2010 en 0,9 puntos porcentuales del PBI. El gasto público creció 10,7% y 12,0% en el 2009 y 2010, respectivamente, en el marco de un plan de estímulo económico para mitigar el impacto de la crisis internacional. En cambio, en el 2011, se tomaron medidas para retirar dicho estímulo, con el fi n de recuperar el espacio fi scal, reducir las presiones infl acionarias y apreciatorias, y ahorrar parte de los ingresos extraordinarios y transitorios que se generaron en un contexto de alto crecimiento de los precios de exportación (20%). Con esto, el gasto no fi nanciero del Gobierno General creció 1,8% en términos reales, manteniéndose en línea con el techo establecido en el Marco Macroeconómico Multianual 2012-2014 Revisado. Entre el 2012-2015, se tiene como meta registrar un superávit fiscal promedio de 1,2% del PBI (similar al promedio 2006-2011: 1,3% del PBI) y lograr un descenso gradual del déficit fiscal en cuentas estructurales. Por el lado de los ingresos fi scales, se tiene como objetivo elevar gradualmente la presión tributaria a 18% del PBI en el 2016, e ingresos corrientes del Gobierno General por encima de 22.5% del PBI, lo que requerirá medidas de política tributaria que amplíen la base tributaria. El crecimiento sostenido de la economía, el nuevo esquema tributario para la actividad minera (que permite obtener mayores ingresos derivados de la explotación de los recursos minerales), la Ley de