TEXTO PAGINA: 35
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de junio de 2012 467397 EDUCACION Designan Directora de la Dirección de Innovación Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0195-2012-ED Lima, 24 de mayo de 23012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 006-2012-ED se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Educación el cual contempla, como uno de los órganos de línea dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica a la Dirección General de Desarrollo Docente, de la cual depende la Dirección de Innovación Docente; Que, se encuentra vacante la plaza correspondiente al Director de la Dirección de Innovación Docente; Que, resulta necesario designar al funcionario que ejercerá el cargo al que se hace mención en el considerando precedente; De conformidad, con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios, la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público; en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510 y el Decreto Supremo Nº 006-2012-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Educación; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Mirtha Elizabeth Correa Alamo como Directora de la Dirección de Innovación Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación 793139-2 Oficializan los “Estándares para la Acreditación de la Carrera Profesional Universitaria de Contabilidad” SINEACE Consejo Superior RESOLUCION Nº 029-2012-SINEACE/P Lima, 9 de mayo de 2012 VISTO: El Ofi cio Nº 283-2012-CONEAU/P de 18 de abril del 2012, que remite el Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria. CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28740 “Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa” se norman los procesos de evaluación, acreditación y certifi cación de la calidad educativa, se defi ne la participación del Estado en ellos y se regula el ámbito, la organización y el funcionamiento del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa (SINEACE) y de sus Órganos Operadores, a que se refi eren los artículos 14º y 16º de la Ley Nº 28044 “Ley General de Educación”; Que, el artículo 44º de la Ley Nº 29158 “Ley Orgánica del Poder Ejecutivo”, concordante con lo dispuesto en los artículos 8º y 9º de la Ley Nº 28740, establece que el Consejo Superior del SINEACE, es el Ente Rector con autoridad técnico-normativa para dictar las normas y establecer los procedimientos en el ámbito del sistema; siendo, además, responsable del correcto funcionamiento del SINEACE, con arreglo a la función de articulador del funcionamiento de sus órganos operadores, asignada de manera expresa por el artículo 6º, inciso c), de la mencionada Ley del SINEACE; Que, el artículo 58º del Reglamento de la citada Ley Nº 28740, aprobado con el Decreto Supremo Nº 018- 2007-ED, establece que el Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (CONEAU), entre otras, tiene la función de defi nir los estándares e indicadores de evaluación para el proceso de acreditación de las instituciones y programas de educación superior universitaria. Que, mediante Acuerdo Nº 038-2010-SINEACE, de la Sesión Nº 022-2010 de 13 de octubre del 2010, el Consejo Superior del SINEACE dispuso la ratifi cación de C. SALDO DE LA DEUDA PÚBLICA Por otra parte, se estima que la deuda pública alcance un 14,9% del PBI a fi nes del año 2015, disminuyendo respecto del año 2012 en 4,7 puntos porcentuales. Cuadro Nº 3 SALDO DE LA DEUDA PÚBLICA (Porcentaje del PBI) 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 I. DEUDA PÚBLICA EXTERNA 15,6 12,9 11,2 10,4 9,4 8,4 7,6 II. DEUDA PÚBLICA INTERNA 10,5 10,4 10,0 9,2 8,8 8,5 7,3 III. DEUDA PÚBLICA TOTAL (I+II) 26,1 23,3 21,2 19,6 18,2 17,0 14,9 Memo: Deuda Pública en Millones de Soles. 99 619 101 176 103 271 103 473 104 338 105 362 100 697 Fuente: BCRP, MEF. Proyecciones: MEF. 795918-1