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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de junio de 2012 467392 resultaron ganadores de la Convocatoria FONIPREL 2011-I, conforme a lo informado en los cronogramas de ejecución remitidos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29125 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 204- 2007-EF, y el Decreto de Urgencia Nº 030-2008; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 hasta por un monto total de TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 367 482 401,00) para la ejecución de los proyectos de inversión y elaboración de estudios de preinversión que resultaron ganadores de la Convocatoria FONIPREL 2011-I, de acuerdo con el Anexo que se publica en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS En Nuevos Soles FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados 1.4.1.3.1.5 De Fondos Públicos 2 240 062,00 1.4.2.3.1.5 De Fondos Públicos 365 242 339,00 (Recursos provenientes del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local – FONIPREL) ---------------------- TOTAL INGRESOS 367 482 401,00 ============= EGRESOS En Nuevos Soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Regionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados Gastos Corrientes 2.3 Bienes y Servicios 196 255,00 Gastos de Capital 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 13 169 290,00 --------------------- TOTAL GOBIERNOS REGIONALES 13 365 545,00 ============ PLIEGOS : Gobiernos Locales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados Gastos Corrientes 2.3 Bienes y Servicios 2 043 807,00 Gastos de Capital 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 352 073 049,00 --------------------- TOTAL GOBIERNOS LOCALES 354 116 856,00 ============ TOTAL EGRESOS 367 482 401,00 ============ Artículo 2º.- Procedimientos para la aprobación 2.1 Autorízase a los Titulares de los Pliegos a aprobar mediante Resolución, la desagregación de los recursos a que se refi ere el artículo 1º, dentro de los cinco (5) días de aprobada la presente norma a nivel de actividades y proyectos. Copia de dicha resolución se remite dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 Para las mancomunidades municipales en atención a lo dispuesto en los Artículos 5-A y 5-B de la Ley Nº 29341, Ley que modifi ca la Ley Nº 29029 – Ley de Mancomunidad Municipal, los recursos se le asignan al Gobierno Local cuyo alcalde ejerce la presidencia de la mancomunidad y es quien presentó el proyecto de inversión o estudio de preinversión al Concurso, éste deberá transferir dichos recursos a la mancomunidad municipal para la ejecución del proyecto o elaboración del estudio, quien se hará responsable de dichos recursos ante el FONIPREL. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruyen a las Unidades Ejecutoras, de corresponder, para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Dichos recursos serán registrados en la Fuente de Financiamiento “Recursos Determinados”, dentro del rubro que contiene las participaciones. 2.4 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de Finalidad y Unidades de Medida. Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos del Crédito Suplementario a que hace referencia el artículo 1º del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son incorporados. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintaiún días del mes de mayo del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 795926-7 Autorizan viaje de consultores del Consejo Nacional de la Competitividad del Ministerio a los EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 036-2012-EF Lima, 31 de mayo de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Nº 1141/2012, de fecha 17 de mayo de 2012, la Especialista Sectorial del Banco Interamericano de Desarrollo - BID informa que se ha seleccionado a los señores Lourdes Patricia Vargas Vilchez y Mauricio Chiaravalli Vegas, Consultores del Consejo Nacional de la Competitividad del Ministerio de Economía y Finanzas, para que participen en el “VI Evento de Competitividad”, a realizarse del 5 al 14 de junio de 2012, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América; la señora Vargas para participar en el evento “Competitiveness Policy”, del 5 al 8 de junio de 2012, y el señor Chiaravalli para participar en el evento “Competitiveness Management”, del 11 al 14 de junio de 2012; Que, el mencionado evento, tiene por fi nalidad la discusión y presentación de experiencias en temas generales de competitividad sobre desarrollo y evaluación de políticas sobre la materia, así como el desarrollo de políticas, estrategias y gerencia de clusters. Asimismo, es importante que el Perú mantenga su presencia en estos eventos de competitividad, a fi n de mostrar los avances que se están generando en esta materia; Que, en ese sentido, se ha estimado conveniente la participación de los señores Lourdes Patricia Vargas Vilchez y Mauricio Chiaravalli Vegas, Consultores del