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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 6 de junio de 2012 467871 Reconocen servidumbre convencional de electroducto y de tránsito sobre bien de propiedad privada a favor de concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A. RESOLUCION MINISTERIAL N° 241-2012-MEM/DM Lima, 18 de mayo de 2012 VISTO: El Expediente Nº 21219411, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida N° 11008689 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de la servidumbre de electroducto y de tránsito sobre bienes de propiedad privada, para la Línea Primaria de 10 kV PPD - P3; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema N° 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado el reconocimiento de la servidumbre de electroducto y tránsito sobre bienes de propiedad privada, para la Línea Primaria de 10 kV PPD - P3, ubicada en los terrenos UC 02915-B y UC 02915-C, predio Pampa Dolores, sector Salitre y Bujama, distrito de Asia, provincia de Cañete y departamento de Lima, según las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de electroducto y de tránsito sobre bienes de propiedad privada, para la Línea Primaria de 10 kV PPD - P3, conforme consta en el Testimonio de Escritura Pública de fecha 14 de febrero de 2011, cuya copia obra en el Expediente; Que, el artículo 217 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades eléctricas, pueden solicitar al Ministerio de Energía y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicación a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 217 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 104-2012- DGE-DCE; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1.- RECONOCER, a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de electroducto y de tránsito sobre el bien de propiedad privada, para la Línea Primaria de 10 kV PPD - P3, ubicada en los terrenos UC 02915-B y UC 02915-C, predio Pampa Dolores, sector Salitre y Bujama, distrito de Asia, provincia de Cañete y departamento de Lima, constituida mediante Contrato de Servidumbre de electroducto y de tránsito, conforme consta en el Testimonio de Escritura Pública de fecha 14 de febrero de 2011, en los términos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Expediente Descripción de la servidumbre Área de Servidumbre Propietario Tipo de terreno 21219411 Línea Primaria de 10 kV PPD – P3 Ubicación: distrito de Asia, provincia de Cañete, departamento de Lima Coordenadas UTM: Área N° 1 Vértice Norte Este Z 8 592 828,000 324 751,970 O 8 592 824,853 324 752,782 N 8 592 848,752 324 769,417 M 8 592 867,594 324 782,284 L 8 592 876,901 324 788,475 K 8 592 890,363 324 797,817 J 8 592 900,170 324 804,541 Z 8 592 902,262 324 802,962 Área N° 2 Vértice Norte Este O 8 592 824,853 324 752,782 W 8 592 817,830 324 754,595 V 8 592 845,630 324 773,944 U 8 592 864,520 324 786,845 T 8 592 873,810 324 793,025 S 8 592 887,240 324 802,345 R 8 592 895,540 324 808,035 J 8 592 900,170 324 804,541 K 8 592 890,363 324 797,817 L 8 592 876,901 324 788,475 M 8 592 867,594 324 782,284 N 8 592 848,752 324 769,417 Suelo: 229,69 m² y sus aires. Suelo: 510.68 m2 y sus aires. Privado Privado Urbano Urbano Artículo 2.- Son de aplicación a la servidumbre reconocida en el artículo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes. Artículo 3.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 792103-1 INTERIOR Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a Argentina en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 114-2012-IN Lima, 5 de junio de 2012 VISTO, el Ofi cio Nº 2471-2012-MP-FN-UCJIE (EXT 49- 08) de fecha 17 de mayo de 2012, con el cual la Doctora Secilia HINOJOSA CUBA, Fiscal Adjunta Suprema Titular de la Unidad de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones de la Fiscalía de la Nación, remitió fotocopia del OF. RE (LEG/OCJ) Nº 4-3-A/572 del fecha 15 de mayo de 2012, cursado por la Ofi cina de Cooperación Judicial del Ministerio de Relaciones Exteriores, adjuntando la Nota Nº 6072/12 de la Cancillería Argentina, con el que comunicó que se ha concedido el pedido de extradición del procesado Pedro Antonio SALAZAR RODRÍGUEZ, requerido por las autoridades peruanas; en ese sentido solicitó al Director Ejecutivo de la Ofi cina Central Nacional – INTERPOL – Lima, se sirva adoptar, con carácter de MUY URGENTE, las acciones que correspondan para la designación y autorización de viaje de los funcionarios policiales que se encargarán de recibir, trasladar y custodiar al antes reclamado, desde la República Argentina hacia nuestro país.