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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (07/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 59

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de junio de 2012 467957 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, con el voto UNÁNIME de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y el Reglamento de Organización Interior, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000034-2004 le confi eren; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Obras, dependiente de la Gerencia General de Desarrollo Urbano, mediante Informe Nº 263- 2011-MPC-GGDU-GO-MLSV, señala que las cuadras de la avenida Comandante Pérez Salmón presentan un desorden y duplicidad en la numeración, por lo cual proponen un reordenamiento total de la numeración en la mencionada vía; Que la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación mediante el Memorando Nº 136-2012- MPC-GGAJC, opina favorablemente al trámite de reordenamiento de la numeración de la avenida Comandante Pérez Salmón (ex avenida Central); Que, la Comisión de Nomenclatura, emitió el Dictamen Nº 2-2012-MPC-CN, proponiendo al Concejo Municipal Provincial del Callao aprobar la numeración de las cuadras de la avenida Comandante Pérez Salmón, en toda su extensión, desde la intersección con la avenida Alfredo Palacios hasta la intersección con la avenida Los Insurgentes; ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA NUMERACIÓN DE LAS CUADRAS DE LA AVENIDA PÉREZ SALMÓN EN TODA SU EXTENSIÓN Artículo 1. Apruébase la numeración de las cuadras de la avenida Comandante Pérez Salmón (ex avenida Central) – Callao, en toda su extensión, desde la cuadra 1, en la intersección con la avenida Alfredo Palacios hasta la cuadra 11 en la intersección con la avenida Los Insurgentes, conforme al plano de nomenclatura de cuadras de la avenida Comandante Pérez Salmón 1/1. Artículo 2. Autorízase a la Gerencia General de Desarrollo Urbano la implementación de las acciones necesarias para la correcta señalización, conforme a la nueva nomenclatura. Artículo 3. Ofíciase la presente Ordenanza a las entidades públicas y a las empresas prestadoras de servicios públicos básicos, empresas de telecomunicaciones y las demás que correspondan. Artículo 4. Encárgase a la Gerencia Municipal y a la Gerencia General de Desarrollo Urbano el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 5. Derógase y déjase sin efecto toda norma municipal que se oponga a la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 797751-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PATAZ Derogan la Ordenanza Municipal Nº 08- 2003/MPP ORDENANZA MUNICIPAL Nº 001-2012/MPP-T Tayabamba, 27 de enero del 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PATAZ POR CUANTO: El concejo de la Municipalidad Provincial de Pataz, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de enero del 2012, visto el Informe Nº 011-2012-RR.HH-MPP/JAC, mediante el cual solicita la derogación del Reglamento Interno de Trabajo del 2003, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 08-2003/MPP de fecha 15 de diciembre del 2003, y; CONSIDERANDO: Que, conforme el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley de reforma Constitucional Nº 27680, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Nº 27972, señala que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, de acuerdo al artículo 9º numeral 8) de la antes citada Ley, menciona que le corresponde al Concejo Municipal: Aprobar, modifi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, en la Sesión Ordinaria de fecha 25 de enero del 2012, el Jefe de Recursos Humanos de la Municipalidad mediante Informe Nº 011-2012-RR.HH-MPP/JAC, solicita la derogación del Reglamento Interno de Trabajo del 2003, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 08-2003/MPP de fecha 15 de diciembre del 2003; Que, estando a lo expuesto y en uso de sus facultades conferidas en la Constitución Política del Perú y en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Nº 27972, el honorable Concejo Municipal aprobó por MAYORIA la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA DEROGAR LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 08-2003/MPP Artículo Primero.- Aprobar, que se derogue la Ordenanza Municipal Nº 08-2003/MPP de fecha 15 de diciembre del 2003. Artículo Segundo.- Derogar, toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza Municipal. Artículo Tercero.- Encargar, a la Gerencia Municipal el cabal cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Cuarto.- Disponer, la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Ofi cial El Peruano y en el cartel Municipal de la Provincia de Pataz. POR TANTO: Mando regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MESIAS E. RAMOS CUEVA Alcalde Provincial 797230-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OLLANTAYTAMBO Autorizan viaje del Alcalde para participar en evento a realizarse en EE.UU. ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 020-2012-MDO. Ollantaytambo, 23 de mayo del año 2012.