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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (07/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 43

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de junio de 2012 467941 Estando a las atribuciones conferidas en la Ley Nº 26497 - Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 855-2010-JNAC/RENIEC (29SET2010) y de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS – Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR, a partir del 06 de junio de 2012, al señor LINCOLN SOTO GÓMEZ, como Jefe Regional 15 - Huánuco de la Gerencia de Operaciones Registrales del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, asignándole la plaza correspondiente del Cuadro para Asignación de Personal – CAP, vigente. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución Jefatural a la Gerencia de Recursos Humanos. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 798276-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo S.A. la apertura de agencias ubicadas en los departamentos de San Martín y Cajamarca RESOLUCIÓN SBS Nº 2931-2012 Lima, 18 de mayo de 2012 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo S.A. (CMAC Trujillo) para que se le autorice la apertura de tres (03) Agencias ubicadas en: i) Jirón Serafín Filomeno Nº 582, distrito y provincia de Moyobamba, departamento de San Martín; ii) Jirón san Carlos Nº 745 – 763, Mz. 72 lote 06, distrito de Bambamarca, provincia de Hualgayoc, departamento de Cajamarca; y iii) Jirón 22 de octubre Nº 1138 y Jirón Juan Z. Montenegro Nº 107, Mz. 102 lote 01, distrito y provincia de Cutervo, departamento de Cajamarca; y, CONSIDERANDO: Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de las referidas Agencias; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “D”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 – Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución SBS Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009 del 10 de setiembre de 2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo S.A. (CMAC Trujillo) lo siguiente: i) La apertura de la Agencia ubicada en Jirón Serafín Filomeno Nº 582, distrito y provincia de Moyobamba, departamento de San Martín; ii) La apertura de la Agencia ubicada en Jirón san Carlos Nº 745 – 763, Mz. 72 lote 06, distrito de Bambamarca, provincia de Hualgayoc, departamento de Cajamarca; iii) La apertura de la Agencia ubicada en Jirón 22 de octubre Nº 1138 y Jirón Juan Z. Montenegro Nº 107, Mz. 102 lote 01, distrito y provincia de Cutervo, departamento de Cajamarca; Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 797348-1 Autorizan al Banco Financiero del Perú prórroga para la tenencia de bien inmueble adjudicado y recuperado RESOLUCIÓN SBS Nº 3038-2012 Lima, 23 de mayo de 2012 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Financiero del Perú, en adelante el Banco, con fecha 11 de abril del presente año para que se le autorice la prórroga para la enajenación del bien inmueble adjudicado y recuperado el 29 de abril de 2011 por el valor de adjudicación de S/. 344 400.00; CONSIDERANDO: Que, el artículo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, aprobada mediante Ley Nº 26702 y sus modifi catorias, en adelante Ley General, establece el plazo de un (01) año para enajenar los bienes adjudicados o recuperados a consecuencia del pago de una deuda contraída por un deudor, pudiendo ser dicho plazo prorrogado por un periodo máximo de seis (06) meses; Que, el artículo 4º del Reglamento para el tratamiento de los bienes adjudicados y recuperados, y sus provisiones, aprobado por la Resolución SBS Nº 1535-2005, establece que la solicitud de prórroga deberá presentarse con una anticipación de, por lo menos, quince (15) días antes de su vencimiento; y tratándose de bienes inmuebles, deberá adjuntar el último informe de valuación del bien, así como haber constituido previamente, de ser el caso, la provisión por desvalorización, habiendo cumplido el Banco con presentar la información en el plazo mencionado; Que, esta Superintendencia ha considerado conveniente otorgar la prórroga solicitada por el Banco para el bien inmueble adjudicado el 29 de abril de 2011, con un valor de adjudicación de S/. 344 400.00, provisiones constituidas por S/. 168 710.60, y un valor neto de S/. 175 689.40; y, Que, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 349º en la Ley General y de conformidad con el procedimiento Nº 33 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, aprobado por Resolución S.B.S. Nº 3082-2011; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria “A” y el Departamento Legal; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Financiero del Perú la prórroga de seis (06) meses para la tenencia