Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2012 (07/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de junio de 2012

NORMAS LEGALES

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Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008EF, en adelante El Reglamento, constituyen los cuerpos normativos que contiene las disposiciones y lineamientos que deben observar las Entidades del Sector Publico, en los procesos de contrataciones de bienes, servicios u obras, asi como regulan las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos, los cuales conforme al Decreto de Urgencia Nº 014-2009, entraron en vigencia el 01 de Febrero de 2009; Que, con Resolucion de Gerencia Municipal Nº 0052012-MDJM/GM de fecha 19 de Enero de 2012, se aprobo el Plan Anual de Contrataciones de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA para el Ejercicio Fiscal 2012, programandose entre otros, la Adquisicion de Insumos para el Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, por la modalidad de Adjudicacion Directa Selectiva, por el monto estimado de S/. 125,230.55 (Ciento Veinticinco Mil Doscientos Treinta con 55/100 Nuevos Soles); Que, segun la informacion registrada en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE, version Nº 01 del Plan Anual de Contrataciones de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA 2012, el presente MORDAZA de seleccion se encuentra consignado con el numero de referencia 10; Que, con Resolucion de Gerencia Municipal N° 0942012-MDJM/GM de fecha 09 de MORDAZA de 2012, se aprobo el Expediente de Contratacion y se designo al Comite Especial Ad Hoc para la Adjudicacion Directa Selectiva N° 010-2012-CE/MDJM ­ Adquisicion de Insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Maria; Que, con Resolucion de Gerencia Municipal N° 102-2012/MDJM/GM de fecha 11 de MORDAZA de 2012, se aprobo las Bases del MORDAZA de Seleccion Adjudicacion Directa Selectiva N° 010-2012-CE/MDJM ­ Adquisicion de Insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Maria; Que, con fecha 17 de MORDAZA de 2012, el Comite Especial Ad Hoc, emitio y notifico a traves del Sistema Electronico de Contrataciones del Estado ­ SEACE, el Acta de Absolucion de Consultas y Observaciones, con respecto a la Adjudicacion Directa Selectiva N° 010-2012-CE/MDJM, no acogiendo las observaciones N° 01 y 04, presentada por el participante Soluciones Alimenticias SAC; Que, con fecha 18 de MORDAZA de 2012, el participante Soluciones Alimenticias SAC, presento su elevacion de Observaciones con respecto a las Observaciones N° 01 y 04, dentro del plazo que preve el Articulo 58° del Reglamento, senala: "El plazo para solicitar la elevacion de observaciones al Titular de la Entidad, en los casos y dentro de los limites establecidos en el Articulo 28° de la Ley es de tres (3) dias habiles, computados desde el dia siguiente de la notificacion del pliego absolutorio a traves del SEACE, Dicha opcion tambien se originara cuando las observaciones formuladas no MORDAZA acogidas por el Comite Especial"; Que, el Articulo 28° de la Ley, senala: "En caso que el Comite Especial no acogiera las observaciones formuladas por los participantes, estos podran solicitar que las Bases y los actuados del MORDAZA MORDAZA elevados al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE, siempre que el Valor Referencial del MORDAZA de seleccion sea igual o mayor a trescientas (300) Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Si el Valor Referencial es menor al monto senalado en el parrafo precedente, las observaciones seran absueltas por el Titular de la Entidad en MORDAZA instancia"; Que, el Valor Referencial del MORDAZA de seleccion asciende a S/. 129,923.94 (Ciento Veintinueve Mil Novecientos Veintitres con 94/100 Nuevos Soles), monto que es menor a las trescientas (300) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), por lo que cumple con el requisito senalado en el Articulo citado precedentemente; Que, con fecha 22 de MORDAZA de 2012, el Comite Especial Ad Hoc emitio el Informe N° 004-2012/CE/ADS10/MDJM, donde senala: Observacion N° 01: "Teniendo presente la absolucion de la Observacion N° 01 y lo senalado en las bases del MORDAZA de seleccion, es MORDAZA que el Comite se sujeta a las disposiciones del Decreto Supremo Nº 007-98-SA en su inciso e) del Articulo 105, por lo que el Comite Especial debe aclarar que la documentacion de obligatorio cumplimiento es la Declaracion Jurada de la relacion de ingredientes y composicion cuantitativa de

los aditivos, por lo que en este extremo se ACOGERA LA OBSERVACION, modificandose las bases administrativas y con respecto a la Observacion N° 04: "Con respecto al Item N° 03: Alimento Enriquecido Lacteo, se aclara que la racion es de 50 gramos x dia, por lo que el Cuadro que contiene los Criterios de Evaluacion, numeral 2: MICRONUTRIENTES, sera modificado y adecuado a los parametros tecnicos minimos establecidos en el numeral 7), de la Resolucion Ministerial N° 711-2002-SA/DM, emitido por el Ministerio de Salud, por lo que en dicho extremo se ACOGERA LA OBSERVACION, modificandose las bases administrativas"; Que, el MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA parrafo del Articulo 58° del Reglamento, senala que el plazo para emitir y notificar el pronunciamiento a traves del SEACE sera no mayor de ocho (8) dias habiles, tratandose del Titular de la Entidad. Los plazos seran improrrogables y seran contados desde la MORDAZA de la solicitud de elevacion de la Bases, en el caso del Titular de la Entidad. Una vez publicado el Pronunciamiento a traves del SEACE, este debera ser implementado por el Comite Especial, aun cuando ello implique la suspension temporal del MORDAZA y/o la prorroga de las etapas del mismo, en atencion a la complejidad de las correcciones, adecuaciones o acreditaciones que sea necesario realizar. El Comite Especial no puede continuar con la tramitacion del MORDAZA de seleccion si no ha cumplido con implementar adecuadamente lo dispuesto en el Pronunciamiento, bajo sancion de nulidad y sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar. La competencia del Titular de la Entidad para emitir el Pronunciamiento sobre las observaciones a las Bases es indelegable. Contra el Pronunciamiento de la Entidad, no cabe la interposicion de recurso alguno; En conformidad a lo establecido en el articulo 6º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, Decreto Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ACOGER LAS OBSERVACIONES N° 01 y 04 presentado por SOLUCIONES ALIMENTICIAS SAC, como sigue: Observacion N° 01: Que la documentacion de obligatorio cumplimiento es la Declaracion Jurada de la Relacion de ingredientes y composicion cuantitativa de los aditivos, de conformidad con el inciso e) del Articulo 105°, del Decreto Supremo Nº 007-98-SA. Observacion N° 04: Con respecto al Item N° 03: Alimento Enriquecido Lacteo, se aclara que la racion es de 50 gramos x dia, por lo que el Cuadro que contiene los Criterios de Evaluacion, numeral 2: MICRONUTRIENTES, sera modificado y adecuado a los parametros tecnicos minimos establecidos en el numeral 7), de la Resolucion Ministerial N° 711-2002-SA/DM, emitido por el Ministerio de Salud. Articulo Segundo.- Disponer que una vez que sea publicado el presente Pronunciamiento el Comite Especial Ad Hoc designado mediante Resolucion de Gerencia Municipal N° 094-2012/MDJM del 09 de MORDAZA de 2012, debera implementarlo estrictamente, aun cuando ello implique que dicho organo acuerde bajo responsabilidad, la suspension temporal del MORDAZA y/o la prorroga de sus etapas, en atencion a la complejidad de las correcciones, adecuaciones o acreditaciones que sea necesario realizar, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 58° del Reglamento. Articulo Tercero.- Disponer que para integrar las Bases, el Comite Especial debera incorporar obligatoriamente las modificaciones que se hayan producido como consecuencia de las consultas, observaciones y/o Pronunciamiento, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 60° del Reglamento. Articulo Cuarto.- Encargar a la Sub Gerencia de Logistica realizar la notificacion del presente Pronunciamiento en el Sistema Electronico de Contrataciones del Estado ­ SEACE. Articulo Quinto.- Encargar a Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion, en la pagina Web de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Maria.

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