Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2012 (08/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 8 de junio de 2012

Que, el articulo 13º de la MORDAZA precitada senala que el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP que se genere por la eliminacion o creacion de cargos, que no incidan en un incremento del Presupuesto Analitico de Personal PAP de la Entidad, no requerira de un MORDAZA MORDAZA de aprobacion del CAP; Que, asimismo, indica que dicha accion podra aprobarse mediante Resolucion o dispositivo legal que corresponda al Titular de la Entidad, previo informe del organo responsable a que se refiere el articulo 6°; Que, el articulo 6º acotado senala que la conduccion del MORDAZA de elaboracion y formulacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP de las Entidades es responsabilidad del organo encargado de racionalizacion o de quien haga sus veces; Que, mediante Informe Tecnico N° 002-2012-PLPR/ RACI la Oficina de Racionalizacion concluye que el Reordenamiento del CAP es viable, el mismo que no incide en un incremento del Presupuesto Analitico de Personal - PAP; Con el visto de la Directora Ejecutiva, Director (e) de Asesoria Juridica, Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP que como Anexo adjunto y en nueve (09) folios forma parte de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TAMAYO Presidente 798548-1

publicacion en el MORDAZA Institucional, con la finalidad de recibir los comentarios y/u observaciones, MORDAZA que se encuentra acorde a las recomendaciones internacionales, por lo que el Director de la OTAN, solicita su aprobacion; Que el Instituto Peruano de Energia Nuclear tiene como funcion, segun su Ley Organica Decreto Ley Nº 21875, facultado asi mismo por Ley Nº 28028, Ley de Regulacion del Uso de MORDAZA de Radiacion Ionizante, en su calidad de Autoridad Nacional en el ambito nuclear, en MORDAZA con la MORDAZA de las Disposiciones Complementarias de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2008-EM, la que establece que la Autoridad Nacional aprobara las Normas Tecnicas Especificas y Directivas adicionales que estime necesarias para facilitar la aplicacion del Reglamento; De conformidad con el Articulo 3º de la Ley Nº 28028, con la Tercera de las Disposiciones Complementarias de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2008-EM y el Articulo 10º inciso c. del Reglamento de Organizacion y Funciones del IPEN, aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2005-EM; Con el visto del Director de la Oficina Tecnica de la Autoridad Nacional y de la Directora de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la MORDAZA Tecnica Nº IR.003.2012 "Requisitos de Proteccion Radiologica en Diagnostico Medico con Rayos X", la que consta de ocho (8) numerales, siete (VII) Anexos y Referencias Bibliograficas, que en veinte y cinco (25) paginas debidamente rubricadas integran la presente Resolucion. Articulo Segundo.- La Secretaria General queda encargada de publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina Web de la institucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA TAMAYO Presidente 798548-2

Aprueban la MORDAZA Tecnica Nº IR.003.2012 "Requisitos de Proteccion Radiologica en Diagnostico Medico con Rayos X"
INSTITUTO PERUANO DE ENERGIA NUCLEAR RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 150-12-IPEN/PRES MORDAZA, 7 de junio de 2012 VISTO: El Memorandum Nº 125-12-OTAN, de fecha 10 de MORDAZA de 2012, del Director de la Oficina Tecnica de la Autoridad Nacional, OTAN, sobre aprobacion de MORDAZA Tecnica. CONSIDERANDO:

SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Aprueban transferencia para Unidades Ejecutoras por servicios brindados por establecimientos de salud a beneficiarios del Seguro Integral de Salud
RESOLUCION JEFATURAL Nº 081-2012/SIS MORDAZA, 07 de Junio de 2012

Que, la OTAN, ha presentado la MORDAZA Tecnica IR.003.2012, sobre "Requisitos de Proteccion Radiologica en Diagnostico Medico con Rayos X" practica con radiaciones que debe estar reglamentada; que, teniendo en cuenta la exposicion a las radiaciones en terminos generales se puede referir a dos metodos para producir imagenes radiologicas, siendo una de estas la tecnica convencional de radiografia y la otra de radiografia digital con los que es posible obtener imagenes de secciones especificas del cuerpo humano; Que, en el diagnostico medico con Rayos X, el medico tiene informacion anatomica sobre el interior del MORDAZA de forma "no invasiva", sin embargo durante la formacion de la imagen existen procesos de deposicion de energia en el MORDAZA, o, dosis que esta asociada a un MORDAZA dano biologico que, en algunos casos puede afectar a la salud del paciente; aunque las dosis asociadas a este MORDAZA de examenes de rayos x son relativamente pequenas, la frecuencia con que estos se llevan a cabo, ocasionan que el impacto social sea considerable, por lo que esta practica requiere de una adecuada Cultura en la Proteccion Radiologica la que coadyuva a reducir o disminuir el riesgo de exposiciones indebidas al MORDAZA y personal ocupacionalmente expuesto; Que, la MORDAZA Tecnica propuesta cuenta con la exposicion de motivos, como resultado de su previa

VISTOS: El Informe Nº 094-2012-SIS-GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento sobre la Programacion de las Transferencias a las Unidades Ejecutoras a nivel nacional por los servicios que brindaron los establecimientos de salud a los beneficiarios del Seguro Integral de Salud y el Informe Nº 169-2012-SIS/ OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se establecen los principios asi como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el articulo 11° de la Ley Nº 28112 - Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, en concordancia con los articulos 77º y 78º de la Constitucion Politica del Peru; Que, en los numerales 12.1 y 12.2 del articulo 12° de la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, se dispone la autorizacion de las transferencias financieras durante el Ano Fiscal 2012, entre entidades del Gobierno Nacional, entre las que estan consideradas el Seguro Integral de Salud; aprobandose

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