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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de junio de 2012 467980 Que, el artículo 13º de la norma precitada señala que el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal - CAP que se genere por la eliminación o creación de cargos, que no incidan en un incremento del Presupuesto Analítico de Personal - PAP de la Entidad, no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP; Que, asimismo, indica que dicha acción podrá aprobarse mediante Resolución o dispositivo legal que corresponda al Titular de la Entidad, previo informe del órgano responsable a que se refi ere el artículo 6°; Que, el artículo 6º acotado señala que la conducción del proceso de elaboración y formulación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de las Entidades es responsabilidad del órgano encargado de racionalización o de quien haga sus veces; Que, mediante Informe Técnico N° 002-2012-PLPR/ RACI la Ofi cina de Racionalización concluye que el Reordenamiento del CAP es viable, el mismo que no incide en un incremento del Presupuesto Analítico de Personal - PAP; Con el visto de la Directora Ejecutiva, Director (e) de Asesoría Jurídica, Director de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal - CAP que como Anexo adjunto y en nueve (09) folios forma parte de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publiquese. CARLOS BARREDA TAMAYO Presidente 798548-1 Aprueban la Norma Técnica Nº IR.003.2012 “Requisitos de Protección Radiológica en Diagnóstico Médico con Rayos X” INSTITUTO PERUANO DE ENERGÍA NUCLEAR RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 150-12-IPEN/PRES Lima, 7 de junio de 2012 VISTO: El Memorándum Nº 125-12-OTAN, de fecha 10 de abril de 2012, del Director de la Ofi cina Técnica de la Autoridad Nacional, OTAN, sobre aprobación de Norma Técnica. CONSIDERANDO: Que, la OTAN, ha presentado la Norma Técnica IR.003.2012, sobre “Requisitos de Protección Radiológica en Diagnostico Médico con Rayos X” práctica con radiaciones que debe estar reglamentada; que, teniendo en cuenta la exposición a las radiaciones en términos generales se puede referir a dos métodos para producir imágenes radiológicas, siendo una de estas la técnica convencional de radiografía y la otra de radiografía digital con los que es posible obtener imágenes de secciones específi cas del cuerpo humano; Que, en el diagnóstico médico con Rayos X, el médico tiene información anatómica sobre el interior del paciente de forma “no invasiva”, sin embargo durante la formación de la imagen existen procesos de deposición de energía en el paciente, o, dosis que está asociada a un cierto daño biológico que, en algunos casos puede afectar a la salud del paciente; aunque las dosis asociadas a este tipo de exámenes de rayos x son relativamente pequeñas, la frecuencia con que estos se llevan a cabo, ocasionan que el impacto social sea considerable, por lo que esta práctica requiere de una adecuada Cultura en la Protección Radiológica la que coadyuva a reducir o disminuir el riesgo de exposiciones indebidas al paciente y personal ocupacionalmente expuesto; Que, la Norma Técnica propuesta cuenta con la exposición de motivos, como resultado de su previa publicación en el Portal Institucional, con la fi nalidad de recibir los comentarios y/u observaciones, Norma que se encuentra acorde a las recomendaciones internacionales, por lo que el Director de la OTAN, solicita su aprobación; Que el Instituto Peruano de Energía Nuclear tiene como función, según su Ley Orgánica Decreto Ley Nº 21875, facultado así mismo por Ley Nº 28028, Ley de Regulación del Uso de Fuentes de Radiación Ionizante, en su calidad de Autoridad Nacional en el ámbito nuclear, en armonía con la Segunda de las Disposiciones Complementarias de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2008-EM, la que establece que la Autoridad Nacional aprobará las Normas Técnicas Especifi cas y Directivas adicionales que estime necesarias para facilitar la aplicación del Reglamento; De conformidad con el Artículo 3º de la Ley Nº 28028, con la Tercera de las Disposiciones Complementarias de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2008-EM y el Artículo 10º inciso c. del Reglamento de Organización y Funciones del IPEN, aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2005-EM; Con el visto del Director de la Ofi cina Técnica de la Autoridad Nacional y de la Directora de la Ofi cina de Asesoria Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Norma Técnica Nº IR.003.2012 “Requisitos de Protección Radiológica en Diagnóstico Médico con Rayos X”, la que consta de ocho (8) numerales, siete (VII) Anexos y Referencias Bibliográfi cas, que en veinte y cinco (25) páginas debidamente rubricadas integran la presente Resolución. Artículo Segundo.- La Secretaria General queda encargada de publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web de la institución. Regístrese y comuníquese. CARLOS BARREDA TAMAYO Presidente 798548-2 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Aprueban transferencia para Unidades Ejecutoras por servicios brindados por establecimientos de salud a beneficiarios del Seguro Integral de Salud RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 081-2012/SIS Lima, 07 de Junio de 2012 VISTOS: El Informe Nº 094-2012-SIS-GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento sobre la Programación de las Transferencias a las Unidades Ejecutoras a nivel nacional por los servicios que brindaron los establecimientos de salud a los benefi ciarios del Seguro Integral de Salud y el Informe Nº 169-2012-SIS/ OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se establecen los principios así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refi ere el artículo 11° de la Ley Nº 28112 - Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77º y 78º de la Constitución Política del Perú; Que, en los numerales 12.1 y 12.2 del artículo 12° de la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, se dispone la autorización de las transferencias fi nancieras durante el Año Fiscal 2012, entre entidades del Gobierno Nacional, entre las que están consideradas el Seguro Integral de Salud; aprobándose