Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2012 (08/06/2012)
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TEXTO DE LA PÁGINA 24
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CONSIDERANDO:
NORMAS LEGALES
El Peruano MORDAZA, viernes 8 de junio de 2012
Que, mediante Decreto Legislativo N° 147- se aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion SENCICO, considerando a esta entidad, Institucion Publica Descentralizada del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, con autonomia tecnica, administrativa y economica, encargada de la formacion, capacitacion integral, calificacion y certificacion profesional de los trabajadores de la actividad de la construccion, en todos los niveles y de realizar las investigaciones y estudios necesarios para atender a sus fines; Que, mediante Resolucion de Presidencia Ejecutiva N° 029-2012-02.00 del 06 de febrero 2012, se encargo a la Abogada. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, las funciones y responsabilidades inherentes al cargo de Asesora Legal, Categoria D2, a partir del 13 de febrero de 2012, hasta que se designe el titular, sin perjuicio de continuar atendiendo su cargo de origen; Que, la Ley N° 27594 Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos, establece en su articulo 3° que la designacion de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el Articulo 1° de tal Ley se, efectua mediante Resolucion Ministerial o del Titular de Entidad correspondiente; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d), del articulo 29° del Estatuto del SENCICO, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2001-MTC, es atribucion del Consejo Directivo Nacional del SENCICO, entre otras, la de designar, ratificar o remover al personal de confianza que especificamente lo califique en tal calidad el Reglamento de Organizacion y Funciones, asi como fijar sus remuneraciones, con arreglo a los dispositivos legales vigentes a las que se sujeta el personal de la Institucion y la disponibilidad presupuestal; Que, de igual forma el literal a) del acotado articulo 29° establece como otra facultad del Consejo Directivo Nacional, la de delegar en la Presidencia Ejecutiva, Organo, Funcionario o Empleado que se designe, las atribuciones que a su juicio considere conveniente; Que, mediante Acuerdo N° 1037-05 adoptado en la Sesion N° 1037 de fecha 21 de Setiembre de 2011, el Consejo Directivo Nacional delego en el Presidente Ejecutivo del SENCICO, la facultad prevista en el inciso d) del articulo 29° del Estatuto MORDAZA acotado; Que, se ha estimado por conveniente dar por concluido el encargo de la Abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Confianza de Asesora Legal , categoria D2, efectuada por Resolucion de Presidencia Ejecutiva N° 029-2012-02.00 del 06 de febrero 2012; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, el Decreto Legislativo N° 147 Ley de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion SENCICO y el literal c), y j) del articulo 33° del Estatuto de SENCICO, aprobado por Decreto Supremos N° 032-2001-MTC, modificado por el Decreto Supremo N° 004- 2006- VIVIENDA; Con las visaciones del Jefe (e) del Departamento de Recursos Humanos, del Jefe (e) de la Oficina de Secretaria General, de la Gerente (e) de Administracion y Finanzas, del Gerente (e) de Planificacion y Presupuesto, de la Asesora Legal (e), y del Gerente General, y; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluido el encargo de la Abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Confianza de Asesora Legal, efectuada por Resolucion de Presidencia Ejecutiva N° 029-2012-02.00 del 06 de febrero 2012, a partir del 06 de junio de 2012, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia General, en lo que le compete, el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA IMANA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo del SENCICO 797860-1
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 094-2012-02.00 MORDAZA, 05 de junio del 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 147- se aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion SENCICO, considerando a esta entidad, Institucion Publica Descentralizada del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, con autonomia tecnica, administrativa y economica, encargada de la formacion, capacitacion integral, calificacion y certificacion profesional de los trabajadores de la actividad de la construccion, en todos los niveles y de realizar las investigaciones y estudios necesarios para atender a sus fines; Que, se encuentra vacante la plaza de Asesor Legal del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion SENCICO, cargo considerado de confianza del organo de la Gerencia General, nivel D2, y; Que, resulta necesario designar al titular del cargo de Asesora Legal; Que, la Ley N° 27594 Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos, establece en su articulo 3° que la designacion de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el Articulo 1° de tal Ley se, efectua mediante Resolucion Ministerial o del Titular de Entidad correspondiente; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d), del articulo 29° del Estatuto del SENCICO, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2001-MTC, es atribucion del Consejo Directivo Nacional del SENCICO, entre otras, la de designar, ratificar o remover al personal de confianza que especificamente lo califique en tal calidad el Reglamento de Organizacion y Funciones, asi como fijar sus remuneraciones, con arreglo a los dispositivos legales vigentes a las que se sujeta el personal de la Institucion y la disponibilidad presupuestal; Que, de igual forma el literal a) del acotado articulo 29° establece como otra facultad del Consejo Directivo Nacional, la de delegar en la Presidencia Ejecutiva, Organo, Funcionario o Empleado que se designe, las atribuciones que a su juicio considere conveniente; Que, mediante Acuerdo N° 1037-05 adoptado en la Sesion N° 1037 de fecha 21 de Setiembre de 2011, el Consejo Directivo Nacional delego en el Presidente Ejecutivo del SENCICO, la facultad prevista en el inciso d) del articulo 29° del Estatuto MORDAZA acotado; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, el Decreto Legislativo N° 147 Ley de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion SENCICO y los literales c), y j) del articulo 33° del Estatuto de SENCICO, aprobado por Decreto Supremos N° 032-2001-MTC, modificado por el Decreto Supremo N° 004- 2006- VIVIENDA; Con las visaciones del Jefe (e) del Departamento de Recursos Humanos, del Jefe (e) de la Oficina de Secretaria General, de la Gerente (e) de Administracion y Finanzas, del Gerente (e) de Planificacion y Presupuesto, de la Asesora Legal (e), y del Gerente General, y; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a partir del 06 de junio del 2012, a la abogada MORDAZA MORDAZA del MORDAZA MORDAZA Santander MORDAZA, en el cargo de confianza de Asesora Legal del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion SENCICO, nivel D-2. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA IMANA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo del SENCICO 797860-2