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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (20/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 20 de junio de 2012 468682 Autorizan viaje de representante del Ministerio a Bélgica, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 187 -2012-MINCETUR/DM Lima, 19 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, el 26 de junio de 2012, se llevará a cabo la ceremonia de suscripción del Acuerdo Comercial Multipartes entre la Unión Europea, la República de Colombia y la República del Perú; Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo es la entidad responsable de la negociación del Acuerdo Comercial entre Perú y Colombia con la Unión Europea y sus Estados Miembros, y es el encargado de realizar los actos necesarios para su puesta en ejecución, implementación y administración; Que, en tal sentido, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje de la señora María Susana Roldán Rosadio, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, para que participe en los actos preparatorios para la suscripción del referido Acuerdo, así como en el mismo acto de su fi rma; Que, el MINCETUR es el organismo público competente para defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de negociaciones comerciales internacionales, así como programar y ejecutar acciones concernientes a la Agenda Comercial de los diferentes esquemas de integración, en coordinación con los demás sectores del Gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias; Que, la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, de la señora María Susana Roldán Rosadio, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, del 20 al 27 de junio de 2012, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participe en las reuniones previas y ceremonia de suscripción del Acuerdo Comercial Multipartes entre la Unión Europea, la República de Colombia y la República del Perú, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, estarán a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US $ 1 931,30 Viáticos (US$ 260,00 x 7 días) : US $ 1 820,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la señora Roldán Rosadio presentará al Titular del Sector Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en la reunión a la que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 803852-1 DEFENSA Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Colombia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 697-2012-DE/SG Lima, 19 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 504 de fecha 18 de junio de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Colombia, sin armas de guerra; Que, personal militar de los Estados Unidos de América, ingresará a territorio de la República, del 20 de junio al 15 de julio de 2012, a fi n de participar en la Cooperación de Instrucción e Inteligencia Técnica con el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Con la opinión favorable del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú, y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar de la República de Colombia detallado a continuación, del 20 de junio al 15 de julio de 2012, a fi n de participar en la Cooperación de Instrucción e Inteligencia Técnica con el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú. 1. Mayor Julián Alberto Córdova Espinoza 2. Capitán Andrés Eduardo Fernández Osorio 3. Teniente Yesid Mauricio Avendaño Rubio 4. Sargento Seguno Robinson Romero Espinoza 5. Cabo Primero Rubén Darío Restrepo Caicedo 6. Cabo Primero Edison Ramírez Infante 7. Cabo Primero Edwin Cantillo Marín Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que