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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (20/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 20 de junio de 2012 468689 Conforman la Comisión Técnica Sectorial encargada de la formulación del Plan Estratégico Sectorial Multianual de Salud al 2016 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 507-2012/MINSA Lima, 18 de junio del 2012 Visto, el Expediente Nº 12-049841-001, que contiene el Informe Nº 136- 2012-OGPP-OPGI/MINSA, emitido por la Ofi cina de Planeamiento y Gestión Institucional de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1088, se crea el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico como conjunto articulado e integrado de órganos, subsistemas y relaciones funcionales cuya fi nalidad es coordinar y viabilizar el proceso de planeamiento estratégico nacional para promover y orientar el desarrollo armónico y sostenido del país y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, como organismo de derecho público cuya fi nalidad es constituirse como el órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; Que, en el artículo 5º del citado Decreto Legislativo Nº 1088, establece que el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, es el organismo técnico especializado que ejerce la función de órgano rector, orientador y de coordinación del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, por lo que viene dando las pautas y metodologías para la formulación del Plan Estratégico Sectorial Multianual, para que los sectores del Estado puedan elaborar su Plan Estratégico Sectorial Multianual - PESEM; Que, a través del Informe de Visto, la Ofi cina de Planeamiento y Gestión Institucional de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, en su calidad de órgano técnico de la materia, sustenta la necesidad de conformar una Comisión Técnica Sectorial, que se encargue de la formulación del Plan Estratégico Sectorial Multianual de Salud al 2016; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 35º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, las Comisiones del Poder Ejecutivo son órganos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades. Sus conclusiones carecen de efectos jurídicos frente a terceros. No tienen personería jurídica ni administración propia y están integradas a una entidad pública; Que, respecto a las Comisiones Sectoriales, el numeral 1º del artículo 36º de la citada Ley, establece que las Comisiones Sectoriales son de naturaleza temporal, creadas con fi nes específi cos para cumplir fi nes de fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos. Asimismo, señala que estas Comisiones Sectoriales se crean formalmente por Resolución Ministerial del Titular del sector correspondiente; Que, en ese sentido, resulta necesario disponer las acciones pertinentes, a fi n de elaborar un documento de gestión que sea formulado participativamente con todos los organismos públicos adscritos al Sector, así como los órganos técnicos del Ministerio de Salud, para consolidar el proceso de fortalecimiento del ejercicio de la rectoría del Sector Salud e implementar los aspectos técnicos y operativos en materia de planeamiento estratégico, como principal instrumento que direcciona las Políticas de Salud a nivel nacional para alcanzar los objetivos estratégicos y Visión Sectorial en concordancia con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al año 2016; Con las visaciones del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud, y; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 35º y 36º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conformar la Comisión Técnica Sectorial encargada de la formulación del Plan Estratégico Sectorial Multianual de Salud al 2016, la cual estará conformada de la siguiente manera: - Un representante de la Alta Dirección, quien la presidirá; - Dos representantes de la Ofi cina de Planeamiento de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud; - Dos representantes de la Ofi cina de Planeamiento del Seguro Integral de Salud; - Dos representantes de la Ofi cina de Planeamiento del Instituto Nacional de Salud; - Dos representantes de la Ofi cina de Planeamiento del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas; - Dos representantes de la Dirección General de Salud de las Personas; - Dos representantes de la Dirección General de Promoción de la Salud; - Dos representantes de la Dirección General de Epidemiologia; - Dos representantes de la Dirección General de Salud Ambiental; - Dos representantes de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos; - Dos representantes de la Dirección General de Mantenimiento, Infraestructura y Equipamiento; - Dos representantes de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas; - Dos representantes de la Ofi cina General de Estadística e Informática; y, - Dos representantes de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto. Los representantes de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, harán las veces de Secretaría Técnica. Artículo 2º.- La Comisión Técnica Sectorial encargada de la formulación del Plan Estratégico Sectorial Multianual de Salud al 2016, podrá conformar equipos técnicos de trabajo. Artículo 3º.- La Comisión Técnica Sectorial se instalará en un plazo de cinco (05) días de notifi cada la presente Resolución Ministerial. La Comisión tendrá un plazo para emitir el informe fi nal de veinte (20) días hábiles a partir de su instalación. Artículo 4º- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial y la Directiva aprobada, en el Portal Electrónico del Ministerio de Salud http://www.minsa.gob.pe/ transparencia/dg_normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 803081-6 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan a Aero Cat S.A.C. permiso de operación de aviación comercial referido a trabajo aéreo - fotografía RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 176-2012-MTC/12 Lima, 6 de junio del 2012