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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de junio de 2012 468891 1. ESPINOZA CRAVERO, BRECHMAN FISCAL ADJUNTO PROVINCIAL PENAL DE LIMA 2. IZARNOTEGUI PINASCO, ALFONSO ALFREDO FISCAL ADJUNTO PROVINCIAL PENAL DE LIMA 3. RIVAS LA MADRID, HILDA SOFIA FISCAL ADJUNTO PROVINCIAL PENAL DE LIMA 4. DEXTRE VEGA, ARMANDO PEDRO FISCAL ADJUNTO PROVINCIAL PENAL DE LIMA 5. ROJAS ARENAS, KATHERYNE FISCAL ADJUNTO PROVINCIAL PENAL DE LIMA 6. ARCE CORAHUA, LIZBETH DIANA FISCAL ADJUNTO PROVINCIAL DEL POOL DE FISCALES DE LIMA Segundo.- Proceder a la proclamación y entrega de títulos de nombramiento, en acto público del Consejo Nacional de la Magistratura, remitiéndose copia de la presente resolución, al señor Fiscal de la Nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GASTÓN SOTO VALLENAS Presidente 804672-1 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Aprueban diseños de cédulas de sufragio y de votación electrónica para la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2012 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 103-2012-J/ONPE Lima, 20 de junio de 2012 VISTOS: El Informe Nº 010-2012-GGE/ONPE, de la Gerencia de Gestión Electoral; así como el Informe Nº 145-2012- OGAJ/ONPE, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Nº 561-2012-JNE, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 01 de junio de 2012, el Jurado Nacional de Elecciones ha convocado a Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales, a realizarse el domingo 30 de setiembre de 2012, en diversas circunscripciones del país; Que, de conformidad con el literal c) del artículo 5º de la Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales - ONPE, Ley Nº 26487, es función de la Entidad planifi car, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo, en cumplimiento estricto de la normativa vigente, precisándose en el literal b) del mismo artículo, que es función de este organismo constitucional autónomo diseñar la cédula de sufragio, actas electorales, formatos y todo otro material en general, de manera que se asegure el respeto de la voluntad del ciudadano en la realización de los procesos a su cargo; Que, de conformidad con el artículo 37º de la Ley Orgánica de Elecciones, la ONPE tiene a su cargo la organización y ejecución de los procesos electorales y consultas populares; y ejerce sus atribuciones y funciones con sujeción a la Constitución y a su Ley Orgánica; Que, asimismo el artículo 159º de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley Nº 26859, dispone que corresponde a la ONPE determinar las características de las cédulas de sufragio, la impresión y distribución de las mismas, así como las indicaciones ilustrativas necesarias para facilitar el voto del elector; Que, mediante la primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 28581, se autorizó a la ONPE implementar de manera progresiva y gradual el voto electrónico; con medios electrónicos e informáticos o cualquier otra modalidad tecnológica que garantice la seguridad confi dencialidad de la votación, la identifi cación del elector, la integridad de los resultados y la transparencia en el proceso electoral. Asimismo, mediante la Resolución Jefatural Nº 211-2010- J/ONPE, se aprobó el Reglamento del Voto Electrónico, el mismo que regula el procedimiento a ser empleado en dicha modalidad de sufragio; Que, de conformidad con los literales f) y g) del artículo 45º del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado y modifi cado con Resoluciones Jefaturales Nos. 030 y 137-2010-J/ONPE, respectivamente, es función de la Gerencia de Gestión Electoral elaborar el diseño y especifi caciones técnicas de los tipos de cédula de sufragio, actas electorales, formatos y cualquier otro material electoral; así como proponer el contenido de los materiales electorales a ser utilizados en el sufragio, para su aprobación por la Jefatura Nacional; De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del artículo 5º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, así como, los literales e) y cc) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado y modifi cado con Resoluciones Jefaturales Nos. 030 y 137-2010- J/ONPE, respectivamente; y con el visado de la Secretaría General, de la Gerencia de Gestión Electoral, de la Gerencia de Sistemas e Informática Electoral, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el diseño de la cédula de sufragio provincial para la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2012, cuyo formato aparece en el Anexo Nº 2, y sus especifi caciones técnicas contenidas en el Anexo Nº 1, los cuales forman parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Aprobar el diseño de la cédula de sufragio distrital para la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2012, cuyo formato aparece en el Anexo Nº 4, con sus especifi caciones técnicas consignadas en el Anexo Nº 3, los cuales forman parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Aprobar el diseño de la cédula de votación electrónica distrital para la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2012, cuyo formato aparece en el Anexo Nº 6, con sus especifi caciones técnicas consignadas en el Anexo Nº 5, los cuales forman parte integrante de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones, del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el contenido de la presente resolución, con sus anexos correspondientes. Artículo Quinto.- Disponer la publicación de la presente resolución y sus anexos en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal institucional, www.onpe.gob.pe, dentro de los tres días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGDALENA CHÚ VILLANUEVA Jefa