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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de junio de 2012 468888 Declaran que la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac ha cumplido con lo dispuesto en la Ley Universitaria, respecto al cambio de denominación de la Facultad de Educación y de las Escuelas Académico Profesionales que la integran COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0569-2012-ANR Lima, 28 de mayo de 2012 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El ofi cio Nº 329-2011-P-COG-UNAMBA, de fecha 06 de diciembre de 2011; el informe Nº 009-2012-DGDAC, de fecha 06 de enero de 2012, el memorando Nº 0034- 2012-SE, de fecha 11 de enero de 2012; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de las atribuciones específi cas establecidas en los incisos e) y f) del artículo 92º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, la creación de carreras, programas académicos y de segunda especialidad acordados por una universidad requieren de la coordinación previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores y asimismo es atribución de ésta última concordar los requisitos mínimos exigibles para el otorgamiento de grados y títulos universitarios y la unifi cación de sus denominaciones, sin perjuicio del derecho de cada universidad a establecer la currícula y requisitos adicionales propios; Que, mediante Resolución Nº 110-2002-CONAFU, el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades otorgó autorización provisional de funcionamiento a la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac; y posteriormente, mediante Resolución Nº 628-2009-CONAFU, se le otorgó autorización defi nitiva de funcionamiento bajo el ámbito de Ley Nº 23733, Ley Universitaria, con la siguiente estructura académica: Facultad de Administración - Escuela Académico Profesional de Administración de Empresas Facultad de Educación - Escuela Académico Profesional de Educación Facultad de Ingeniería - Escuela Académico Profesional de Ingeniería Informática y Sistemas - Escuela Académico Profesional de Ingeniería Agroindustrial - Escuela Académico Profesional de Ingeniería de Minas Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia - Escuela Académico Profesional de Medicina Veterinaria y Zootecnia Que, mediante ofi cio de vistos, el Presidente de la Comisión de Orden y Gestión de la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac, comunica que han creado nuevas Escuelas Académico Profesionales, por lo que solicita la correspondiente Resolución de la Asamblea Nacional de Rectores, acompañando para dicho efecto las resoluciones de creación y los planes de estudio correspondientes, así como las disposiciones normativas emitidas por el Gobierno Central respecto a la transferencia hacia la mencionada universidad de la sede académica de Vilcabamba de la Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco y sus carreras profesionales; Que, mediante Ley Nº 29619, se dispone la transferencia a la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac la sede académica de Vilcabamba de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, incluyendo su presupuesto, infraestructura física, acervo documentario, personal, Facultades y Escuelas Profesionales; incorporando a los alumnos de la referida sede académica de Vilcabamba, pudiendo la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac crear nuevas carreras profesionales en dicha sede conforme a la normativa vigente; Que, de los documentos adjuntados al referido ofi cio de vistos se evidencia que la Asamblea Universitaria de la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac, mediante Resolución Nº 007-2010-AU-UNAMBA, dispone modifi car la denominación de la Facultad de Educación por la de Facultad de Educación y Ciencias Sociales y crear la “Escuela Académico Profesional de Educación Inicial Bilingüe: Primera y Segunda Infancia” y “Escuela Académico Profesional de Ciencia Política y Gestión Pública”; posteriormente modifi cadas por Resolución Nº 002-2011-AU-UNAMBA a “Escuela Profesional de Educación Inicial Intercultural Bilingüe: Primera y Segunda Infancia” y “Escuela Académico Profesional de Ciencia Política y Contabilidad”; Que, asimismo, mediante Resolución Nº 001-2011-AU- UNAMBA, se creó la Facultad de Ingeniería Civil y su Escuela Académico Profesional de Ingeniería Civil en el distrito de Tambobamba, provincia de Cotabambas y asimismo se creó en la misma localidad la sub sede de la Facultad de Administración, con la Escuela Académico Profesional de Administración de Empresas; creándose adicionalmente la sub sede de la Facultad de Ingeniería de Minas, con la Escuela Académico Profesional de Ingeniería de Minas en el distrito de Haquira, provincia de Cotabambas; Que, mediante informe de vistos, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación de la Asamblea Nacional de Rectores, informa que ha evaluado la documentación presentada por la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac y opina favorablemente a la emisión de la correspondiente resolución que declare aprobados los acuerdos de la Asamblea Universitaria de la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac, en vía de regularización; Que, mediante memorando Nº 0034-2012-SE, de vistos, el Secretario Ejecutivo de la Asamblea Nacional de Rectores dispone la elaboración de una Resolución por la que se apruebe el cambio de denominación de la Facultad de Educación y las Escuelas Académico Profesionales de la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac; así como la aprobación de la creación de la Facultad de Ingeniería Civil y las sub sedes de la Facultad de Ingeniería de Minas y la Facultad de Administración, de acuerdo al informe Nº 009-2012-DGDAC; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733, y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar, en vía de regularización, que la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac, con sede en ciudad de Apurímac, ha cumplido con el requisito establecido en el inciso e) del artículo 29º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, respecto al cambio de denominación de la Facultad de Educación; así como, de las Escuelas Académico Profesionales que la integran, siendo las nuevas denominaciones las siguientes: FACULTAD DE EDUCACIÓN Y CIENCIAS SOCIALES - Escuela Académico Profesional de Educación Inicial Intercultural Bilingüe: Primera y Segunda Infancia.