Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2012 (23/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de junio de 2012

NORMAS LEGALES

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21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0075-2012/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 13 de junio de 2012; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 180 610,74 m², ubicado al este del Fundo Palpa y al oeste del predio denominado Pisquillo, en el distrito de Aucalllama, provincia de Huaral, departamento de Lima; segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Huaral. Registrese, comuniquese y publiquese.RAQUEL ANTUANET MORDAZA MORDAZA Sudirectora (e) de Administracion del Patrimonio Estatal 805014-2

Regularizan la reversion a favor del Estado de terrenos ubicados en el departamento de MORDAZA
SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 090-2012/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 18 de junio de 2012 Visto el Expediente Nº 030-2012/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de regularizacion de reversion a favor del Estado del terreno de 38 034,07 m², ubicado entre la avenida Prolongacion MORDAZA Cerro y la avenida Grau, del distrito, provincia y departamento de MORDAZA, que forman parte del predio de mayor extension denominado Fundo MORDAZA Julia. CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, en merito a la Resolucion Suprema Nº 15479-VC-5600 de fecha 06 de MORDAZA de 1979, se dispuso la afectacion en uso a favor del entonces Ministerio de MORDAZA, del terreno de 50 483,25 m² ubicado entre la Av. Prolongacion MORDAZA Cerro y Av. Grau, del distrito, provincia y departamento de MORDAZA, calificado como eriazo y por tanto de propiedad del Estado, en virtud de Ley Nº 11061 y Decretos Leyes Nros 14197 y 17716, el cual corre inscrito en la Ficha Nº 25409 con continuacion en la Partida Nº 03002454 del Registro de Predios de MORDAZA y

anotado en el Sistema de Informacion Nacional de Bienes Estatales con el Registro Nº 167, correspondiente al departamento de Piura; Que, con fecha 23 de MORDAZA de 2009, profesionales de esta Superintendencia, realizaron una inspeccion tecnica sobre el predio descrito en el considerando precedente, observando que el mismo se encuentra delimitado por un cerco perimetrico y viene siendo usado por la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, mediante Resolucion Nº 127-2010/SBN-GO-JAR de fecha 31 de MORDAZA de 2010, se dispuso rectificar el area del terreno descrito en el considerando precedente, por el area real de 50 231,42 m²; asi como, inscribir el dominio del mismo a favor del Estado, manteniendose vigente la afectacion en uso dispuesta a favor del actual Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, actos que corren inscritos en la partida registral correspondiente; Que, del estudio tecnico legal realizado por la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal de esta Superintendencia y del Informe Nº 091-2011-OCZR-I/SUNARP de fecha 15 de MORDAZA de 2011, remitido por la MORDAZA Registral Nº I ­ Sede MORDAZA, se determino que el predio de propiedad del Estado descrito anteriormente, se superpone parcialmente con tres predios de 38 034,07 m², 2 364,47 m² y 9 832,89 m², que forman parte de predios de mayor extension denominados Fundo MORDAZA MORDAZA, Fundo MORDAZA Ruesta y Fundo La Union que corren inscritos a favor de terceros en las Partida Nros 04127916, 04022602 y 04106431, del Registro de Predios de MORDAZA, respectivamente; Que, la Primera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27333, reglamentada por Decreto Supremo Nº 078-2006-EF, autoriza a la Superintendencia de Bienes Nacionales a expedir resoluciones indicando los terrenos que por su condicion de eriazos revirtieron al dominio del Estado, en merito a las Leyes Especiales Nº 11061, 14197, 17716, 18460, 19462, 19955 y demas disposiciones conexas y complementarias; asimismo, establece que por el merito de dichas resoluciones se cancelara los asientos registrales extendidos a favor de terceros; Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal a) numeral VI de la Directiva Nº 008-2007/SBN, aprobada por Resolucion Nº 043-2007/SBN sobre "Procedimiento para la regularizacion de reversiones de terrenos eriazos al dominio del Estado", con fecha 10 y 12 de febrero de 2012 se realizaron las publicaciones en el Diario Expreso y en el Diario Oficial El Peruano, respectivamente, dando a conocer del inicio y los datos del procedimiento que nos ocupa; Que, conforme a lo establecido en el numeral V de la Directiva Nº 008-2007/SBN, las personas con legitimo interes podran presentar oposicion dentro de los 15 dias habiles contados desde el dia siguiente de la publicacion, adjuntando los medios probatorios pertinentes que sustenten su derecho, la cual sera resuelta en la Resolucion Final que emita la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal y que de ser declarada fundada se MORDAZA por concluido el procedimiento; Que, no habiendose presentado oposicion sobre el presente procedimiento administrativo, resulta procedente expedir la resolucion disponiendo la regularizacion de la reversion a favor del Estado del terreno de 38 034,07 m², que forman parte del predio de mayor extension denominado Fundo MORDAZA MORDAZA, con la consiguiente cancelacion del dominio de tercero que corre inscrito en la Partida Nº 04127916 del Registro de Predios de Piura; Que, los literales d) y p) del articulo 44º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA del 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal a aprobar la formalizacion de la reversion de los terrenos eriazos conforme a las normas de la materia, asi como a emitir resoluciones en materias de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, Ley Nº 27333, Decreto Supremo Nº 078-2006-EF, Resolucion Nº 043-2007/SBN y Decreto Supremo Nº 0162010-VIVIENDA;

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