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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MARZO DEL AÑO 2012 (09/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 9 de marzo de 2012 462270 y de Edifi caciones; debiendo sujetarse los trabajos a los planos fi rmados y sellados por los entes ofi ciales, teniendo en cuenta lo siguiente: DISEÑO URBANO.- El Cuadro de Áreas que se aprueba es el siguiente: ÁREA BRUTA DEL TERRENO 2,562.00 m2 ÁREA ÚTIL DE LOTE ÚNICO 2,562.00 m2 ÁREA DE VÍAS 149.56 m2 OBRAS DE LA HABILITACION URBANA..- ACERAS.- Serán de concreto de calidad de f’c=140 kg/ cm2 de 0.15 m. de espesor y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material limpio de buena calidad debidamente nivelado y compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.20 m. y el acabado con la mezcla de cemento - arena fi na, en proporción de 1:2 de un (1) centímetro de espesor y bruñas cada 1.00 m. Con juntas de ¾” cada 5 ml. BERMAS.- Estas serán al mismo nivel de la calzada, esta área paralela y continua a la calzada estará rodeada por el sardinel dejando solo acceso de la calzada hacia la vereda en la puerta de ingreso, la cual se comunicara mediante una rampa, lo restante de la berma será colocada tierra de chacra y luego se colocara césped. SARDINELES.- En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirán sardineles de concreto de calidad y acabado fi nal igual a las aceras, en forma monolítica y homogénea con ellas de dimensiones de 0.15 m. x 0.30 m. Artículo Tercero.- ACEPTAR a la Sra. Rosalinda Lena Castro Castillo de Cano y el Sr. Octavio Wilfredo Cano Peralta, la redención en dinero del défi cit de los Aportes Reglamentarios, hasta antes de la expedición de la Resolución que apruebe la Recepción de Obras, dichos défi cit deberán ser valorizados y cancelados en cada una de las entidades correspondientes, según el siguiente cuadro: Cuadro General de Aportes, según Ordenanza Nº 836- MML. ZONIFICACIÓN : Vivienda Taller - VT. ÁREA TOTAL BRUTA : 2,562.00 m2 ÁREA AFECTA A LOS APORTES : 2,562.00 m2 APORTE % ORD 836-MML PROYECTO DEFICIT RECREACIÓN PÚBLICA 7.00 179.34 m2 --- 179.34 m2 PARQUES ZONALES – SERPAR 2.00 51.24 m2 --- 51.24 m2 RENOVACIÓN URBANA - FOMUR 1.00 25.62 m2 --- 25.62 m2 Servicios Públicos Complementarios (MINISTERIO DE EDUCACIÓN) 2.00 51.24 m2 --- 51.24 m2 Servicios Públicos Complementarios (MUNICIPALIDAD DISTRITAL) 2.00 51.24 m2 --- 51.24 m2 TOTAL 14.00 358.68 m2 --- 358.68 m2 NOTA.- (*) El Défi cit de aportes reglamentarios por Recreación Publica y Servicios Públicos Complementarios (Municipalidad Distrital) ha sido redimido en dinero. (**) El Défi cit de aportes reglamentarios por Parques Zonales (SERPAR), Renovación Urbana (FOMUR) y Servicios Públicos Complementarios (Ministerio de Educación), serán redimidos en dinero. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Sra. Rosalinda Lena Castro Castillo de Cano y el Sr. Octavio Wilfredo Cano Peralta, al concluir con las obras del proyecto de habilitación urbana deberá solicitar la recepción de obras, de acuerdo a lo indicado en el Numeral c. Artículo 13º de la Ley Nº 29090. Artículo Quinto.- ESTABLECER que la presente licencia de Habilitación Urbana tiene una vigencia de treinta y seis (36) meses, cuyo cómputo comprende desde el ingreso del presente expediente a la Corporación Municipal, acorde a lo previsto por el Articulo 11º de la Ley Nº 29090 – Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones. Artículo Sexto.- DÉJESE, como carga inscrita en el Registro de Predios, el pago pendiente por el défi cit de Aportes Reglamentarios correspondientes a Parques Zonales (SERPAR) de 51.24 m2, Renovación Urbana (FOMUR) de 25.62 m2 y Servicios Públicos Complementarios (Ministerio de Educación) de 51.24 m2 , dicha carga será levantada cuando se cumpla con los pagos de los défi cit de aportes. Artículo Sétimo.- REMITIR el FUHU, copia de la presente Resolución Sub. Gerencial, un juego del Plano de Ubicación y Localización, Plano Perimétrico, Plano de Lotización y la Memoria Descriptiva, a la Municipalidad Metropolitana de Lima, SERPAR Lima , Fondo Metropolitano de Renovación y Desarrollo Urbano – FOMUR y al Ministerio de Educación, para su conocimiento, según lo establecido en el Artículo 18º del Decreto Supremo Nº 024 - Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edifi cación. Artículo Octavo.- ENCARGAR, a la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro incorporar la presente Habilitación Urbana en el Plan Urbano del distrito de San Juan de Lurigancho, siendo esta su competencia según lo establece el ROF vigente. Artículo Noveno.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano a cargo de los interesados en un plazo no mayor de (30) días calendario contados a partir de la notifi cación de la presente. Artículo Décimo.- DISPONER el cumplimiento y notifi cación pertinente y de acuerdo a Ley, al administrado, del contenido de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RENZO GARCÍA VERGARA Subgerente de Habilitaciones Urbanas 760688-1 REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL