Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2012 (09/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de marzo de 2012

MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Establecen derechos de emision del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio Fiscal 2012
ORDENANZA Nº 153-2012-MDC
Cieneguilla, 26 de enero de 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA. VISTOS: El Informe Nº 26-2012-GATR-MDC de fecha 25 de enero de 2012 de la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, el Proveido Nº 021-2012-GM-MDC de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 26-2012-GAJ-MDC de la Gerencia de Asesoria Juridica de fecha 25 de enero del 2012, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el Articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley N° 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, las Municipalidades son organos de gobierno local que tiene autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia el mismo que es concordante con lo dispuesto en el Articulo II del Titulo Preliminar y articulo 9° inciso 9) de la Ley 27972- Ley Organica de Municipalidades; Que, conforme lo establece el articulo 195° inciso 4) de la Constitucion Politica del Estado, modificada por Ley N° 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV, los Gobiernos Locales promueven el desarrollo y la economia local, y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo y son competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales conforme a ley, el mismo que es concordante con el articulo 9° inciso 9) de la Ley N° 27972 Ley Organica de Municipalidades; Que, el Articulo 74° de la Constitucion Politica del Peru establece que los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion con los limites que senala la ley, el mismo que es concordante con la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF; Que, el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972 establece que mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley, precisando que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripcion para su vigencia; Que, la presente Ordenanza debe ser ratificada por el Concejo Metropolitano de MORDAZA, de conformidad con la Ordenanza Nº 1533-MML. En ese sentido, la Municipalidad Distrital de Cieneguilla considera razonable y legal aprobar la presente ordenanza que dispone unicamente la prorroga del Derecho de Emision Mecanizada establecidas en la Ordenanza Nº111-2010-MDC y Ordenanza Nº 110-2010MDC, ratificadas mediante Acuerdo de Concejo Nº 146, publicadas en el Diario Oficial El Peruano el 05 de junio de 2010; Que, de lo expuesto se concluye que, la evaluacion sera de acuerdo a la naturaleza del servicio a brindar, utilizando la opcion distributiva del costo mas adecuada para conseguir la cuota contributiva ideal; toda vez, que el criterio de razonabilidad determina que, pudiendo existir diversas formulas para la distribucion del costo total del servicio, se debe optar por aquella que logre un mejor equilibrio en la reparticion de las cargas economicas; Que, atendiendo a los pronunciamientos mencionados, la Municipalidad Distrital de Cieneguilla emitio la Ordenanza Nº 111-2010-MDC que modifico la Ordenanza Nº 1102010-MDC que aprobo el monto por Derecho de Emision

Mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios del Ejercicio 2010, ratificadas mediante Acuerdo de Concejo Nº 146 de fecha 13 de MORDAZA del 2010 y publicado el 05 de junio del 2010; Que, mediante la presente ordenanza se establece el Derecho de Emision, para el ejercicio 2012, en la jurisdiccion de Cieneguilla, en estricta observancia de los principios constitucionales para la creacion de tributos, en el cumplimiento de las normas legales; Que, con la opinion de las Gerencias de Asesoria Juridica, y Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, el Consejo Municipal considera oportuno fijar el Derecho de Emision Mecanizada para el ejercicio 2012; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) y 9) del articulo 9º y 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, por Unanimidad se aprobo la siguiente:

ORDENANZA QUE ESTABLECE LOS DERECHOS DE EMISION DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012
Articulo Primero.- MORDAZA legal aplicable Apliquese, para el Derecho de Emision Mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2012, lo dispuesto en la Ordenanza Nº 111-2010-MDC que modifico la Ordenanza Nº 110-2010-MDC que aprobo el monto por Derecho de Emision Mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2010, ratificada mediante Acuerdo de Concejo Nº 146 y publicado el 05 de junio de 2010. Articulo Segundo.- Determinacion del costo y el Derecho de Emision Mecanizada FIJESE en S/.4.00 (Cuatro y 00/100 Nuevos Soles), el monto anual que debera abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores y determinacion del tributo, Hojas de Liquidacion del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, distribucion a domicilio, monto que debera cancelarse conjuntamente con la primera cuota del Impuesto Predial. Articulo Tercero.- Aprobacion del Informe Tecnico Apruebese el informe tecnico que sustenta el mantenimiento de los costos y el derecho de emision, asi como la estimacion de ingresos por la prestacion del servicio de actualizacion de valores y determinacion del tributo, hojas de liquidacion del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales y su correspondiente distribucion a domicilio, servicios mencionados en la presente ordenanza, que como anexo forma parte de la presente norma. Articulo Cuarto.- De la vigencia de la MORDAZA La presente Ordenanza entrara en vigencia, siempre que previamente se MORDAZA cumplido con la publicacion en el Diario Oficial "El Peruano" conjuntamente con el texto completo del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que la ratifique. Articulo Quinto.- De su difusion ENCARGUESE a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, Gerencia de Administracion, Finanzas y Contabilidad, Gerencia de Planificacion y Presupuesto, Subgerencia de Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones y a las demas Unidades Organicas, el cumplimiento de lo dispuesto por la presente Ordenanza, a la Secretaria General su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla (www.municieneguilla.gob.pe) y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la adecuada difusion de la misma.

DISPOSICIONES FINALES
Primera.- De acuerdo a la normatividad vigente, el administrado a fin de informarse del texto integro de la MORDAZA y del acuerdo ratificatorio respectivo podra remitirse a la direccion electronica del Servicio de Administracion Tributaria de MORDAZA ­ SAT: www.sat.gob.pe. Segunda.- Deroguese toda MORDAZA que se oponga o contradiga la presente ordenanza.

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