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NORMAS LEGALES www.elperuano.com.pe FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR Lima, viernes 9 de marzo de 2012 462271 AÑO DE LA INTEGRACIÓN NACIONAL Y EL RECONOCIMIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS R.S. N° 068-2012-PCM.- Autorizan viaje del Ministro de Relaciones Exteriores a Uruguay y encargan su Despacho al Ministro de Defensa 462272 INTERIOR R.M. N° 0179-2012-IN.-Aceptan renuncia y designan Director General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil 462273 R.M. N° 0180-2012-IN.- Designan Director del Programa Sectorial III de la Dirección Ejecutiva de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil 462273 RELACIONES EXTERIORES D.S. N° 009-2012-RE.- Ratifi can el Tratado de Libre Comercio entre la República del Perú y la República de Panamá 462273 R.S. N° 052-2012-RE.- Dan por terminadas funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Italiana 462274 R.S. N° 053-2012-RE.- Nombran Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Italiana 462274 Sumario EDICIÓN EXTRAORDINARIA REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES CON O SIN ANEXOS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, lo que deben tener en cuenta para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos: 1.- Junto a toda disposición, con o sin anexos, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete o cd rom con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe. 2.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 3.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car, si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 4.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de alto x 24 cm. de ancho. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de Helvetica-Narrow 7 puntos. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete o cd rom o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL Año XXIX - Nº 11756