Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2012 (09/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

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de la Resolucion Municipal de reconocimiento. Asimismo el articulo 20° del acotado Codigo manifiesta que el Estado estimulara y facilitara la aplicacion de recursos y espacios fisicos para la ejecucion de programas culturales, deportivos y de recreacion dirigidos a ninos y adolescentes. En ese contexto Los municipios canalizaran los recursos y ejecutaran programas con la colaboracion y concurso de la sociedad civil y de las organizaciones sociales; Que, los ninos, ninas y adolescentes al ser parte de las familias constituyen pieza fundamental de la sociedad, deben ser considerados en las decisiones y procesos que los afectan y que tengan impacto en sus comunidades, siendo necesario que los mismos MORDAZA escuchados, respetadas sus opiniones y la forma como decidan expresarlas; Que, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables MORDAZA Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social en su condicion de ente rector del Sistema Nacional de Atencion Integral del MORDAZA, MORDAZA y Adolescente aprueba la constitucion del Consejo Consultivo de Ninos, Ninas y Adolescentes mediante Resolucion Ministerial 355-2009 para el ambito nacional. Asimismo la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA aprobo la Ordenanza Nro. 1499, que crea el Consejo Consultivo (CCONNA ­ LM), que constituye un espacio de participacion de caracter exclusivamente consultivo, conformado por ninos, ninas y adolescentes elegidos democraticamente y que representen a diferentes grupos, espacios y formas de organizacion. Asimismo en el distrito encontramos experiencias significativas de formas de organizacion de ninos, ninas y adolescentes en diversos espacios como son los Municipios Escolares, Encuentros de Ninos, Ninas y Adolescentes (CONADENNA) entre otros; Por lo que el Consejo Consultivo de NNA de Carabayllo, que en adelante se denominara con las siglas CCONNA ­ Carabayllo, se constituye en un espacio estrictamente consultivo, conformado por ninas, ninos y adolescentes elegidos democraticamente, adscrita a la Alcaldia de Carabayllo. Que, estando normado en el articulo 84°, numeral 2.4 de la Ley N° 27972 Ley Organica de Municipalidades, contando con la opinion favorable de la Gerencia de Asesoria Juridica, debatido en el Pleno del Concejo y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta, teniendo el MORDAZA unanime, el Concejo Distrital de Carabayllo aprobo la siguiente:

1. CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DEL NINO: ARTICULO 32º 2. CONSTITUCION POLITICA DEL PERU: ARTICULO 4º. 3. Resolucion Ministerial Nº 241-99-PROMUDEH, que aprueba la Guia de Procedimientos de Atencion de Casos en las Defensorias del MORDAZA y el Adolescente. 4. Ley Nº 27337. - MORDAZA Codigo de los Ninos y Adolescentes: Articulos 4º y 19º. 5. Ley N° 27972. - Ley Organica de Municipalidades: Articulo 73º 6. RESOLUCION MINISTERIAL NRO. 355-2009 7. ORDENANZA Nro. 1499-MUNLIMA Articulo Quinto.MIEMBROS CONSEJO CONSULTIVO: El Consejo Consultivo se encuentra conformado por el Consejo de Ninas, Ninos cuyas edades son entre 7 anos hasta que cumplan los 18 anos. Los Consejos en Mencion estan conformados por catorce miembros, elegidos de forma equitativa siete varones y siete mujeres. Articulo Sexto.CONSULTIVO: FUNCIONES DEL CONSEJO

- Elaborar y presentar propuestas de politicas en materia de ninez y adolescencia ante el despacho de la Alcaldia del distrito de Carabayllo. - Emitir opinion sobre las consultas que le realicen en materia de politicas sobre ninez y adolescencia. - Vigilar y exigir el cumplimiento de derechos y politicas que las afecten y de considerarlo pertinente expresar su opinion a traves de una declaracion ante el despacho de la Alcaldia, quien lo trasladara al despacho competente. - Promover los derechos de los ninos, ninas y adolescentes. - Promover el registro de los ninos, ninas y adolescentes para el MORDAZA de eleccion de representantes. - Convocar y difundir a todas las organizaciones de ninos, ninas y adolescentes para el MORDAZA de eleccion de representantes. Articulo Setimo.- CONFORMACION DE LA COMISION ORGANIZADORA DEL CONSEJO CONSULTIVO. 1. La conformacion de la Comision Organizadora del Consejo Consultivo del distrito de Carabayllo esta integrada por: 2. La Gerencia de la Mujer y Desarrollo Humano 3. Jefa de Area de DEMUNA de la Subgerencia de la Mujer, DEMUNA, OMAPED y Adulto Mayor. 4. El Subgerente de Educacion, Cultura, Juventudes y Deportes. 5. El Subgerente de Participacion Vecinal. 6. Un Regidor 7. Tres Representantes de las Organizaciones de ninos, ninas y adolescentes 8. Un Representante de las instituciones de la sociedad civil que asesoran y trabajan con las Organizaciones de ninos, ninas y adolescentes. Articulo Octavo.- Encargar a la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Humano a traves de la Subgerencia de la Mujer, DEMUNA, OMAPED y Adulto Mayor la instalacion de la Comision Organizadora del Consejo Consultivo con participacion de ninos, ninas y adolescentes representantes de diferentes grupos, espacios y formas de organizacion y el cumplimiento de las siguientes funciones: 1. Elaborar la metodologia para constituir de manera representativa el Consejo Consultivo de NNA en un plazo MORDAZA de 30 dias a partir de su instalacion. 2. Elaborar el Reglamento de organizacion y funciones del Consejo Consultivo de NNA del distrito de Carabayllo, la misma que sera aprobado por Decreto de Alcaldia.

ORDENANZA QUE CREA EL CONSEJO CONSULTIVO DE NINAS, NINOS Y ADOLESCENTES EN EL DISTRITO DE CARABAYLLO ( CCONNA ­ CARABAYLLO )
Articulo primero. - Contenido La presente Ordenanza establece las disposiciones para la creacion del Consejo Consultivo de Ninos, Ninas y Adolescentes en el distrito de Carabayllo con el objetivo de promover la participacion de ninos, ninas y adolescentes y puedan emitir su opinion en materia de politicas publicas locales, sobre ninez y adolescencia conducentes a la difusion de los derechos de los ninos, ninas y adolescentes. Articulo Segundo.- PRINCIPIOS: 1. Se sustenta la creacion del CCONNA ­ CARABAYLLO en los siguiente: 2. El interes superior del MORDAZA, por el cual todas las personas e instituciones se obligan y comprometen en el cumplimiento de derechos de los ninos, ninas y adolescentes en el distrito de Carabayllo. 3. Los ninos, ninas y adolescentes son personas con derechos y deberes que gozan de proteccion especial atendiendo que garantice la satisfaccion de sus necesidades de acuerdo a su edad. 4. Proteger a los ninos, ninas y adolescentes en el ejercicio de sus derechos sin discriminacion alguna de raza, genero, religion, idioma, lugar de nacimiento, etnia, opinion politica, es funcion del Estado y sus instituciones protegerlos de toda forma de discriminacion. Articulo Tercero. - AMBITO DE APLICACION Es de aplicacion obligatoria en la jurisdiccion de la Municipalidad Distrital de Carabayllo y cuyo direccionamiento se MORDAZA a traves de la Defensoria Municipal del MORDAZA, ninos y adolescente (DEMUNA). Articulo Cuarto. - BASE LEGAL Para la formulacion de la presente ordenanza se ha tomado como base legal las siguientes disposiciones:

DISPOSICION TRANSITORIA
En tanto realicen funciones la Comision Organizadora hasta la instalacion del Consejo Consultivo podra emitir opinion la Comision sobre temas relacionados a la ninez y adolescencia. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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