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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 15 de marzo de 2012 462586 casos del área comprendida en el Anexo Nº 1 del Decreto Legislativo Nº 1100, siendo sufi ciente la presentación de una Declaración Jurada, sujeta a fi scalización posterior. - Se acompañará a la solicitud: la Declaración de Compromisos a que se hace referencia en el Anexo Nº 1 del presente dispositivo, así como el documento que acredite que el solicitante es propietario o que está autorizado por el(los) propietario(s) del 100% de las acciones y derechos del predio para utilizar el(los) terreno(s) superfi cial(es) donde se realizará la actividad, debidamente inscrito en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos - SUNARP o, en su defecto, el testimonio de escritura pública. Si la concesión se ubicara en terreno eriazo del Estado en zona no catastrada, no será necesario este requisito. Artículo 6º.- De la Ventanilla Única Establézcase el uso de la Ventanilla Única como herramienta para la agilización de los trámites de formalización de la actividad minera, desde la cual los interesados podrán realizar los trámites y solicitar información sobre su proceso de formalización. El Ministerio del Energía y Minas y la Autoridad Nacional del Agua, en coordinación con el Gobierno Regional de Madre de Dios, dispondrán las acciones necesarias para efectos de brindar sus servicios relacionados con la formalización mediante la Ventanilla Única. La Ventanilla Única no implica la modifi cación de las competencias que por ley tiene cada una de las entidades mencionadas. Artículo 7º.- De las actividades de formalización El Ministerio de Energía y Minas, en coordinación con el Gobierno Regional de Madre de Dios, llevará a cabo las acciones que sean necesarias para implementar un Proceso de Formalización de la actividad minera en el ámbito del Anexo 1 del Decreto Legislativo N° 1100. Las demás entidades del Gobierno Nacional involucradas en el proceso de formalización deberán prestar el apoyo técnico a requerimiento del Ministerio de Energía y Minas. Artículo 8º.- Financiamiento Las acciones que realicen las entidades competentes en la aplicación del presente Decreto Supremo, se sujetan a sus presupuestos institucionales respectivos. Artículo 9º.- Vigencia El presente dispositivo entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 10º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y los Ministros de Energía y Minas, de Ambiente, Agricultura, Vivienda, Construcción y Saneamiento, y de Cultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de marzo del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ URQUIZO MAGGIA Ministro de la Producción Encargado del Despacho del Ministerio de Agricultura MANUEL PULGAR VIDAL Ministro del Ambiente JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas y Encargado del Despacho del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación Encargada del Despacho del Ministerio de Cultura ANEXO Nº 1 FORMATO DECLARACION DE COMPROMISOS Yo, ________________________________, con DNI/ RUC Nº __________, con domicilio en _______________ ____________,debidamente representado por _________ ______________________________________________, con Documento Nacional de Identidad N°___________, (1) con domicilio en ________________________________ __ distrito de ___________, provincia y departamento de __________ a efectos en el procedimiento iniciado para la obtención de la autorización de inicio/reinicio de actividades de explotación minera de __________________ (indicar escala) me comprometo a lo siguiente: - Al cumplimiento y ejecución de todas las medidas dispuestas en el instrumento de gestión ambiental que se apruebe como parte del proceso de formalización. -A adoptar medidas y buenas prácticas para prevenir, controlar, monitorear, mitigar, restaurar, rehabilitar o reparar, según corresponda, los impactos y efectos negativos generados por la actividad que desarrolle antes y luego de concluido el proceso de formalización. - A desarrollar actividades mineras en los términos en que sea otorgada la autorización de inicio, cumpliendo con las condiciones establecidas en el artículo 91 del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM y demás disposiciones establecidas en la legislación vigente. Asimismo, declaro lo siguiente: a) Que las maquinarias que se utilicen para el desarrollo de las actividades mineras a mi cargo están registradas en la Superintendencia Nacional de Registro Públicos – SUNARP, de conformidad con el artículo 12° del Decreto Legislativo N° 1100. b) Que me comprometo a presentar dentro del plazo establecido para el proceso de formalización de la actividad minera en las zonas del departamento de Madre de Dios comprendidas en el Anexo 1 del Decreto Legislativo N° 1100, los requisitos establecidos en la legislación vigente para el otorgamiento de autorización de inicio/reinicio de actividades de explotación minera c) Que conozco la legislación en materia minera y ambiental que regula las actividades que pretendo desarrollar; en tal sentido, me someto a las acciones de fi scalización que se generen por el incumplimiento de dichas normas. La presente Declaración tiene carácter de Declaración Jurada. El Gobierno Regional o Ministerio de Energía y Minas podrán verifi car de ofi cio la autenticidad de las declaraciones, de los documentos y de la información proporcionada por el administrado. En caso de comprobar fraude o falsedad en la declaración, información o en la documentación presentada por el interesado se perderá el benefi cio de la formalización. FIRMA Madre de Dios, de La presente Declaración de Compromisos con el sello y fi rma del Director Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos del Gobierno Regional de Madre de Dios como constancia de su verifi cación y recepción, constituye la certifi cación de que la persona que la suscribe, ha iniciado el proceso de formalización de la actividad minera en las zonas del departamento de Madre de Dios comprendidas en el Anexo 1 del Decreto Legislativo N° 1100. Firma y sello del Director Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos Gobierno Regional de Madre de Dios 1 En caso sea persona jurídica el solicitante debe precisar en este punto la acreditación de su representación indicando el poder inscrito en la Partida Nº-____________ del Registro de Personas Jurídicas de __________), 764789-1