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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 15 de marzo de 2012 462581 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Aprueban retiro reglamentario y voladizo en diversas avenidas, jirones, calles y pasajes del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2012-MDSL San Luis, 2 de marzo de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS VISTO: El Memorándum Nº 052-2012-MDSL-GDU recibido con fecha 24FEB2012, a través del cual la Gerente de Desarrollo Urbano remite el Informe Nº 097-2012-GAL- MDSL de la Gerencia de Asesoría Legal e Informe Nº 065-2012-MDSL-GDU/SGOPC presentado por la Sub Gerencia de Obras Privadas y Catastro, todos referidos a la propuesta de modifi cación de las áreas de retiro y voladizos en la vía pública de las diferentes calles y zonas del distrito de San Luis; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local y gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo dispone el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, en concordancia con lo señalado en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú; Que, el Artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, a través del Informe Nº 065-2012-MDSL- GDU/SGOPC de fecha 21FEB2011 la Sub Gerencia de Obras Privadas y Catastro da cuenta que a través de la Ordenanza Nº 118-2011-MDSL de fecha 25MAR2011, se estableció un periodo extraordinario de regularización de edifi caciones y habilitaciones urbanas en el distrito, periodo que fue extendiéndose progresivamente mediante Decretos de Alcaldía, siendo el 022-2011- MDSL de fecha 01SET2011 el que amplió el plazo hasta el 30DIC2011; Que, con dicha Ordenanza ingresaron 96 expedientes de Licencia de Regularización, pese a ello, se ha detectado que en muchas partes del distrito han construido las edifi caciones sin respetar los parámetros Urbanísticos y Edifi catorios, es decir los retiros municipales, por lo cual se ha visto por conveniente que a fi n de favorecer al vecino, antes de proseguir con el benefi cio de regularización de edifi caciones, se proceda a emitir un Decreto de Alcaldía que apruebe los nuevos retiros en nuestro distrito, así como los voladizos en vía pública y las construcciones existentes se puedan regularizar, conforme al cuadro anexo y posteriormente emitir la Ordenanza de Regularización de Edifi cación y Habilitaciones Urbanas nuevamente; Que, fi nalmente mediante el Informe Nº 097-2012- GAL-MDSL de fecha 23ENE2012 señalado en el Visto, la Gerencia de Asesoría Legal luego del análisis del caso, concluye opinando favorablemente respecto a la propuesta realizada por la Gerencia de Desarrollo Urbano y la Sub Gerencia de Obras Privadas y Catastro, dejándose sin efecto en forma expresa las Resoluciones de Alcaldía Nº 1349-84CDSL y 029-2008- MDSL, así como el Decreto de Alcaldía Nº 021-2011- MDSL, la misma que deberá formalizarse vía Decreto de Alcaldía; Estando a lo expuesto con la opinión favorables de las gerencias señaladas en el Visto y, conforme a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972. DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el retiro reglamentario y voladizo en las distintas avenidas, jirones, calles y pasajes del distrito, conforme a lo detallado en el Anexo Nº 01, que consta de un folio y forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- DISPONER se deje sin efecto Resolución de Alcaldía Nº 1349-84.CDSL de fecha 14DIC1984, Resolución de Alcaldía Nº 029-2008-MDSL de fecha 06FEB2008 y, el Decreto de Alcaldía Nº 021- 2011-MDSL de fecha 07OCT211, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 15OCT2011, así como cualquier otra norma que se oponga o contravenga la presente disposición. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Subgerencia de Obras Privadas y Catastro, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto y a la Gerencia Municipal su control. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General disponga la publicación de la presente norma municipal en el Diario Ofi cial El Peruano conforme ley, así como su difusión a la Subgerencia de Imagen y Participación Vecinal y Subgerencia de Informática y Estadística, conforme a sus funciones. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RICARDO CASTRO SIERRA Alcalde RETIROS POR URBANIZACIONES UBICACION RETIROS EXCEPCION URB. SAN JACINTO SIN RETIRO Y CON VOLADIZO DE 0.50 M URB. JORGE CHAVEZ SIN RETIRO Y CON VOLADIZO DE 0.50 M MANZANAS “6 Y 7” CON FRENTE AL JIRON OLLANTA CON RETIRO DE 1.50 M CON VOLADIZO DE 050 M. A.A.H.H. 1º DE MAYO SIN RETIRO Y CON VOLADIZO DE 0.50 M URB. SAN PABLO I ETAPA SIN RETIRO Y CON VOLADIZO DE 0.50 M LA UNIDAD VECINAL DE YERBATEROS SIN RETIRO RESPETANDO EL PROYECTO ORIGINAL URB. SAN PABLO II ETAPA SIN RETIRO Y CON VOLADIZO DE 0.50 M MANZANAS “A, J, I, H” CON FRENTE A LA AVENIDA CIRCUNVALACION CON RETIRO DE 3.00 M, CON VOLADIZO EX FUNDO EL PINO SIN RETIRO URB. MERCURIO SIN RETIRO URB. LOTIZACION INDUSTRIAL E INDUSTRIAL RESIDENCIAL EL PINO SIN RETIRO MANZANA “D” CON FRENTE AL PASAJE 1º DE MAYO, JIRON MARISCAL JOSE LA MAR, JIRON AGUSTIN GAMARRA CON VOLADIZO DE 0.50 M. URB. SAN LUIS SIN RETIRO Y CON VOLADIZO DE 0.50 M URB. LA VIÑA CON RETIRO DE 3.00 M EN CALLES Y AVENIDAS CON FRENTE AL JIRON AGUSTO DURAND, MANZANA “M” CON FRENTE AL JIRON STGO. EDGAR ZUÑIGA MEDINA, MANZANA “V-1”, CON FRENTE AL JIRON CABO YEN ESCOBEDO GARRO Y JIRON CABO EUSEBIO GALVEZ SILVERA SIN RETIRO. URB. EL TREBOL CON RETIRO DE 3.00 M EN CALLES Y AVENIDAS MANZANAS “I, F” CON FRENTE AL JIRON RIO MARAÑON, MANZANA “C, A” CON FRENTE AL JIRON FRANCISCO VIDAL DE LAOS, SIN RETIRO. URB. LA MARINERA CON RETIRO DE 3.00 M EN CALLES Y AVENIDAS URB. LAS MORAS CON RETIRO DE 3.00 M EN CALLES Y AVENIDAS MANZANA “A” SIN RETIRO Y CON VOLADO DE 0.50 M. MANZANA “B” SIN RETIRO.