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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MARZO DEL AÑO 2012 (15/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 68

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 15 de marzo de 2012 462582 RETIROS POR URBANIZACIONES UBICACION RETIROS EXCEPCION URB. VILLA JARDIN CON RETIRO DE 2.00 M EN CALLES Y AVENIDAS CON FRENTE A LA AVENIDA CANADA. MANZANAS “A, B” CON FRENTE A LA AVENIDA DEL AIRE SIN RETIRO. URB. JAVIER PRADO IV ETAPA CON RETIRO DE 3.00 M EN CALLES Y AVENIDAS URB. JAVIER PRADO V ETAPA CON RETIRO DE 3.00 M EN CALLES Y AVENIDAS MANZANA “H” CON FRENTE A LA AVENIDA AGUSTIN DE LA ROSA TORO, SIN RETIRO. URB. JAVIER PRADO III ETAPA CON RETIRO DE 3.00 M EN CALLES Y AVENIDAS URB. CAHUACHE CON RETIRO DE 2.00 M EN CALLES Y AVENIDAS URB. CENTRO INDUSTRIAL COMERCIAL CASTILLA SIN RETIRO LOTES CON FRENTE A LA AVENDA SAN JUAN Y LA AVENIDA NICOLAS ARRIOLA CON RETIRO 3.00 M URB. LOS REYES CON RETIRO DE 3.00 M EN CALLES Y AVENIDAS URB. EL RINCON CON RETIRO DE 3.00 M EN CALLES Y AVENIDAS MANZANA “B” CON FRENTE A LA CALLE PUERTO CHALA Y AVENIDA SAN JUAN SIN RETIRO. URB. LINCOLN CON RETIRO DE 3.00 M EN CALLES Y AVENIDAS MANZANA “U” CON FRENTE A LA CALLE PUERTO INCA SIN RETIRO. URB. LA LIBERTAD CON RETIRO DE 3.00 M EN CALLES Y AVENIDAS MANZANA “C” CON FRENTE AL JIRON ANDRES COSTELO, MANZANA “E” CON FRENTE A LA CALLE MATEO SILVA SIN RETIRO. URB. TUPAC AMARU RETIROS VARIABLES RESPETANDO EL PROYECTO ORIGINAL A.A.H.H. LIMATAMBO NORTE SIN RETIRO Y CON VOLADIZO DE 0.50 M. CON FRENTE A LA AVENIDA CANADA 5.00 M DE RETIRO Y CON VOLADIZO DE 0.50 M. AGRUPACION ESTHER, C O O P E R A T I V A P A C H A C U T E C , COOPERATIVA TUPAC AMARU SIN RETIRO * EN LOTES EN ESQUINA QUE CONLINDEN CON JIRONES, CALLES Y PASAJES EL RETIRO EN LA LONGITUD MAYOR SERA DE 0.00 M. 763573-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Prorrogan plazo de vencimiento para pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del año 2012, así como de beneficios e incentivos DECRETO DE ALCALDÍA N° 06-2012-MSS Santiago de Surco, del 14 de marzo de 2012 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El Memorándum N° 150-2012-GAT-MSS de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Técnico N° 007-2012-SGORT-GAT-MSS de la Subgerencia de Orientación, Registro y Recaudación Tributaria, el Informe N° 204-2012-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica y las Ordenanzas N° 400-MSS, 410-MSS y 417- MSS; CONSIDERANDO: Que, a través de la Ordenanza N° 400-MSS, modifi cada mediante Ordenanza N° 410-MSS, se aprobó el Marco Legal y Disposiciones para el Cálculo de los Arbitrios Municipales para el año 2012, ratifi cada por Acuerdo de Concejo N° 1559 de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Asimismo, el Artículo 6° de la Ordenanza N° 400-MSS señala que el vencimiento para el pago por la prestación mensual del servicio en el ejercicio 2012, coincidirá con las fechas de pago programadas para el Impuesto Predial, excepto el mes de Diciembre, estableciendo que el pago de Arbitrios de los meses de enero y febrero del 2012, vence el 29 de febrero de 2012, salvo que por Ordenanza se establezca prórroga de pagos; Que, mediante Ordenanza Nº 417-MSS, se prorroga el plazo de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales hasta el 15 de marzo de 2012. Asimismo, en su Artículo Segundo, faculta al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, pueda efectuar prorrogas de plazo para el pago del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2012; Que, mediante Memorándum N° 150-2012-GAT-MSS la Gerencia de Administración Tributaria, adjuntando el Informe Técnico N° 007-2012-SGORT-GAT-MSS de la Subgerencia de Orientación, Registro y Recaudación Tributaria, expone que en atención a los múltiples pedidos de los vecinos del distrito, se ha elaborado la propuesta de prorroga del plazo para el pago del primer vencimiento del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2012; Que, tratándose de una norma que otorga beneficios, la Gerencia de Administración Tributaria precisa que resulta innecesaria la prepublicación del proyecto en tanto constituye únicamente la aplicación de beneficios, conforme a lo establecido en el inciso 3.2. del Artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001- 2009-JUS; Contando con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe N° 204-2012- GAJ-MSS; y en uso de las facultades establecidas en el numeral 6) del Artículo 20° de la Ley N° 27972; DECRETA: Artículo Único.- PRORROGAR el plazo del primer vencimiento del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del año 2012, hasta el 30 de marzo de 2012, así como de los benefi cios e incentivos asociados al mismo y de la presentación de la declaración jurada del Impuesto Predial, que coincidiera con la fecha del primer vencimiento. DISPOSICIONES FINALES Primera.- El presente Decreto de Alcaldía entra en vigencia al día siguiente de su publicación. Segunda.- Encargar a la Gerencia Administración Tributaria y a la Gerencia de Tecnologías de la Información el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía; y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la divulgación y difusión de sus alcances. Tercera.- Disponer la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco, dentro del día siguiente de su aprobación, conforme lo prescribe el Artículo 15° de la Directiva N° 001-2010-PCM/SGP aprobada mediante Resolución Ministerial N° 200- 2010-PCM. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 763933-1