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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2012 (19/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 19 de marzo de 2012 462755 mediante Resolución Ministerial, el cual tendrá una vigencia de un año, renovable, para que puedan operar en el ámbito marítimo adyacente al departamento de Tumbes, debiendo señalar además un representante y su domicilio real o procesal dentro de la jurisdicción del Gobierno Regional de Tumbes; Que, la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia, considerando la propuesta de la Dirección Regional de la Producción del Gobierno Regional de Tumbes remitida con el Ofi cio de Vistos, ha presentado para su aprobación el modelo de Convenio de fi el y cabal cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de las Actividades Extractivas Artesanales y de Menor Escala del ámbito marítimo adyacente al departamento de Tumbes, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2011-PRODUCE; Que, de acuerdo a lo dispuesto en las normas citadas, resulta necesario aprobar el modelo de Convenio de Fiel y Cabal cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de las Actividades Extractivas Artesanales y de Menor Escala del ámbito marítimo adyacente al departamento de Tumbes y establecer el plazo para la suscripción de dicho Convenio; Con el visado de la Viceministra de Pesquería y de los Directores Generales de la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PE, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de las Actividades Extractivas Artesanales y de Menor Escala del ámbito marítimo adyacente al departamento de Tumbes, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2011-PRODUCE, así como en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el modelo de Convenio de Fiel y Cabal cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de las Actividades Extractivas Artesanales y de Menor Escala del ámbito marítimo adyacente al departamento de Tumbes, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2011-PRODUCE, que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los titulares o representantes legales de las embarcaciones pesqueras artesanales con redes de cerco y de menor escala con redes de cerco, arrastre de fondo y media agua, que cumplan con lo dispuesto en el referido Reglamento de Ordenamiento Pesquero, deberán suscribir el Convenio a que se refi ere al artículo precedente, dentro de las setenta y dos (72) horas contadas a partir de la instalación del Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ URQUIZO MAGGIA Ministro de la Producción ANEXO CONVENIO DE FIEL Y CABAL CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES CONTENIDAS EN EL REGLAMENTO DE ORDENAMIENTO PESQUERO DE LAS ACTIVIDADES EXTRACTIVAS ARTESANALES Y DE MENOR ESCALA DEL ÁMBITO MARÍTIMO ADYACENTE AL DEPARTAMENTO DE TUMBES, APROBADO POR DECRETO SUPREMO N° 020-2011-PRODUCE Conste por el presente documento, el Convenio de Fiel y Cabal Cumplimiento de las disposiciones contenidas