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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO 2012 (28/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de marzo de 2012 463207 dependiente del Ministerio de Defensa, encargado de cali¿ car y proponer al Poder Ejecutivo el otorgamiento del título honorí¿ co de Héroe Nacional, a ser concedido mediante Ley expresa; Que, el artículo 5º del Reglamento de la Ley Nº 26841, aprobado por Decreto Supremo Nº 049-DE- SG del 15 de octubre de 1999, señala que el Consejo Nacional de Cali¿ cación de Acciones Heroicas se encuentra integrado por el titular del Ministerio de Defensa, quien lo preside, así como por los titulares de los Ministerios del Interior, Educación, Promoción de la Mujer y Desarrollo Humano (actualmente Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables), Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y Asamblea Nacional de Rectores; Que, el artículo 6º del citado Reglamento, establece que el Consejo Nacional de Cali¿ cación de Acciones Heroicas contará con el apoyo técnico de un Secretario y un Asesor Legal, los que serán designados por el Presidente de dicho Consejo; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 439 -2009/ DE/SG del 15 de mayo de 2009, se designó al Coronel FAP Carlos Gustavo Valencia Suarez, como Secretario y al señor Alfredo Prado Ramos, como Asesor Legal del Consejo Nacional de Cali¿ cación de Acciones Heroicas; Que, resulta necesario dejar sin efecto la resolución antes citada, a ¿ n de designar a las funcionarias Giuliana Horna Padrón Directora General de Recursos Humanos, como Secretaria y Sandra Inés Ramírez Méndez Jefa de la O¿ cina General de Asesoría Jurídica, como Asesora Legal; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594 del 14 de diciembre del 2001, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 439-2009/DE/SG y designar a partir de la fecha, a la señora Giuliana Horna Padrón como Secretaria y a la señora Sandra Inés Ramírez Méndez como Asesora Legal del Consejo Nacional de Cali¿ cación de Acciones Heroicas. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa 769931-2 Aprueban el Convenio de Cooperación Interinstitucional para la implementación de Becas y Créditos Educativos entre el Ministerio de Defensa y el Ministerio de Educación RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 353-2012-DE/SG Lima, 26 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2011-DE del 29 de marzo de 2011, en su artículo 3º, numeral 3.2), literal n), establece que tiene como función, entre otras, la de promover y suscribir convenios de cooperación y colaboración interinstitucional a nivel nacional e internacional en el ámbito de su competencia y de acuerdo a la ley; Que, el artículo 9), literal u) de la Ley Nº 29605, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, señala que el Ministro tiene como función, entre otras, la de delegar o desconcentrar en los funcionarios del Ministerio de Defensa las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función y ejercer las demás funciones que le asigna la Constitución Política del Perú y las demás leyes; Que, conforme al referido marco, resulta procedente delegar al Viceministro de Políticas para la Defensa, la facultad de suscribir el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Educación y el Ministerio de Defensa, para la Implementación de Becas y Créditos Educativos, cuyo objeto es capacitar a los bene¿ ciarios licenciados de las Fuerzas Armadas; Que, conforme a lo informado por la Dirección General de Educación y Doctrina de Ministerio de Defensa, desde el 01 de febrero de 2012 se han llevado a cabo las evaluaciones para el personal que será bene¿ ciado con las Becas antes mencionadas, las mismas que han sido entregadas el 02 de marzo de 2012 en la modalidad Especial – Licenciados del Ejército; Que, el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley N° 27444 – “Ley del Procedimiento Administrativo General”, señala que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e¿ cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e¿ cacia del acto el supuesto de hecho justi¿ cativo para su adopción. En el presente caso, la designación debe surtir efecto para el año ¿ scal 2012; De conformidad con la Ley Nº 29605 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2011-DE; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar con e¿ cacia anticipada al 01 de febrero de 2012, el Convenio de Cooperación Interinstitucional para la implementación de Becas y Créditos Educativos entre el Ministerio de Defensa y el Ministerio de Educación; y delegar al señor Wilver Alfredo CALLE GIRON, Viceministro de Políticas para la Defensa, la facultad de suscribir el referido convenio, en representación del Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa 769931-3 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 323-2012-DE/SG Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 323- 2012-DE/SG, publicada en nuestra edición del día 23 de marzo de 2012. En el quinto considerando; DICE: (...) COR FAP Jorge Luis Starke y Stella (...) DEBE DECIR: (...) COR FAP Jorge Luis Starke y Estella (...) En el Artículo 1°; DICE: (...) COR FAP Jorge Luis Starke y Stella (...) DEBE DECIR: (...) COR FAP Jorge Luis Starke y Estella (...) 769435-1