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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de marzo de 2012 463295 S2 de 24.02.2012, se declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la indicada empresa contra la Resolución Nº 079-2012-TC-S2, que la sanciona con trece (13) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipifi cada en el literal b) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017. 15. SMART BUILDING S.R.L., Mediante Resolución Nº 222-2012-TC-S2 del 01.03.2012, se declaró improcedente el recurso de reconsideración interpuesto por la indicada empresa contra la Resolución Nº 082-2012-TC-S2 del 23.01.2012 que la sanciona con doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o inexactos, infracción tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017. 16. DENT IMPORT S.A., Mediante Resolución Nº 206- 2012-TC-S1 de 29.02.2012, se declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la indicada empresa contra la Resolución Nº 086-2012-TC-S1 del 25.01.2012, que la sanciona con doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipifi cada en el literal b) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017. 17.INVERSIONES SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES S.A.C., Mediante Resolución Nº 223-2012-TC-S2 del 01.03.2012, se declaró improcedente por extemporáneo el recurso de reconsideración interpuesto por la indicada empresa contra la Resolución Nº 095-2012-TC-S2 del 27.01.2012 que la sanciona con doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o inexactos, infracción tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017. 18. VEGA AYBAR JORGE PASCUAL, Mediante Resolución Nº 223-2012-TC-S2 de 01.03.2012, se declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por el indicado señor contra la Resolución Nº 095-2012-TC-S2 del 27.01.2012, que lo sanciona con doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o información inexacta, infracción tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017. 19. GRUPO SANTA FE S.A.C., Mediante Resolución Nº 205-2012-TC-S1 de 29.02.2012, se declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la indicada empresa contra la Resolución Nº 098-2012-TC-S1 del 30.01.2012, que la sanciona con doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipifi cada en el literal b) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017. 20. PROVEEDOR DE SERVICIOS GENERALES S.A.C., Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o información inexacta, causal tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; según Resolución Nº 113-2012-TC-S1 del 02.02.2012, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 21. MERGING ASISTENCIA INTEGRAL S.R.L., Inhabilitación por catorce (14) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o información inexacta, causal tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; según Resolución Nº 119-2012-TC-S2 del 03.02.2012, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de publicada la indicada resolución. 22. CONSTRUTEC S.R.L., Inhabilitación por catorce (14) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipifi cada en el literal b) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; según Resolución Nº 123-2012-TC-S2 del 06.02.2012, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 23.GALAAD E.I.R.L., Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por no suscribir injustifi cadamente el contrato, causal tipifi cada en el literal a) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017; según Resolución Nº 126-2012-TC-S2 del 06.02.2012, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 24. SANTA LUCIA S.A.C. CONSTRUCCIONES, MAQUINARIAS, EQUIPOS Y SERVICIOS GENERALES, Inhabilitación por dos (02) meses en su derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM, según Resolución Nº 127- 2012-TC-S1 de 07.02.2012, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 25. LANCE GRAFICO S.A.C., Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber participado en proceso de selección sin contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores y por la presentación de documentos falsos o información inexacta, , causales tipifi cadas en los literales e) e i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017; según Resolución Nº 133-2012-TC-S1 del 07.02.2012, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notificada la indicada resolución. 26. T & G CONSULTING S.A.C., Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o información inexacta, causal tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; según Resolución Nº 138- 2012-TC-S2 del 08.02.2012, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de publicada la indicada resolución. 27. CORPORACION SEMCA S.R.L., Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipifi cada en el literal b) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; según Resolución Nº 140-2012-TC-S2 del 08.02.2012, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 28.MUÑOZ SAENZ DANIEL MAURICIO, Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipifi cada en el literal b) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; según Resolución Nº 141-2012-TC-S2 del 08.02.2012, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 29. CONSTRUMAS S.A.C., Inhabilitación por trece (13) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o información inexacta, causal tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; según Resolución Nº 143-2012-TC-S1 del 09.02.2012, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 30. HTJ CONSTRUCTORA S.A.C., Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o información inexacta, causal tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; según Resolución Nº 143- 2012-TC-S1 del 09.02.2012, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución.