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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de marzo de 2012 463363 4.6 La Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del MINSA, remitirá a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del MINSA, en un plazo máximo de cinco (05) días hábiles contados a partir del día siguiente de vencido el plazo a que se refi ere el numeral 4.5, el costo de nombramiento de personal en virtud a las Leyes Nºs. 28498 y 28560, a fi n de que elabore el proyecto de Decreto Supremo para la respectiva transferencia de partidas para el caso de los Gobiernos Regionales y Organismos Públicos y disponer las acciones necesarias para el caso del Pliego 011- MINSA, equivalente al aporte diferencial necesario, el cual será calculado de manera individual en base a la diferencia del costo total de la plaza a nombrar y el monto que percibe como honorarios el personal contratado. Para el caso del personal que no cuente con vínculo contractual vigente con las Unidades Ejecutoras de Salud, el aporte diferencial equivaldrá al costo total de la plaza a nombrar; el mismo tratamiento se seguirá para el personal contratado por otra fuente de fi nanciamiento distinta a la de recursos ordinarios. 4.7 Una vez autorizada la transferencia de partidas, las Ofi cinas de Planeamiento y Presupuesto o las que hagan sus veces en los Pliegos respectivos, desagregarán dicha transferencia mediante Resolución de su Titular, a nivel de unidad ejecutora, dentro de los cinco (05) días calendario de aprobado el Decreto Supremo y autorizarán la incorporación de dichos recursos en el Presupuesto Institucional de cada una de ellas, conforme a la normatividad presupuestaria vigente. 4.8 Las Unidades Ejecutoras de salud, luego de realizar las modifi caciones presupuestales dentro de los plazos previstos en los respectivos dispositivos legales, solicitarán a las Ofi cinas de Planeamiento y Presupuesto o las que hagan sus veces en los pliegos respectivos, opinión favorable de disponibilidad presupuestal para efectuar la modifi cación del Presupuesto Analítico de Personal con el propósito de crear las plazas necesarias para el nombramiento, de acuerdo a lo establecido en la Segunda Disposición Transitoria de la Ley Nº 28411, “Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto”. 5. MODIFICACIÓN DEL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL – CAP 5.1 Las Ofi cinas de Planeamiento y Presupuesto o las que hagan sus veces en las unidades ejecutoras de Salud, deberán efectuar la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP en caso no se cuente con los cargos previstos para efectuar el nombramiento del personal señalado en el numeral 4.2. Para ello, dichas unidades deberán solicitar a sus Pliegos respectivos la aprobación de las modifi caciones correspondientes a fi n de considerar los cargos necesarios para los nombramientos, en un plazo que no deberá exceder los veinte (20) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del Decreto Supremo que aprueba los presentes lineamientos en el Diario Ofi cial El Peruano. 5.2 Las Ofi cinas de Planeamiento y Presupuesto o las que hagan sus veces en las Unidades Ejecutoras, deberán elaborar las modifi caciones del CAP, de acuerdo a los criterios técnicos que establece el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, Lineamientos para la elaboración y aprobación de los Cuadros para Asignación de Personal. Para la creación de los cargos previstos se tendrá en cuenta la necesidad institucional, así como la naturaleza de las funciones y el nivel de la responsabilidad que amerita el cumplimiento de requisitos y califi caciones para su cobertura. 5.3 El proyecto de CAP elaborado por las Ofi cinas de Planeamiento y Presupuesto, o las que hagan sus veces en las diversas unidades ejecutoras de salud, deberán ser presentados; en el caso del Pliego 011 - MINSA y de sus organismos públicos a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto respectiva; y en el caso de los Gobiernos Regionales, a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, adjuntando lo siguiente: • Informe Técnico, que deberá contener el informe de la Ofi cina de Recursos Humanos o las que hagan sus veces en las unidades ejecutoras de salud, el cual incluirá la relación nominal del personal a ser nombrado y el informe a través del cual se otorga la disponibilidad presupuestal para el fi nanciamiento de los cargos. • Informe Legal. 5.4 La Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del MINSA y las Gerencias de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial de los Gobiernos Regionales respectivamente, emitirán opinión al respecto. En caso de ser favorable, propondrán la norma aprobatoria correspondiente a sus titulares de pliego, en un plazo que no excederá a los cinco (05) días hábiles contados a partir del día siguiente de la fecha de presentación. En caso existan observaciones, las unidades ejecutoras contarán con cinco (05) días hábiles a partir del día siguiente de comunicadas las mismas, para su respectiva subsanación. 6. MODIFICACIÓN DEL PRESUPUESTO ANALÍTICO DE PERSONAL - PAP 6.1 La Modifi cación del Presupuesto Analítico de Personal 2012, aprobado con la Resolución respectiva, se realizará de la siguiente manera: REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL