Norma Legal Oficial del día 05 de mayo del año 2012 (05/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 5 de MORDAZA de 2012

el dia siguiente de la publicacion de la propuesta de OBI por parte del OSIPTEL, las empresas operadoras del servicio de telefonia fija y las empresas operadoras de servicios publicos moviles remitiran las OBI correspondientes a sus servicios, para revision y aprobacion del OSIPTEL. II. ANALISIS. La OBI es un documento que contiene las condiciones tecnicas, economicas y legales, que resultan necesarias para que con la aceptacion por parte de un operador de telecomunicaciones, se genere un acuerdo de interconexion. La OBI debe ser de conocimiento publico a fin de que el operador que este interesado en solicitar la interconexion, pueda evaluar previamente las condiciones establecidas en la OBI y de estar de acuerdo con las mismas, pueda aceptar su aplicacion, evitandose entrar en un MORDAZA convencional de negociacion del acuerdo de interconexion, que dilatara su entrada al MORDAZA de telecomunicaciones. En ese sentido, la OBI facilita el establecimiento de las relaciones de interconexion, disminuyendo los costos de transaccion entre los operadores de servicios publicos de telecomunicaciones convirtiendose en un instrumento regulatorio que favorece la suscripcion de los contratos de interconexion, y en consecuencia, resulta favorable para el MORDAZA de servicios publicos de telecomunicaciones. El OSIPTEL mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 106-2011-CD/OSIPTEL de fecha 18 de agosto de 2011, aprobo las disposiciones para que las empresas operadoras del servicio de telefonia fija y de los servicios publicos moviles presenten sus OBI. La MORDAZA de las referidas OBI se sujeto a que previamente el OSIPTEL publicara una propuesta de OBI, la cual servira de referencia a las empresas operadoras del servicio de telefonia fija y de los servicios publicos moviles. En este contexto, la presente resolucion dispone la publicacion para comentarios y sugerencias de los interesados del proyecto de la propuesta de OBI, de manera previa a la publicacion definitiva de la misma; debiendose precisar que se inicia este MORDAZA con la OBI correspondiente al servicio de telefonia fija. Para mayor claridad respecto del MORDAZA de aprobacion de las OBI correspondiente al servicio de telefonia fija se presenta el siguiente cuadro: Etapas para la elaboracion, revision y aprobacion de las OBI
1 Establecimiento de la obligacion de presentar Resolucion de Consejo Directivo N° OBI 106-2011-CD/OSIPTEL. Publicada en el Diario Oficial El Peruano el 26 de agosto de 2011. Publicacion del Proyecto de Propuesta de OBI Mediante la presente resolucion. para el servicio de telefonia fija por parte del OSIPTEL. Aprobacion y publicacion de la Propuesta de Luego de la evaluacion de los OBI para el servicio de telefonia fija. comentarios y sugerencias al Proyecto de Propuesta de OBI para el servicio de telefonia fija. Remision de las OBI por parte de las empresas Plazo de treinta (30) dias habiles operadoras del servicio de telefonia fija, para contados desde el dia siguiente de revision y aprobacion del OSIPTEL. la publicacion de la propuesta de OBI por parte del OSIPTEL Revision y aprobacion de las OBI del servicio El OSIPTEL aprobara la OBI dentro de telefonia fija por parte del OSIPTEL del plazo de treinta (30) dias habiles contados a partir de la MORDAZA de la misma, salvo la existencia de observaciones. El procedimiento de revision y aprobacion se sujeta a lo dispuesto por la Resolucion de Consejo Directivo N° 106-2011-CD/ OSIPTEL.

siguientes interconexiones de las empresas operadoras del servicio de telefonia fija: (i) Red del servicio de telefonia fija (en areas urbanas y rurales y/o lugares de preferente interes social) con la red de los servicios portadores de larga distancia. (ii) Red del servicio de telefonia fija (en areas urbanas y rurales y/o lugares de preferente interes social) con otra red del servicio de telefonia fija (en areas urbanas y rurales y/o lugares de preferente interes social). (iii) Red del servicio de telefonia fija (en areas urbanas y rurales y/o lugares de preferente interes social) con la red de los servicios publicos moviles. El proyecto de propuesta de OBI incluye los siguientes aspectos: · Las condiciones generales de la interconexion. · El proyecto tecnico · Las condiciones economicas a ser aplicables. · Los esquemas de liquidacion. · Las caracteristicas operativas y economicas del servicio de facturacion y recaudacion a ser prestado por la empresa del servicio de telefonia fija a la empresa operadora del servicio de larga distancia. Cabe senalar que el presente proyecto de propuesta de OBI es puesto a consideracion de los interesados por un plazo de treinta (30) dias calendario, a efectos de que remitan los comentarios y sugerencias correspondientes.

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ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA DEL MORDAZA DE VALORES
Autorizan la difusion del Proyecto de modificacion del Reglamento de Empresas Proveedoras de Precios
RESOLUCION SMV Nº 012-2012-SMV/01 MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2012 VISTOS: El Expediente Nº 2012008834 y el Memorandum Conjunto Nº 865-2012-SMV/06-SMV/10-SMV/12 de fecha 26 de MORDAZA de 2012, emitido por la Oficina de Asesoria Juridica, la Superintendencia Adjunta de Supervision Prudencial y la Superintendencia Adjunta de Investigacion y Desarrollo, asi como el Proyecto de Modificacion del Reglamento de Empresas Proveedoras de Precios (el Proyecto); CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 1º, literal a) del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (SMV), aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126 y modificado por la Ley de Fortalecimiento de la Supervision del MORDAZA de Valores, Ley Nº 29782, es funcion de la SMV, (antes CONASEV), velar por la proteccion de los inversionistas, la eficiencia y transparencia de los mercados bajo su supervision, la correcta formacion de precios y la difusion de toda la informacion necesaria para tales propositos, a traves de la regulacion, supervision y promocion; Que, mediante Resolucion CONASEV Nº 101-2009EF/94.01.1, publicada el 30 de diciembre de 2009, se aprobo el Reglamento de Empresas Proveedoras de Precios (en adelante, el Reglamento); Que, teniendo en consideracion la relevancia de la industria de proveeduria de precios para la transparencia de las operaciones en el MORDAZA, asi como el hecho de que dicha industria aun se encuentra en una etapa de formacion, el Proyecto plantea algunos ajustes al Reglamento, proponiendo como medida promotora un esquema gradual de requerimientos de patrimonio minimo con el que deberan contar las Empresas Proveedoras de Precios, asi como un MORDAZA regimen para la determinacion de los actos, transferencias accionarias, aumentos de capital y modificaciones estatutarias que requieren previa aprobacion de la SMV;

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Conforme al cuadro precedente, mediante la presente resolucion, el MORDAZA se encuentra en su etapa 2. Luego que se reciban los comentarios y sugerencias al presente proyecto de propuesta de OBI para las empresas operadoras del servicio de telefonia fija, el OSIPTEL publicara la propuesta de OBI dando cumplimiento a lo dispuesto por el articulo 1° de la Resolucion de Consejo Directivo N° 106-2011-CD/OSIPTEL. A partir de la publicacion de la propuesta a que hace referencia el parrafo precedente, se iniciara el computo del plazo para que las empresas operadoras del servicio de telefonia fija remitan las OBI correspondientes a sus servicios, para revision y aprobacion del OSIPTEL, conforme a lo senalado por el ultimo parrafo del articulo 1° de la Resolucion de Consejo Directivo N° 106-2011-CD/OSIPTEL. Asi, mediante la presente resolucion se dispone la publicacion previa del proyecto de propuesta de OBI para las empresas operadoras del servicio de telefonia fija. Este proyecto de propuesta de OBI presenta las condiciones tecnicas, economicas y legales correspondientes a las

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