Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2012 (10/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de MORDAZA de 2012

que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de de 2 089,72 m², de conformidad con el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/ SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44º del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0054-2012/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 18 de MORDAZA de 2012; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 2 089,72 m², ubicado al norte y este de la Manzana A, del Asentamiento Humano la Juventud y al este del Asentamiento Humano el Madrigal II, en el distrito de Comas, provincia y departamento de Lima; segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ANTUANET MORDAZA MORDAZA Subdirectora (e) de Administracion del Patrimonio Estatal 786123-2

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Designan responsable de entregar informacion de acceso publico, elaborar y actualizar el MORDAZA de internet y del Libro de Reclamaciones del OSCE
RESOLUCION Nº 114-2012-OSCE/PRE MORDAZA MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que, el articulo 57º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº

1017, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE es un organismo publico adscrito al Ministerio de Economia y Finanzas, con personeria juridica de derecho publico, que goza de autonomia tecnica, funcional, administrativa, economica y financiera; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental de acceso a la informacion consagrada en el numeral 5) del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru; Que, el articulo 8º del citado Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, establece que las entidades identificaran, bajo responsabilidad de su MORDAZA representante, al funcionario responsable de brindar la informacion solicitada; Que, los literales b) y c) del articulo 3º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0722003-PCM, establecen que es obligacion de la MORDAZA autoridad de la Entidad designar al responsable de entregar la informacion de acceso publico, asi como al responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia; Que, articulo 4º del referido Reglamento establece que la designacion de los responsables de entregar informacion, y de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA se efectuara mediante Resolucion de la MORDAZA autoridad de la entidad y sera publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, de otro lado, mediante Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM, se establece la obligatoriedad de las entidades del Sector Publico de contar con un Libro de Reclamaciones, en el cual los usuarios puedan formular sus reclamos, entendidos como la expresion de insatisfaccion o disconformidad respecto de la atencion brindada por la entidad publica en el ejercicio de su funcion administrativa; Que, el articulo 5º del citado Decreto Supremo dispone que mediante resolucion del titular de la entidad se designara al responsable del Libro de Reclamaciones de la entidad; Que, mediante Resolucion Nº 673-2011-OSCE/PE, de fecha 23 de noviembre de 2011, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina de Apoyo a la Gestion Institucional como responsable del OSCE para entregar la informacion de acceso al publico, asi como de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia, y como responsable del Libro de Reclamaciones del OSCE; Que, los literales d) y g) del articulo 43º del Reglamento de Organizacion y Funciones del OSCE, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 789-2011EF/10, establece que la Oficina de Apoyo a la Gestion Institucional es la encargada de brindar atencion al usuario; asi como el atender las solicitudes de informacion y/o documentacion solicitada bajo los alcances de la normativa de transparencia y acceso a la informacion publica y, en tal sentido, actuar como responsable de la entrega de informacion de acceso publico, asi como de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia; Que, mediante Resolucion Nº 112-2012-OSCE/PRE, de fecha 07 de MORDAZA de 2012, se acepto la renuncia del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Jefe de la Oficina de Apoyo a la Gestion Institucional del OSCE y se designo al senor MORDAZA MORDAZA Battilana como Jefe de la referida Oficina; Que, en este sentido, corresponde designar de manera expresa al funcionario responsable del OSCE para entregar la informacion de acceso publico, asi como de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia; ademas de ser el responsable del Libro de Reclamaciones del OSCE; De conformidad con el articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del OSCE, y con las visaciones de la Secretaria General y la Oficina de Asesoria Juridica;

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