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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de mayo de 2012 466021 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan Juez Supernumeraria del Vigésimo Tercer Juzgado Penal de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 322-2012-P-CSJLI/PJ Lima, 9 de mayo del 2012 VISTOS y CONSIDERANDOS: Que, mediante ingreso Nº 30878-2012 la doctora Elena Mayuri Bocanegra, Juez del Vigésimo Tercer Juzgado Penal de Lima, solicita licencia con goce de haber por motivos de salud a partir del 09 de mayo del año en curso. Que, en atención a lo expuesto en el considerando anterior, esta Presidencia considera pertinente con el fi n de no alterar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales del Vigésimo Tercer Juzgado Penal de Lima designar al Magistrado que reemplazará a la doctora Mayuri Bocanegra. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la doctora LEISLIE SHARON VALDEZ MANRIQUE, como Juez Supernumeraria del Vigésimo Tercer Juzgado Penal de Lima, a partir del 10 de mayo del presente año y mientras dure la licencia por motivos de salud de doctora Mayuri Bocanegra. Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 786669-1 ORGANOS AUTONOMOS MINISTERIO PUBLICO Aprueban Tarifario Único del Ministerio Público para el Año 2012 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1056-2012-MP-FN Lima, 7 de mayo de 2012 VISTOS: El Ofi cio Nº 337-2012-MP-FN-GG y el Informe Nº 047-2012-MP-FN-GG/OCPLAP/03, de la Ofi cina Central de Planifi cación y Presupuesto, relacionado con la aprobación del Tarifario Único del Ministerio Público para el año 2012; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2205-2010-MP-FN de fecha 30 de diciembre de 2010, se aprobó el Tarifario Único del Ministerio Público, el cual contiene los servicios prestados por el Ministerio Público a través de las Dependencias Fiscales, Administrativas y Divisiones Médico Legales sujetos a la Unidad Impositiva Tributaria; Que, en aplicación a lo establecido por el Sub Capítulo III “Colaboración entre entidades” de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, es necesario precisar que el Ministerio Publico a través de sus unidades orgánicas podrá brindar servicios a las entidades en forma gratuita siempre y cuando sus gastos no resulten elevados o pongan en peligro el cumplimiento de las funciones Institucionales o cuando las acciones se encuentren fuera del ámbito de la actividad ordinaria de la entidad, conforme lo establecen los numerales 76.2.3 y 79.2 de los artículo 76º y 79º de la referida Ley; Que, por Decreto Supremo Nº 233-2011-EF, se aprobó el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), para el año 2012, en la suma de Tres Mil Seiscientos cincuenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 3,650.00); Que, los numerales 38.2 y 38.3 del artículo 38º de la Ley Nº 27444, “Ley del Procedimiento Administrativo General”, disponen que cada dos (02) años, las entidades están obligadas a publicar el íntegro del TUPA bajo responsabilidad del Titular sin embargo, podrán hacerlo antes, cuando consideren que las modifi caciones producidas en el mismo lo ameriten; Que, por lo anteriormente expuesto resulta necesario proceder a la modifi cación y actualización del Tarifario Único del Ministerio Público, teniendo en consideración que la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, regula las actuaciones de la función administrativa del Estado y el procedimiento administrativo común desarrollado en las entidades, estableciendo que los procedimientos especiales creados y regulados como tales por Ley expresa, atendiendo a la singularidad de la materia, se rigen supletoriamente por dicha Ley en aquellos aspectos no previstos y en los que no son tratados expresamente de modo distinto; Contando con los vistos buenos de la Gerencia General, Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, Escuela del Ministerio Público, Ofi cina Central de Planifi cación y Presupuesto y Ofi cina de Asesoría Jurídica, y; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, lo dispuesto por el artículo 38º de la Ley Nº 27444 y el artículo 15º del Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Tarifario Único del Ministerio Público, para el año 2012, el mismo que consta de tres (03) folios y un (01) Formato “Solicitud de Exoneración de Pago de Servicio de Indigentes”, que forman parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2205-2010-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2010. Artículo Tercero.- Considerar como excepciones al pago por los servicios que brinda el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses en los siguientes casos: 1. Los Policías y Bomberos en el cumplimiento de sus funciones. 2. Las diligencias y pericias requeridas, por el Poder Judicial y Ministerio Público, que resulten como consecuencia de las acciones penales.