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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 16 de mayo de 2012 466257 2.2.8 Minutos de comunicación TUP a móvil (larga distancia) 3.5 Trá fi co de TUPs que utilizan tecnología VoIP ( Ingresos ) B.II.1.ii. TELEFONOS PUBLICOS RURALES 2.1.6 Trá fi co local y de larga distancia a través de interoperabilidad 2.2.4 Número de llamadas trá fi co TUP Rural a móvil (larga distancia) 2.2.8 Número de llamadas trá fi co Móvil - TUP Rural (larga distancia) 2.2.12 Minutos de comunicación TUP Rural a móvil (larga distancia) 2.2.16 Minutos de comunicación Móvil - TUP Rural (larga distancia) 3.3 Trá fi co local y de larga distancia a través de interoperabilidad 3.4 Ingresos por trá fi co de TUPs rurales que utilizan tecnología VoIP B.V. INTERNET B.V.1. SERVICIOS MINORISTAS 1.7 Tecnologías de acceso para las cabinas públicas a las cuales provee de acceso a Internet 1.11 Tarjetas prepago Wi - fi 2.1 Trá fi co Telefónico de suscriptores dial-up 2.2 Trá fi co de voz por IP 3.3 Ingresos de trá fi co de voz por IP 3.4 Ingresos por alta B.V.2. SERVICIOS MAYORISTAS 2. Infraestructuras sobre las que se basan los servicios anteriores 3. Provisión mayorista de circuitos virtuales ATM con acceso ADSL a operadores de servicios públicos de telecomunicaciones B.VI. TELEVISION DE PAGA B.VI.1. SERVICIOS MINORISTAS 3. Número de conexiones en servicio según tecnología C. COMUNICACIONES MÓVILES C.I. SERVICIOS MINORISTAS 1.1.3 Líneas últimos 9 meses (sin excluir trá fi co 1.1.5 Líneas últimos 12 meses (sin excluir trá fi co) 1.1.12 Migraciones por tipo de plan 1.1.14 Migraciones por tipo de tecnología 2.1.2.2 Trá fi co local, LDN y LDI terminado en la red de servicios móviles vía servicios especiales de Interoperabilidad 2.1.2.3 Trá fi co telefónico local terminado en la red de servicios móviles 2.1.2.4. Número de mensajes terminados en terminales de servicios móviles (SMS) 2.1.2.5. Mensajes terminados en terminales de servicios móviles (MMS) 2.2.2.4 Número de llamadas por plan tarifario 3.5 Número de mensajes originados en terminales de servicios móviles (SMS) - Ingresos 3.6 Mensajes originados en terminales de servicios móviles (MMS) - Ingresos 3.7 Número de mensajes terminados en terminales de servicios móviles (SMS) - Ingresos 3.8 Mensajes terminados en terminales de servicios móviles (MMS) - Ingresos D. INFRAESTRUCTURA 1. Elementos de conmutación 2. Estaciones base Cuarta.- Las Disposiciones Transitorias Primera y Segunda se derivan del periodo de vacancia que implica lo establecido en el Artículo 1° de la presente resolución, por lo que sólo tendrán efectos para el reporte de los indicadores de información correspondientes a: (i) los meses de Ene-Mar, Abr-Jun y Jul-Set de 2012; (ii) los Trimestres I, II y III de 2012; y (iii) el Primer Semestre de 2012. Para efectos del cumplimiento de dichos requerimientos de información se aplicarán también las reglas establecidas en los artículos 2°, 3° y 4° de la presente resolución, desde su entrada en vigencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTHA CAROLINA LINARES BARRANTES Presidente del Consejo Directivo (e)EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El sector de telecomunicaciones está caracterizado por un importante dinamismo en innovación tecnológica y por la creciente demanda de los consumidores por nuevos servicios. En particular, en los últimos años, el sector ha experimentado una evolución tecnológica que impacta en los indicadores de desempeño de los distintos mercados de servicios públicos de telecomunicaciones. El crecimiento de los servicios móviles, Internet de Banda Ancha, la digitalización de la red, el proceso de Convergencia, entre otros, han modi fi cado la forma de prestación de servicios y ampliado la gama de servicios comercializados. En este sentido, resulta importante que se mantengan actualizados los sistemas de información del sector, a fi n de asegurar que el OSIPTEL cuente permanentemente con una visión del mercado lo más exacta posible -no sólo a nivel minorista sino también a nivel mayorista, disponiendo de la información estadística con fi able y su fi ciente que le permita además realizar una adecuada y oportuna evaluación de las decisiones regulatorias. Bajo estas consideraciones, habiéndose aprobado la “Norma de Requerimientos de Información Periódica sobre los Servicios Públicos de Telecomunicaciones” mediante Resolución Nº 121-2003-CD/OSIPTEL, el OSIPTEL realizó una primera actualización de dicha norma a través de la Resolución Nº 024-2009-CD/OSIPTEL. Posteriormente, la entrada en vigencia del Área Virtual Móvil, así como del Sistema de Llamada por Llamada en el servicio portador de larga distancia aplicable a los usuarios de los Servicios Públicos Móviles, además de la modi fi cación a las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, generó la necesidad de modi fi car algunos de los formatos aprobados por la Resolución Nº 024-2009-CD/OSIPTEL, con el fi n de adecuarlos a esa nueva realidad. Asimismo, sobre la base de las consultas y sugerencias de las empresas concesionarias, realizadas a través de cartas y reuniones sostenidas con sus representantes, se advirtió la necesidad de efectuar precisiones y mejoras en la descripción de los requerimientos de información periódica así como en los respectivos Formatos de Reporte, a fi n de facilitar y simpli fi car el cumplimiento de las obligaciones de reporte. Siguiendo dichos objetivos, mediante la Resolución Nº 131-2010-CD/OSIPTEL se publicó para comentarios un Proyecto de Modi fi cación de la “Norma de Requerimientos de Información Periódica sobre los Servicios Públicos de Telecomunicaciones” en la que se planteó la modi fi cación de los formatos establecidos por la Resolución Nº 024-2009-CD/OSIPTEL, así como la incorporación de nuevos formatos y la eliminación o agregación de otros. Habiendo analizado debidamente los diferentes comentarios presentados en la consulta pública efectuada, y teniendo en cuenta la experiencia del OSIPTEL en la supervisión del cumplimiento de los requerimientos de información vigentes, se determinó que esta actualización normativa debe estar orientada a la consecución de los siguientes objetivos principales: (i) adecuar la norma a las implicancias de los nuevos contextos normativos; (ii) reforzar la calidad de la información reportada, facilitando aún más la comprensión de los requerimientos de información por parte de las empresas operadoras; (iii) optimizar los requerimientos de información periódica; y (iv) facilitar el proceso de sistematización, validación estadística y explotación de los datos. Acorde con los objetivos señalados, mediante la presente resolución se está enfatizando la correspondencia lógica entre los Anexos I y II de la Norma vigente y se están señalando mayores precisiones en los criterios de reporte, incluyendo además un Glosario de Términos referido al tráfi co de voz así como ejemplos de reporte para ciertos formatos de los principales servicios. Por otro lado, se simpli fi ca el detalle de la información requerida, la periodicidad del indicador y de la entrega de la información. En línea con dicho objetivo de simpli fi cación, se están eliminando un conjunto de requerimientos de información, reduciendo así la cantidad de indicadores que las empresas operadoras deben reportar en forma periódica, sin perjuicio de la facultad del OSIPTEL para requerir dicha información cada vez que se considere necesario (1). Complementariamente, se ha determinado 1 El resultado obtenido es que ahora se cuenta con menos formatos, que pasan de un total de 262 Formatos a sólo 225, lo cual implica una importante reducción de 14% en el número de formatos.