Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2012 (16/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 16 de MORDAZA de 2012

de bolsa se lleve a cabo de manera ordenada, transparente y conforme a los reglamentos y demas normas que le resulten aplicables; Que, debido a las funciones del Director de Mercados, es posible que el mismo formule y reciba llamadas telefonicas de los representantes de las sociedades agentes de bolsa con relacion a las propuestas formuladas y/o operaciones ejecutadas. En ese sentido, el numeral 21.5 del articulo 21° del Reglamento1 establece un mecanismo de control interno para las comunicaciones del personal de la Direccion de Mercados con terceros. No obstante y teniendo en cuenta los principios introducidos por la Ley N° 29660, se introducen en el Reglamento nuevas disposiciones que establecen responsabilidades y mecanismos de control interno que aseguren la confidencialidad de la informacion que se maneja en la Direccion de Mercados de las Bolsas de Valores; Que, por otro lado y con el fin de proteger adecuadamente el MORDAZA, se establece un mecanismo de suspension automatica de la MORDAZA de bolsa y demas MCN que administren las Bolsas de Valores, que no dependa de la voluntad del Director de Mercados. Ahora bien, en linea con el texto vigente, la decision de reanudar la MORDAZA de bolsa u otro MCN o la prorroga de la suspension correspondera al Director de Mercados; y, Estando a lo dispuesto por el literal a) del articulo 1º y el literal b) del articulo 5° del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la SMV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126 y modificado por Ley N° 29782, el articulo 7º de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo N° 861, asi como a lo acordado por el Directorio de la Superintendencia del MORDAZA de Valores reunido en su sesion del 10 de MORDAZA de 2012; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificar el ultimo parrafo del articulo 4°, el MORDAZA parrafo del articulo 6°, el numeral 9.6 del articulo 9°, el ultimo parrafo del articulo 10°, el articulo 11°, los numerales 13.6, 13.7, 13.8 y 13.11 del articulo 13°, el numeral 14.2 del articulo 14° y MORDAZA parrafo del articulo 17° del Reglamento del Director de Mercados de las Bolsas de Valores, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 095-2010-EF/94.01.1, con los siguientes textos: "Articulo 4°.- De la direccion de mercados y su titular (...) El Director de Mercados velara por el cumplimiento de lo establecido en el presente reglamento, en las disposiciones dictadas por la SMV respecto de operaciones en los MCN y en las disposiciones de caracter interno que dicte la bolsa respectiva. De acuerdo con lo establecido en el articulo 42° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SMV, aprobado mediante Decreto Supremo N° 216-2011-EF, la Superintendencia Adjunta de Supervision de Conductas de Mercados de la SMV ejerce la supervision, control y sancion relacionadas con la actuacion del Director de Mercados. Articulo 6°.- Nombramiento del Director de Mercados y su suplente (...) La bolsa respectiva debe comunicar dicho hecho al Superintendente del MORDAZA de Valores dentro de un plazo de tres (3) dias habiles adjuntando una declaracion jurada en la que el funcionario designado declare cumplir con los requisitos establecidos en el articulo 8º siguiente y no estar incurso en alguno de los impedimentos contemplados en el articulo 9º del presente reglamento. El Superintendente del MORDAZA de Valores podra oponerse a la designacion por incumplimiento de los requisitos e impedimentos establecidos en la presente MORDAZA dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes de recibida la mencionada comunicacion. Articulo 9°.- Impedimentos para ser Director de Mercados (...) 9.6. Los que hayan recibido sanciones correspondientes a infracciones graves o muy graves. Articulo 10°.- Duracion del cargo (...)

La decision adoptada por el directorio o consejo directivo de la Bolsa respectiva debera ser comunicada al Superintendente del MORDAZA de Valores al dia habil siguiente de adoptada, quien debera confirmarla dentro de los cinco (5) dias de recibida, de no hacerlo, el directorio o consejo directivo de la Bolsa debera nombrar a un MORDAZA Director de Mercados. Articulo 11°.- Remocion o Destitucion del Director de Mercados El Director de Mercados titular y su suplente solo pueden ser removidos de su cargo por decision fundamentada del directorio o consejo directivo de la respectiva bolsa. La decision de remocion debera ser comunicada al Superintendente del MORDAZA de Valores al dia habil siguiente de adoptada, quien podra revocar dicha medida dentro de los cinco (5) dias de recibida si considera que la misma fue arbitraria o no se cumplio con fundamentarla. En este ultimo caso, la decision del Superintendente del MORDAZA de Valores es irrecurrible. Asimismo, el Director de Mercados puede ser removido por el Superintendente del MORDAZA de Valores, con prescindencia del inicio de un procedimiento sancionador, por el incumplimiento de alguno de los requisitos o incurrir en algun impedimento establecido para el cargo en el presente reglamento. Articulo 13°.- Obligaciones del Director de Mercados (...) 13.6 Elaborar los registros y reportes a que se refiere el articulo 17º del presente reglamento o aquellos que la Superintendencia Adjunta de Supervision de Conductas de Mercados le solicite. 13.7 Remitir a la Superintendencia Adjunta de Supervision de Conductas de Mercados los registros a que se refiere el articulo 17º del presente reglamento, cumpliendo los plazos, formas, medios y demas aspectos que se establezcan en las especificaciones aprobadas por el Directorio de la SMV, salvo que medie delegacion al Superintendente del MORDAZA de Valores. 13.8 Dar cumplimiento a las resoluciones emitidas por la SMV. El Director de Mercados debera ejecutar el mandato inmediatamente o de acuerdo con lo senalado en la resolucion respectiva. (...) 13.11. Velar y establecer mecanismos o procedimientos para que el area fisica de la Direccion de Mercados sea de acceso restringido durante las sesiones de negociacion o mientras en dicha area se este procesando o se tenga informacion de caracter confidencial. En este periodo unicamente pueden acceder al area fisica de la Direccion de Mercados las personas que laboran en dicha unidad y el personal de la Superintendencia Adjunta de Supervision de Conductas de Mercados de la SMV. Articulo 14°.- Facultades del Director de Mercados (...) 14.2 Imponer las medidas correspondientes de acuerdo a lo que se establezca en los reglamentos internos de las bolsas aprobados por el Superintendente del MORDAZA de Valores. Articulo 17º.- Registros y reportes de la direccion de mercados (...) Los registros senalados en los numerales 17.1 y 17.2 precedentes deberan ser completados en el dia de ocurridos los hechos o ejecutadas las decisiones de la direccion de

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Articulo 21.- Obligaciones y responsabilidades del Directorio o Consejo Directivo de las bolsas.- (...) 21.5 Contar con registros audibles de las comunicaciones sostenidas por parte de la direccion de mercados con terceros. Asimismo, debera archivarse los registros telefonicos de llamadas ingresantes y salientes. Estos registros deberan conservarse por un periodo no menor de cinco (5) anos.

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