Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2012 (22/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, martes 22 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

466633

tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Relaciones Internacionales de este Ministerio, y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de la Republica Federativa de Brasil detallado a continuacion, del 23 al 26 de MORDAZA de 2012, para participar en la Reunion del Consejo de Defensa Suramericano UNASUR.
1. Capitan de Mar y MORDAZA 2. Capitan de Mar y MORDAZA MORDAZA Marinho DE CARVALHO Sobrinho MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de la Republica de MORDAZA detallado a continuacion, del 23 al 26 de MORDAZA de 2012, para participar en la reunion de Coordinacion previa a actividades del Consejo Defensa Suramericano UNASUR. 1. Capitan de Navio MORDAZA MORDAZA MORDAZA Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MAGGIA Ministro de Defensa

791267-3 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 590-2012-DE/SG
MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 410 de fecha 14 de MORDAZA de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de Canada, sin MORDAZA de guerra; Que, personal militar de Canada, miembros del Equipo de Asistencia y Planeamiento de Emergencias, ingresara a territorio nacional del 22 al 30 de MORDAZA de 2012, a fin de solicitar reuniones con autoridades gubernamentales y militares peruanas, organismos internacionales con sede en el Peru y otros funcionarios civiles en el pais; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Relaciones Internacionales de este Ministerio, y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de Canada detallado a continuacion, del 22 al 30 de MORDAZA de 2012, a fin de solicitar reuniones con autoridades gubernamentales y militares peruanas, organismos internacionales con sede en el Peru y otros funcionarios civiles en el pais. 1. Mayor 2. Mayor 3. Comandante 4. Comandante 5. MORDAZA 6. MORDAZA MORDAZA STEPHENS MORDAZA OVENS MORDAZA KINGSTON Pawel PASTURCZYK MORDAZA MORDAZA MORDAZA SIBBALD

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MAGGIA Ministro de Defensa

791267-2 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 589-2012 DE/SG
MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 372 de fecha 04 de MORDAZA de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, personal militar de la Republica de MORDAZA, ingresara a territorio nacional del 23 al 26 de MORDAZA de 2012, para participar en la reunion de Coordinacion previa a actividades del Consejo Defensa Suramericano UNASUR; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Relaciones Internacionales de este Ministerio, y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899;

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MAGGIA Ministro de Defensa

791267-4

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