Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2012 (22/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, martes 22 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

466635

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012 a favor de Gobiernos Locales, para financiar la ejecucion de proyectos de infraestructura educativa
DECRETO SUPREMO Nº 075-2012-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en los articulos 12º y 17º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, el Estado asegura la universalizacion de la educacion basica en todo el MORDAZA de manera obligatoria, proporcionando los servicios publicos necesarios para lograr este objetivo, compensando las desigualdades derivadas de factores economicos, geograficos, sociales o de cualquier otra indole que afectan la igualdad de oportunidades en el ejercicio del derecho a la educacion, tomando medidas que favorecen a segmentos sociales que estan en situacion de abandono o de riesgo para atenderlos preferentemente; Que, el literal i) del articulo 5º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2012-ED, establece que es funcion del Ministerio de Educacion liderar la gestion para conseguir el incremento de la inversion educativa y consolidar el presupuesto nacional de educacion, asi como los planes de inversion e infraestructura educativa; Que, el numeral 11.1 del articulo 11º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, establece que los recursos publicos asignados en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecucion de proyectos de inversion en los gobiernos regionales o los gobiernos locales se transfieren bajo la modalidad de modificacion presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante decreto supremo refrendado por el Ministro del sector correspondiente y el Ministro de Economia y Finanzas, previa suscripcion de convenio; Que, el numeral 11.2 del articulo 11º de la citada Ley senala que previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversion publica deben contar con viabilidad en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP); y que las transferencias de recursos que se efectuen en el MORDAZA de la presente disposicion solo se autorizan hasta el MORDAZA trimestre del ano 2012. Asimismo, el citado numeral 11.2 dispone que cada pliego presupuestario del Gobierno Nacional es responsable de la verificacion y seguimiento del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecucion del proyecto de inversion publica, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente; Que, mediante los Memorandos N° 1552-2012-ME/ VMGI-OINFE y 1847-2012-ME/VMGI-OINFE, la Oficina de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educacion, solicito la transferencia de partidas para diversos proyectos de inversion publica declarados viables en distintos Gobiernos Locales; Que, la Unidad de Presupuesto del Ministerio de Educacion, mediante el Informe Nº 144-2012-ME/SPEUP, informa que se cuenta con los recursos disponibles en el Presupuesto Institucional del Pliego 010 Ministerio de Educacion, Unidad Ejecutora 108: Programa Nacional de Infraestructura Educativa, en la fuente de financiamiento 1: Recursos Ordinarios, hasta por un monto de TRES MILLONES SETECIENTOS DIECIOCHO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 718 588,00), a fin de financiar 16 proyectos de infraestructura educativa de los Gobiernos Locales; Que, asimismo, la Unidad de Presupuesto del Ministerio de Educacion indica que los proyectos referidos en el considerando precedente cuentan con declaratoria de viabilidad en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica, y que el Ministerio de Educacion ha suscrito los convenios de gestion con los Gobiernos Locales correspondientes, conforme a lo establecido en el articulo 11º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico Para el Ano Fiscal 2012; en tal sentido, la Secretaria

General del referido Ministerio, mediante Oficio N° 7752012-ME/SG, solicita la transferencia de partidas hasta por la suma de TRES MILLONES SETECIENTOS DIECIOCHO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 718 588,00), para el referido fin; De conformidad con lo establecido en el articulo 11° de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizacion de transferencia de Partidas 1.1 Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, hasta por la suma de TRES MILLONES SETECIENTOS DIECIOCHO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 718 588,00), para financiar la ejecucion de 16 proyectos de inversion publica en infraestructura educativa a cargo de determinados Gobiernos Locales, en el MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 11º de la Ley Nº 29812, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos No Financieros TOTAL EGRESOS 3 718 588,00 3 718 588,00 : 010: 108: 1: Gobierno Central Ministerio de Educacion Programa Nacional de Infraestructura Educativa Recursos Ordinarios En Nuevos Soles

A LA: SECCION MORDAZA PLIEGOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos No Financieros TOTAL EGRESOS : Instancias Descentralizadas : Gobiernos Locales 1 : Recursos Ordinarios

En Nuevos Soles

3 718 588,00 3 718 588,00

1.2 Los pliegos habilitados en la Seccion MORDAZA del numeral 1.1 del presente articulo, los montos de transferencia por pliego y proyecto, asi como las codificaciones por proyecto, se detallan en el Anexo Nº 1 "Transferencia de partidas del Ministerio de Educacion a favor de Gobiernos Locales". La desagregacion de la transferencia de partidas indicada en el numeral 1.1 del presente articulo se detalla en el Anexo Nº 2 "Transferencia de partidas del Ministerio de Educacion a favor de Gobiernos Locales para financiar la ejecucion de proyectos de inversion publica para el Ano Fiscal 2012, por pliegos, programas presupuestales, proyectos, MORDAZA de financiamiento y genericas de gasto". 1.3 Los Anexos Nº 1 y 2 forman parte del presente Decreto Supremo, y se publican en el MORDAZA institucional del Ministerio de Educacion (www.minedu.gob.pe), en la misma fecha de publicacion oficial del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Procedimiento para la aprobacion institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante resolucion, la desagregacion de la transferencia de partidas autorizada en el articulo 1º del presente Decreto Supremo, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Los Pliegos de las instancias descentralizadas habilitadas por el presente dispositivo remitiran MORDAZA de la citada resolucion al Ministerio de Educacion. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion

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