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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2012 (22/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 22 de mayo de 2012 466644 y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Tener como titular de la concesión mencionada en el artículo precedente a La Virgen S.A.C. a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución Suprema. Artículo 3º.- Aprobar la Adenda Nº 2 al Contrato de Concesión Nº 313-2008, en los aspectos referidos a modifi car la Cláusula Décimo Segunda, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 4º.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en representación del Estado, la Adenda Nº 2 al Contrato de Concesión Nº 313-2008 aprobada en el artículo 3 de la presente Resolución, y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 5º.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá ser incorporado en la Escritura Pública a que dé origen la Adenda Nº 2 al Contrato de Concesión Nº 313-2008. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez, y será notifi cada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme al artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 791268-11 Aprueban primera modificación al Contrato de Concesión Nº 228-2004 celebrado con la Compañía Transmisora Andina S.A. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 045-2012-EM Lima, 21 de mayo de 2012 VISTO: El Expediente Nº 14131304 sobre la solicitud de modifi cación de concesión defi nitiva de transmisión de energía eléctrica presentada por la Compañía Transmisora Andina S.A., inscrita en la Partida Nº 11018314 del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima, Ofi cina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema Nº 046-2004- EM publicada el 02 de setiembre de 2004, se otorgó a favor de Compañía Transmisora Andina S.A., la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión de 138 kV S.E. Motil - S.E. Alto Chicama, ubicada en los distritos de Agallpampa y Quiruvilca, provincias de Otuzco y Santiago de Chuco, departamento de La Libertad, en los términos y condiciones establecidos en dicha Resolución y detallados en el Contrato de Concesión Nº 228-2004 que aprueba; Que, con fecha 16 de diciembre de 2011, la Compañía Transmisora Andina S.A., solicitó la modifi cación de la concesión defi nitiva de la Línea de Transmisión S.E. Motil - S.E. Alto Chicama y consecuentemente del referido Contrato de Concesión, en razón a que se requiere reubicar el último tramo de la línea de transmisión que bordea la actual Pila de Lixiviación de minerales perteneciente a la Minera Barrick Misquichilca S.A., variando la longitud total de la Línea de Transmisión; Que, el concesionario ha cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, y la solicitud cuenta con la opinión favorable a que se refi ere el Informe Nº 065- 2012-DGE-DCE de la Dirección de Concesiones Eléctricas, consecuentemente, resulta procedente aprobar la primera modifi cación al Contrato de Concesión Nº 228-2004, la cual deberá ser elevada a Escritura Pública incorporando el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Estando a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 53 y en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la primera modifi cación al Contrato de Concesión Nº 228-2004, celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas y la Compañía Transmisora Andina S.A., en los aspectos referidos a modifi car las Cláusulas Primera, Tercera, así como los numerales 5.6, 5.7 y 5.8 de la Cláusula Quinta, el numeral 6.2.11 de la Cláusula Sexta, el numeral 12.1 de la Cláusula Duoécima, el Anexo Nº 2 y el Anexo Nº 4, por las razones y fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en representación del Estado, la primera modifi cación al Contrato de Concesión Nº 228- 2004, aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución, así como la Escritura Pública correspondiente. Artículo 3º.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá insertarse en la Escritura Pública que dé origen la primera modifi cación al Contrato de Concesión Nº 228-2004. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez, y será notifi cada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme a lo previsto en el artículo 53 del acotado Reglamento. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 791268-12 Constituyen derechos de servidumbre de ocupación, paso y tránsito a favor de Contugas S.A.C., sobre predios ubicados en el departamento de Ica RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 046-2012-EM Lima, 21 de mayo de 2012 VISTO el Expediente Nº 2028184 de fecha 15 de septiembre del 2010 y sus Anexos Nºs. 2050631, 2061917, 2072907, 2081143, 2014388, 2127715, 2144858, 2156073, 2156958 y 2162133, presentado por Contugas S.A.C. sobre solicitud de constitución de derecho de servidumbre legal de ocupación, paso y tránsito sobre un predio de propiedad del Estado Peruano, inscrito en la Partida Registral Nº 11013808 del Registro de Propiedad Inmueble de la Ofi cina Registral de Ica, ubicado en el distrito de Salas, provincia y departamento de Ica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 046-2008-EM, se otorgó a la Sociedad Concesionaria Transportadora de Gas Internacional del Perú S.A.C., actualmente denominada Contugas S.A.C., la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el